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83 NORMAS LEGALES Jueves 18 de noviembre de 2021 El Peruano / Provisional del Distrito Fiscal de Junín, designándolo en el Despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Chupaca, con reserva de su plaza de origen. Artículo Décimo Segundo .- Precisar que los Despachos Fiscales mencionados en la presente resolución, iniciarán su funcionamiento con carga cero. Artículo Décimo Tercero .- Facultar a la Fiscalía Superior Coordinadora Nacional de las Fiscalías Provinciales Transitorias Corporativas Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Fiscalías Provinciales Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones y Agresiones en contra de las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, disponga las medidas pertinentes para el debido cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución conforme a lo establecido en la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 971-2020-MP-FN, de fecha 05 de setiembre de 2020. Artículo Décimo Cuarto .- Facultar a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Junín, que disponga las medidas pertinentes para el debido cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución conforme a lo establecido en el artículo 157, literales “c” y “o” del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones con Enfoque de Gestión por Resultados aprobado mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1139-2020-MP-FN, de fecha 15 de octubre de 2020. Artículo Décimo Quinto .- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la República, Presidenta de la Comisión para la Implementación del Sistema Nacional Especializado en Justicia para la protección y sanción de la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar en el Ministerio Público, constituida por el artículo 50° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30364, Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar aprobado por Decreto Supremo N° 004-2020-MIMP, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Junín, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Huancavelica, Junín y Pasco, Coordinación Nacional de las Fiscalías Provinciales Transitorias Corporativas Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Fiscalías Provinciales Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones y Agresiones en contra de las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas Contra la Criminalidad Organizada, Coordinación Nacional de las Fiscalías en Prevención del Delito, Gerencia General, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina Técnica de Implementación del nuevo Código Procesal Penal, O fi cina de Control de la Productividad Fiscal, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a los fi scales mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese.ZORAIDA AVALOS RIVERA Fiscal de la Nación 2012564-1 Nombrar Fiscales Adjuntos Provinciales Provisionales del Distrito Fiscal de Junín RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 1523-2021-MP-FN Lima, 17 de noviembre de 2021VISTA:La Resolución de la Junta de Fiscales Supremos N° 024-2021-MP-FN-JFS, de fecha 24 de marzo de 2021, de conformidad con el acuerdo N° 5863, adoptado en Sesión Ordinaria del 15 de marzo de 2021.CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 30364, Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia Contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar, y su reglamento, así como sus modi fi catorias, establecen un proceso especial de tutela y un proceso penal, frente a la violencia Contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar, con competencias, responsabilidades, procedimientos y medidas que corresponde adoptar a cada uno/a de los/as operadores/as involucrados/as, los cuales deben estar especialmente capacitados en las materias a su cargo. Que, mediante Decreto Legislativo N° 1368, publicado el 29 de julio de 2018, se creó el Sistema Nacional Especializado de Justicia para la Protección y Sanción de la Violencia Contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar, a fi n de contar con un Sistema Integrado y Especializado de Justicia en dicha materia y en delitos sexuales en agravio de niños, niñas y adolescentes; asimismo, en su artículo 4° inciso b, establece: “Ministerio Público: disponer la creación de Fiscalías Especializadas de Justicia para la Protección y Sanción de la Violencia Contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar, en materia Penal y de Familia, así como la creación de unidades de investigación forense debidamente equipadas con personal especializado, que incluya peritos, Cámaras Gesell y laboratorios, de acuerdo a la carga procesal.” Que, a través del informe N° 195-2020-MP-FN-GG- OGPLAP del 02 de noviembre de 2020, se dio a conocer que la Dirección General del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas mediante o fi cio circular N° 007-2020-MEF/53.03 comunicó el monto de la Asignación Presupuestaria Multianual 2021-2023, correspondiente al Pliego 022 Ministerio Público, cuyo numeral 22.6 del referido proyecto de Ley autoriza al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables a transferir al Pliego del Ministerio Público la suma de S/ 162 458 332 para la continuidad del Sistema Nacional de Justicia para la Protección y Sanción de la Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, y su implementación en nuevos distritos fi scales, de los cuales se ha designado S/ 89 952 340 para la implementación en los Distritos Fiscales de Cusco, Junín y Lima Norte, incluyendo una partida de S/ 5 215 869 para la implementación del Registro Único de Víctimas y Agresores-RUVA en los mencionados distritos fi scales. Que, con la Resolución de vista, se resolvió, entre otros, la creación de nueve (09) plazas de Fiscales Adjuntos Provinciales, para el fortalecimiento de la Primera Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Huancayo. Asimismo, se dispuso la creación de la Segunda Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Huancayo, conformada, entre otras, por doce (12) plazas de Fiscales Adjuntos Provinciales, para el Distrito Fiscal de Junín. Que, mediante los o fi cios Nros. 1345, 1351 y 1400-2021-MP-FN-CN-FEVCMYGF, suscritos por la abogada Kelly Calderón Pérez, Coordinadora Nacional de las Fiscalías Provinciales Transitorias Corporativas Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Fiscalías Provinciales Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones y Agresiones en contra de las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, así como el documento suscrito por la abogada María Jesús Benavides Díaz, Fiscal Superior Titular de Lima, Distrito Fiscal de Lima, designada en el Despacho de la Fiscalía Superior Penal de la Primera Fiscalía Corporativa Penal de San Isidro-Lince, en ese entonces, encargada del Despacho de la Coordinación Nacional antes mencionada, se elevan las propuestas con la fi nalidad de cubrir las plazas mencionadas en el cuarto párrafo de la parte considerativa de la presente resolución. Que, a través de la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 103-2021, de fecha 09 de noviembre de 2021, se resolvió aprobar el Presupuesto Analítico de Personal del Ministerio Público, a fi n de desarrollar acciones para el nombramiento de los fi scales del Ministerio Público, debiendo remitirse a la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del