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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE OCTUBRE DEL AÑO 2021 (02/10/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 3

3 NORMAS LEGALES Sábado 2 de octubre de 2021 El Peruano / Res. Nº 214-2021-CG.- Dan por concluida designación de Jefe del Órgano de Control Institucional del Gobierno Regional de Lima 74 INSTITUCIONES EDUCATIVAS Res. Nº 0926-2021-R.- Autorizan viaje de docentes de la Universidad Nacional San Agustín de Arequipa a Brasil para participar en una Pasantía de Investigación 74 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO Ordenanza Nº 199-2021-CR/GR CUSCO.- Ordenanza que aprueba el Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana Cusco 2021 75 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO D.A. Nº 005-2021-A/MDC.- Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 451-MDC que otorga beneficios tributarios y administrativos en el distrito de Carabayllo 79 MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA D.A. Nº 015-2021/MLV .- Convocan a elecciones en el distrito de La Victoria, para conformar las Juntas Vecinales Comunales periodo 2021-2023 79MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO CHOSICA D.A. Nº 009-2021/MDL.- Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 310-MDL, que establece descuentos para la regularización de licencias de apertura de establecimientos a favor de comerciantes del Distrito de Lurigancho 81 D.A. Nº 011-2021/MDL.- Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 303-MDL que aprueba la “Campaña de Actualización del Registro de Contribuyentes y Predios del Distrito de Lurigancho, formularios de Declaración Jurada del Impuesto Predial y otorga beneficios de condonación de intereses y/o deudas tributarias” 81 MUNICIPALIDAD DE PUCUSANA D.A. Nº 004-2021-AL/MDP .- Prorrogan vigencia de la Ordenanza Municipal N° 298-2021/MDP, que otorga Beneficios Tributarios a contribuy entes del distrito a consecuencia del Estado de Emergencia por el rebrote del COVID-19 82 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TRUJILLO Ordenanza Nº 037-2021-MPT .- Aprueban la constitución del Consejo Consultivo de Niñas, Niños y Adolescentes de la Provincia de Trujillo 83 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUALGAYOC Acuerdo Nº 058-2021-MDH/AC.- Autorizan transferencia financiera a favor del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, en el marco del Programa de Compensaciones para la Competitividad -AGROIDEAS. 86 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Decreto Supremo que modifica el Decreto Supremo Nº 184-2020-PCM Decreto Supremo que declara Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de las personas a consecuencia de la COVID-19 y establece medidas que debe seguir la ciudadanía en la nueva convivencia social DECRETO SUPREMO Nº 159-2021-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO:Que, los artículos 7 y 9 de la Constitución Política del Perú establecen que todos tienen derecho a la protección de su salud, del medio familiar y de la comunidad, y que el Estado determina la política nacional de salud, correspondiendo al Poder Ejecutivo normar y supervisar su aplicación, siendo responsable de diseñarla y conducirla en forma plural y descentralizada para facilitar a todos, el acceso equitativo a los servicios de salud; Que, el artículo 44 de la Constitución prevé que son deberes primordiales del Estado garantizar la plena vigencia de los derechos humanos, proteger a la población de las amenazas contra su seguridad y promover el bienestar general que se fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la Nación; Que, los artículos II, VI y XII del Título Preliminar de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, establecen que la protección de la salud es de interés público y que es responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promover las condiciones que garanticen una adecuada cobertura de prestaciones de salud de la población, en términos socialmente aceptables de seguridad, oportunidad y calidad, siendo irrenunciable la responsabilidad del Estado en la provisión de servicios de salud pública. El Estado interviene en la provisión de servicios de atención médica con arreglo al principio de equidad, siendo posible establecer limitaciones al ejercicio del derecho a la propiedad, a la inviolabilidad del domicilio, al libre tránsito, a la libertad de trabajo, empresa, comercio e industria, así como al ejercicio del derecho de reunión en resguardo de la salud pública; Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2020-SA, se declara la emergencia sanitaria a nivel nacional por el plazo de noventa (90) días calendario y se dictaron medidas para la prevención y control para evitar la propagación del COVID-19, la misma que fue prorrogada por los Decretos Supremos Nº 020-2020-SA, Nº 027- 2020-SA, Nº 031-2020-SA, Nº 009-2021-SA y Nº 025-2021-SA, hasta el 01 de marzo de 2022;