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74 NORMAS LEGALES Martes 26 de abril de 2022 El Peruano / Con el visto bueno de la Superintendencia Adjunta de Cooperativas y de la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica y en virtud de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus normas modi fi catorias, y la Ley Nº 30822; RESUELVE:Artículo Primero.- Dejar sin efecto, a partir del 01 de marzo de 2022, la designación del señor Hugo André Barba Walters, identi fi cado con DNI Nº 44647951, como representante de la Superintendenta en la Cooperativa de Ahorro y Crédito Aelu en liquidación, realizada mediante la Resolución SBS Nº 02493-2021. Artículo Segundo.- Designar al señor Alayn Frank Valer Ttito, identi fi cado con DNI Nº 42117020, funcionario de esta Superintendencia, como representante de la Superintendenta en la Cooperativa de Ahorro y Crédito Aelu en liquidación; a fi n de que ejerza la representación y administración de dicha entidad, otorgándosele las facultades detalladas en el artículo tercero de la Resolución SBS Nº 02493-2021. Regístrese, comuníquese, publíquese y transcríbase a los registros públicos para su correspondiente inscripción. MARIA DEL SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendenta de Banca, Seguros y AFP 2060898-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DEL RIMAC Autorizan viaje de alcalde y funcionario para participar en evento a realizarse en México ACUERDO DE CONCEJO Nº 011-2022-MDR Rímac, 21 de abril de 2022EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DEL RÍMAC VISTO, en Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 21 de abril de 2022, el Informe Nº 010-2022-GCHRRI-MDR, de fecha 11 de abril de 2022, de la Gerencia del Centro Histórico del Rímac y Relaciones Interinstitucionales; Carta S/N de fecha 12 de abril 2022 y el Informe Nº 330-2022-GAJ-MDR, de fecha 12 de abril de 2022, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo II de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, establece: “Los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico”; Que, el artículo 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece que los acuerdos son decisiones que toma el concejo referido a asuntos especí fi cos de interés público, vecinal o institucional que expresan la voluntad del Órgano de Gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una norma institucional;Que, el numeral 11 del artículo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, respecto a las atribuciones del Concejo Municipal, señala que corresponde al Concejo Municipal: (…) “Autorizar los viajes al exterior del país, que en comisión de servicios o en representación de la Municipalidad realicen el Alcalde, los Regidores, el Gerente Municipal y cualquier otro funcionario; Que, el numeral 11.1 del artículo 11º de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, estipula que, Durante el Año Fiscal 2022, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica, pudiendo exceptuarse a los funcionarios señalados en el artículo 52 de la Ley 30057, Ley del Servicio Civil, siempre que el tiempo de viaje sea mayor a ocho (8) horas o cuando la estancia sea menor a cuarenta y ocho (48) horas. La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, los artículos 2º y 3º de la Ley Nº 27619, disponen que las resoluciones de autorización de viajes al exterior se deberán sustentar en el interés nacional o institucional, bajo responsabilidad, asimismo, estas resoluciones deberán publicarse en el Diario O fi cial El Peruano, con anterioridad al viaje; Que, mediante Carta de fecha 30 de marzo del 2022, el Gerente del Centro Histórico de la Ciudad de Morelia y coordinador de la Secretaria Regional de América Latina, enviaron invitación al Señor Alcalde Pedro Guillermo Rosario Tueros y colaborador, para participar del Encuentro de la Secretaria Regional de América Latina - Organización de las Ciudades Patrimonio Mundial – OCPM, del 28 de abril al 30 de abril del 2022 en la ciudad de Morelia Michoacán - México, asimismo para que realice una breve presentación sobre el distrito del Rímac; Que, mediante Informe Nº010-2022-GCHRRI- MDR de fecha 11 de abril del 2022 de la Gerencia de Centro Histórico y Relaciones Interinstitucionales de la Municipalidad Distrital del Rímac, recomienda que es oportuno participar en dicho evento, dado que permitirá conocer e intercambiar experiencias que sirvan de acciones y actividades que permitan realizar propuestas adecuada nuestra realidad local y difundir las acciones de la comuna rímense; Que, mediante Carta S/N de fecha 12 de abril del 2022, presentada por el Señor Alcalde Pedro Guillermo Rosario Tueros, dirigida con Concejo Municipal, solicita licencia y autorización de viaje con goce de haber en representación de la Municipalidad Distrital del Rímac; Que, mediante Informe Nº 330-2022-GAJ-MDR de fecha 12 de abril de 2022 de la Gerencia de Asesoría Jurídica, emite opinión favorable a la licencia con goce de haber por viaje de Alcalde de la Municipalidad Distrital del Rímac Señor Pedro Rosario Tueros en comisión de servicios por los días 28 al 30 de abril del año 2022, con el objetivo de asistir al encuentro de la Secretaria Regional de América Latina-OCPM, a desarrollarse en la Ciudad de Morelia, Michoacán, México; asimismo opina favorable la delegación del despacho de alcaldía a la primera regidora hábil, Hermelinda Georgina Ruiz De Bracamonte, por los días de licencia del alcalde; Que, el Gerente de Centro Histórico y Relaciones Interinstitucionales de la entidad, durante de la sesión extraordinaria de concejo, solicito que se amplié los días de autorización del 28, 29 y 30 de abril al 27,28,29 y 30 de abril, considerando el día de traslado a la ciudad de Morelia - México, asimismo durante su exposición, solicito se autorice su participación como colaborador en el encuentro de la Secretaria Regional de América Latina – OCPM, señalo también que dicha representación no irrogara gastos económicos o genera gastos de viáticos a la entidad; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en los Artículos 9º y 41º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal del Rímac por mayoría y con dispensa del trámite de aprobación del acta;