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100 NORMAS LEGALES Martes 12 de abril de 2022 El Peruano / son funcionarios nombrados o contratados, según el régimen laboral de la entidad a la cual representan y su designación, en los términos señalados en el artículo de la Ley N°26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactivo, no implica que dichos cargos sean de con fi anza; Que, el artículo 37° de la Ley N°27972, Ley Orgánica de Municipalidades establece que los funcionarios y empleados de las municipalidades se sujetan al régimen laboral general aplicable a la administración pública, conforme a ley; Que, artículo 76° del Decreto Supremo N°005-90- PCM, Reglamento del Decreto Legislativo N°276, señala que las acciones administrativas para el desplazamiento de los servidores dentro de la carrera administrativa son: designación, rotación, reasignación, destaque, permuta, encargo, comisión de servicios y transferencia; asimismo, el artículo 82° señala que el encargo es temporal excepcional y fundamento solo se procede en ausencia del titular para el desempeño de funciones de responsabilidad directiva compatibles con los niveles de carrera superiores al del servidor en ningún caso debe exceder el período presupuestal; Que, la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR, a través del Informe N°274-2012-SERVIR/GG-OAJ se ha pronunciado que no existe impedimento para encargar temporalmente, en este caso la encargatura procede siempre que este haya ingresado por concurso público de méritos y reúna los requisitos que la ley exige para el puesto de auxiliar (Ejecutor Coactivo) y se cumpla con las demás condiciones propias del encargo; Que, el procedimiento administrativo sancionador es autónomo de acuerdo a los dispositivos legales y principios emitidos por la Autoridad Nacional del Servicio Civil –SERVIR- y garantiza que la actuación de la administración se lleve a cabo de una manera ordenada y orientada a la consecución de un fi n y respetando todas las garantías que permita alcanzar decisiones justas; Que, mediante Memorando N°197-2022- SGROCRYEC-GSAT/MLV la Subgerencia de Registro, Orientación al Contribuyente, Recaudación y Ejecutoria Coactiva solicita se disponga encargar temporalmente, con carácter de urgencia, la Ejecutoría Coactiva a la Auxiliar Coactiva Diana Vega Palomino, quien reúne las condiciones y requisitos Que, a través del Informe N°654-2022-SGGRH-GAF/ MLV la Subgerencia de Gestión de Recursos Humanos de la Gerencia de Administración y Finanzas, sustenta que contando por necesidad de servicio opina que por acto resolutivo se disponga la encargatura solicitada como Ejecutora Coactiva y retener su cargo, realizando la función que se encargará, en tanto se designe un Ejecutor Coactivo; Que, estando a lo establecido en el numeral 6, artículo 20° de la Ley N°27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y con las visaciones de la Gerencia Municipal, Secretaría General, Gerencia de Asesoría Jurídica y la Subgerencia de Registro, Orientación al Contribuyente, Recaudación y Ejecutoría Coactiva; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Encargar a Diana Vega Palomino, Auxiliar Coactiva, las funciones y responsabilidades de Ejecutora Coactiva de la Subgerencia de Registro, Orientación al Contribuyente, Recaudación y Ejecutoría Coactiva de la Gerencia de Servicio de Administración Tributaria de la Municipalidad de La Victoria, hasta que se designe a un Ejecutor Coactivo. Artículo 2°.- Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración y Finanzas, Subgerencia de Gestión de Recursos Humanos, Gerencia de Servicios de Administración Tributaria, Subgerencia de Registro, Orientación al Contribuyente, Recaudación; y demás unidades correspondientes, la ejecución de las acciones que correspondan a sus competencias y atribuciones, a fi n de garantizar el efectivo cumplimiento de la presente resolución. Artículo 3°.- Dejar sin efecto la Resolución de Alcaldía N°046-2020/MLV y toda norma que se oponga a la presente designación. Artículo 4°.- Encargar a la Secretaria General la publicación en el diario o fi cial El Peruano; y a la Gerencia de Tecnologías de la Información y Telecomunicaciones, la publicación de la presente resolución en el portal web de la municipalidad www.munilavictoria.gob.pe. Regístrese, comuníquese y cúmplase.LUIS ALBERTO GUTIÉRREZ SA LVATIERRA Alcalde 2057113-1 FE DE ERRATAS ORDENANZA N°390/MLV Mediante O fi cio N° 000043-2022-SG/MLV, la Municipalidad de La Victoria solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza N° 390/MLV, publicada en la edición del día 31 de marzo de 2022. En el Artículo 3°;DICE:(…) DESCUENTOS EN PORCENTAJE Periodo % de Descuento Hasta el año 2017 90% 2018 90% 2019 -2020 80% Hasta el 31 de Julio 2021 70% DEBE DECIR: (…) DESCUENTOS EN PORCENTAJE Periodo % de Descuento Hasta el año 2017 90% 2018 90% 2019 -2020 80% Hasta el 31 de Diciembre 2021 70% 2057376-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAYTARA Ordenanza que aprueba la adecuación de las Municipalidades de los Centros Poblados de: Ingahuasi, Llillinta, San José de Pelapata, Pimienta Pulperia y Pichccahuasi en el distrito de Pilpichaca; y Pacomarca en el distrito de Ocoyo; provincia de Huaytará- Huancavelica, a lo dispuesto en la Ley Nº 31079 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 016-2021-MPH Huaytará, 28 de diciembre de 2021.POR CUANTO:EL CONCEJO EN PLENO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAYTARA – HUANCAVELICA: