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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2021 (20/09/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 8

TEXTO PAGINA: 7

7 NORMAS LEGALES Lunes 20 de setiembre de 2021 El Peruano / Asegurado, determina los bene fi ciarios de la continuidad de las prestaciones de salud, otorgándoles el derecho de cobertura por el periodo de duración de la suspensión perfecta de labores presentada por el empleador ante el MTPE, de la siguiente forma. (…)” “Artículo 15. De la consolidación de información respecto a las prestaciones de salud otorgadas a nivel nacional La Gerencia de Acceso y Acreditación al Asegurado remitirá el listado consolidado de los bene fi ciarios a la continuidad de las prestaciones de salud con su respectiva acreditación a la O fi cina de Estudios y Gestión de Riesgos de Seguros. Con la información proporcionada por la Gerencia de Acceso y Acreditación al Asegurado, la O fi cina de Estudios y Gestión de Riesgos de Seguros, solicitará a la Gerencia Central de Tecnologías de Información y Comunicaciones las prestaciones de salud otorgadas a dichos bene fi ciarios registradas por las IPRESS de ESSALUD a nivel nacional, en el Sistema ESSI y otros que se encuentren vigentes”. “Artículo 16. De la Liquidación y valorización de las prestaciones de salud otorgadas a los bene fi ciarios La Gerencia Central de Seguros y Prestaciones Económicas a través de la O fi cina de Estudios y Gestión de Riesgos de Seguros, con la información validada por la Gerencia de Auditoría de Seguros y Veri fi cación realizará la valorización y liquidación de las prestaciones de salud otorgadas a los bene fi ciarios por las IPRESS de EsSalud a nivel nacional. La valorización de todas las prestaciones de salud se realizará aplicando el tarifario correspondiente proporcionado por la Subgerencia de Costos de la Gerencia Central de Planeamiento y Presupuesto y bajo las coordinaciones que corresponda con dicha subgerencia para los costos que no están comprendidos dentro del mismo”. “Artículo 17. De la validación de las prestaciones de salud otorgadas a los bene fi ciarios La Gerencia de Auditoría de Seguros y Veri fi cación de la Gerencia Central de Seguros y Prestaciones Económicas, validará las prestaciones de salud en forma individualizada por cada bene fi ciario, remitiendo el resultado de dicha actividad a la O fi cina de Estudios y Gestión de Riesgos de Seguros, para su valorización”. 2. INCORPORAR el artículo 20 a la Directiva de Gerencia General N° 10-GCSPE-ESSALUD-2020, “Disposiciones complementarias para la implementación de la continuidad de las prestaciones de salud a los trabajadores en suspensión perfecta de labores ante la pandemia del coronavirus COVID-19”, aprobada por Resolución de Gerencia General N° 576-GG- ESSALUD-2020 y modi fi cada con Resolución de Gerencia General N° 849-GG-ESSALUD-2020, el cual quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 20. De la validación de las liquidaciones de salud otorgadas a los bene fi ciarios La Gerencia de Acceso y Acreditación al Asegurado de la Gerencia Central de Seguros y Prestaciones Económicas, realizará la validación de las liquidaciones”. 3. DEJAR SUBSISTENTES los demás extremos de la Directiva de Gerencia General N° 10-GCSPE- ESSALUD-2020, “Disposiciones complementarias para la implementación de la continuidad de las prestaciones de salud a los trabajadores en suspensión perfecta de labores ante la pandemia del coronavirus COVID-19”, aprobada con Resolución de Gerencia General N° 576-GG-ESSALUD-2020 y modi fi cada con Resolución de Gerencia General N° 849-GG-ESSALUD-2020. 4. DISPONER que la Gerencia Central de Seguros y Prestaciones Económicas elabore un texto actualizado de la Directiva de Gerencia General N° 10-GCSPE-ESSALUD-2020, “Disposiciones complementarias para la implementación de la continuidad de las prestaciones de salud a los trabajadores en suspensión perfecta de labores ante la pandemia del coronavirus COVID-19” y gestione con la Secretaría General su publicación en el Compendio Normativo Institucional. 5. DISPONER que la Gerencia Central de Seguros y Prestaciones Económicas, en el ámbito de su competencia, adopte las acciones que resulten necesarias para la implementación y cumplimiento de la modi fi cación aprobada por la presente Resolución. 6. ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, así como en el Portal Institucional del Seguro Social de Salud - ESSALUD (www.essalud.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano, y en el Compendio Normativo Institucional de ESSALUD. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTHA CAROLINA LINARES BARRANTES Gerente General 1992989-1 ORGANISMOS EJECUTORES INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA CIVIL Designan Asesora de la Alta Dirección del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 248 -2021-INDECI Lima, 17 de septiembre de 2021CONSIDERANDO:Que, mediante la Ley N° 29664 se creó el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), como un sistema interinstitucional, sinérgico, descentralizado, transversal y participativo, con la fi nalidad de identi fi car y reducir los riesgos asociados a peligros o minimizar sus efectos, así como evitar la generación de nuevos riesgos y preparación y atención ante situaciones de desastres; mediante el establecimiento de principios, lineamientos de política, componentes, procesos e instrumentos de la Gestión del Riesgo de Desastres; Que, de conformidad con la citada Ley, su reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 048-2011-PCM, y el Decreto Supremo N° 002-2016-DE, el Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI, es un organismo público ejecutor, con calidad de pliego presupuestal, adscrito al Ministerio de Defensa, conformante del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres – SINAGERD y responsable técnico de coordinar, facilitar y supervisar la formulación e implementación de la Política Nacional y el Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, en los procesos de preparación, respuesta y rehabilitación; Que, el artículo 3° de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, señala que la designación de funcionarios en cargos de con fi anza se efectuará mediante Resolución del Titular de la Entidad; Que, por Resolución Jefatural N° 104-2017-INDECI de fecha 12 de junio de 2017, se cali fi caron los cargos de con fi anza en el INDECI, encontrándose en dicha califi cación el cargo de Asesor de la Alta Dirección del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI; Que, se encuentra vacante el cargo de Asesor de la Alta Dirección del INDECI, por lo que resulta pertinente designar al profesional que lo desempeñe; Con las visaciones del Secretario General y del Jefe de la O fi cina General de Asesoría Jurídica;