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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2021 (14/09/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 10

10 NORMAS LEGALES Martes 14 de setiembre de 2021 El Peruano / Que, el literal o) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Peruano del Deporte, aprobado por Decreto Supremo N° 017-2004-PCM, establece que son funciones del Presidente del Instituto Peruano del Deporte, entre otras, nombrar y contratar personal, poner término a sus servicios de acuerdo con la normatividad vigente; De conformidad con las facultades previstas en la Ley N° 28036, Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2004-PCM, y el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Peruano del Deporte, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2004-PCM; Con el visto de la Unidad de Personal, de la O fi cina General de Administración, de la O fi cina de Asesoría Jurídica y de la Gerencia General; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designación Designar a la señora Susana Wendy Cabrejos Vásquez, como Jefe de la O fi cina de Asesoría Jurídica del Instituto Peruano del Deporte. Artículo 2.- Cumplimiento Disponer que la Unidad de Personal de la O fi cina General de Administración proceda a dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente resolución. Artículo 3.- Noti fi cación Notifi car la presente resolución a la interesada y a las unidades de organización del Instituto Peruano del Deporte, para conocimiento y fi nes. Artículo 4.- Publicación Publicar la presente resolución en el Portal de Transparencia del Instituto Peruano del Deporte (www.ipd.gob.pe) y en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.GUSTAVO ADOLFO SAN MARTÍN CASTILLO Presidente 1991206-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS SERVICIO NACIONAL DE CERTIFICACIÓN AMBIENTAL PARA LAS INVERSIONES SOSTENIBLES Designan representantes del Senace, ante la Comisión encargada de conducir y coordinar el proceso de transferencia de la función: Administración del “Registro de Entidades Autorizadas a elaborar Estudios Ambientales”, del “Registro de Entidades Autorizadas a elaborar Estudios de Impacto Ambiental” o de cualquier otro registro de denominación similar, que deba formar parte del Registro Nacional de Consultoras Ambientales a cargo del SENACE del Sector Salud (Residuos Sólidos) del Ministerio de Salud al Senace RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 00052-2021-SENACE/PE Lima, 13 de septiembre de 2021VISTOS: El Memorando N°00878-2021-SENACE-PE/ DGE de la Dirección de Gestión Estratégica en Evaluación Ambiental y el Informe N°00157-2021-SENACE-GG/OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, mediante la Ley N° 29968, se crea el Servicio Nacional de Certi fi cación Ambiental para las Inversiones Sostenibles – Senace como organismo público técnico especializado, con autonomía técnica y personería jurídica de derecho público interno, constituyéndose en pliego presupuestal adscrito al Ministerio del Ambiente; Que, a través del Decreto Legislativo N° 1394, Decreto Legislativo que fortalece el funcionamiento de las autoridades competentes en el marco del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental, se modi fi có la Ley N° 29968, en cuanto a la estructura orgánica del Senace, estableciendo en el literal 7.3 del artículo 7 que el Presidente Ejecutivo, ejerce la representación legal del Senace y la titularidad del pliego presupuestal de la entidad; Que, a través del Decreto Supremo N° 006-2015-MINAM, se aprobó el cronograma de transferencia de funciones de las Autoridades Sectoriales al SENACE, en el marco de la Ley N° 29968; estableciendo en su artículo 2 que la Comisión de Transferencia Sectorial respectiva tendrá la responsabilidad de conducir y coordinar el proceso de transferencia de funciones hasta su respectiva culminación; Que, mediante Decreto Legislativo N° 1278, se aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, el cual señala en su artículo 17 las competencias del SENACE en materia de residuos sólidos; y establece, en su Primera Disposición Complementaria Modi fi catoria, que el Ministerio del Ambiente modi fi cará las normas sobre transferencia de funciones del sector Salud al SENACE, en lo que se re fi ere a proyectos de residuos sólidos, con la fi nalidad de que el Senace asuma la función de aprobar los Estudios de Impacto Ambiental detallados (EIA-d) de dichos proyectos desde la entrada en vigencia del Reglamento del citado Decreto Legislativo; Que, mediante Decreto Supremo N° 001-2017-MINAM, se incorpora una disposición al Decreto Supremo N° 006-2015-MINAM, estableciendo, entre otros aspectos, que a partir de la vigencia del reglamento del Decreto Legislativo N° 1278, el SENACE asumirá las funciones previstas en el artículo 17 del mismo, independientemente del Cronograma de Transferencia de Funciones aprobado por el artículo 1 del Decreto Supremo N° 006-2015-MINAM, asimismo, establece, el alcance de la transferencia de funciones y regula la conformación de la Comisión de Transferencia; precisando que el proceso de transferencia de funciones se realizará conforme a los términos establecidos en el Plan de Trabajo aprobado por la referida Comisión; Que, mediante Resolución Ministerial N°230-2017- MINAM se aprueba la culminación del proceso de transferencia de funciones del sector Salud del Ministerio de Salud al Servicio Nacional de Certi fi cación Ambiental para las Inversiones Sostenibles, siendo las siguientes: a) Para los literales a) y b) del artículo 17 del Decreto Legislativo N° 1278, la evaluación y aprobación de los Estudios de Impacto Ambiental detallados, que incluye sus respectivas modi fi caciones, los Informes Técnicos Sustentatorios y actualizaciones, las solicitudes de clasi fi cación, los Términos de Referencia y el Plan de Participación Ciudadana, el acompañamiento en la elaboración de Línea Base, la administración del Registro Administrativo de Certi fi caciones Ambientales, así como los demás actos o procedimientos vinculados a dichas funciones. b) Para el literal c) del artículo 17 del Decreto Legislativo N° 1278, la evaluación y aprobación de los Instrumentos de Gestión Ambiental complementarios del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental (SEIA) que sean regulados por el Ministerio del Ambiente, así como los demás actos o procedimientos vinculados a dicha función; Que, con Decreto Supremo N° 025-2021-MINAM, se aprueba el Cronograma de transferencia de Funciones de