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7 NORMAS LEGALES Viernes 10 de junio de 2022 El Peruano / Designan Director de la Dirección de Intervenciones del Sector Salud de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA RDE N° 00074-2022-ARCC/DE Lima, 9 de junio de 2022VISTOS:El Memorando N° 00109-2022-ARCC/DEA de la Dirección Ejecutiva Adjunta, el Informe N° 00180-2022-ARCC/GG/OA-URH de la Unidad de Recursos Humanos, la Hoja de Trámite N° 10855-2022-ARCC/GG/OA de la Ofi cina de Administración, y el Informe N° 00556-2022- ARCC/GG/OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO:Que, a través de la Ley N° 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, se establece que esta es una entidad adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros, de carácter excepcional y temporal; con autonomía funcional, administrativa, técnica y económica; Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° 00008-2020-ARCC/DE se aprueba el Documento de Organización y Funciones de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, estableciéndose en los literales o) y q) de su artículo 11 que la Dirección Ejecutiva tiene como función, designar y remover a los titulares de órganos de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios y puestos de con fi anza; asimismo, emitir resoluciones para el cumplimiento de sus funciones; Que, con Resoluciones de Dirección Ejecutiva N° 00009- 2020-ARCC/DE y N° 00014-2020-ARCC/DE se aprueban los documentos orientadores en materia de gestión de recursos humanos denominados “Indicador de puestos directivos de libre designación o remoción y puestos de confi anza” y el “Clasi fi cador de puestos de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios”, respectivamente, los cuales contemplan el puesto de Director de la Dirección de Intervenciones del Sector Salud, que es considerado de directivo/a superior y de libre designación y remoción; Que, considerándose vacante el puesto de Director de la Dirección de Intervenciones del Sector Salud de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios y a fi n de garantizar la marcha administrativa de la Entidad de acuerdo a las necesidades institucionales, resulta necesario designar a la persona que asumirá dicha función a partir del 10 de junio de 2022; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios; y, la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 00008-2020-ARCC/DE, que aprueba el Documento de Organización y Funciones de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios; SE RESUELVE: Artículo 1. Designación Designar al señor Marx Antoni Matias Cucho, a partir del 10 de junio de 2022, en el puesto de Director de la Dirección de Intervenciones del Sector Salud de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios. Artículo 2. Publicación Disponer que la presente Resolución se publique en el portal institucional de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios (www.rcc.gob.pe) y en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROBERT LOPEZ LOPEZ Director ejecutivoAutoridad para la Reconstrucción con Cambios 2076270-1COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Autorizan viaje de representante de PROMPERÚ a Chile, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 159-2022-MINCETUR Lima, 9 de junio de 2022VISTO, el O fi cio N° 000245-2022-PROMPERÚ/PE de la Presidencia Ejecutiva de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ; y, CONSIDERANDO:Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones; Que, en cumplimiento de las actividades programadas por la Subdirección de Promoción Comercial de la Dirección de Promoción de las Exportaciones de PROMPERÚ, se ha previsto la participación conjuntamente con empresas peruanas exportadoras proveedoras de la minería, en la Feria “EXPONOR 2022”, a realizarse del 13 al 16 de junio de 2022, en la ciudad de Antofagasta, República de Chile, con el objetivo de promover nuestra oferta exportable del sector proveedores de la minería, para generar contactos de negocios con empresas compradoras chilenas; asimismo, el día 12 de junio del mismo año, se ejecutarán acciones previas necesarias para la óptima presentación en esta feria, que cautelen el cumplimiento de los objetivos plani fi cados; Que, la participación de PROMPERÚ en dicha feria especializada en la industria de la minería, que congrega a compradores, proveedores y representantes del sector minero de Latinoamérica, tiene por fi nalidad promover el intercambio comercial de las empresas peruanas proveedoras de la minería con el mercado chileno y sudamericano, ampliando la red de contactos y difundiendo nuestra oferta exportable, así como generar oportunidades de negocios a las empresas peruanas participantes, además de posicionar al Perú como un país que cuenta con una oferta cali fi cada en este sector; Que, por tal razón, la Presidencia Ejecutiva de PROMPERÚ ha solicitado se autorice el viaje en comisión de servicios de la señora Alejandra Rosario Ale Herrera, quien labora en el Departamento de Manufacturas Diversas de la Subdirección de Promoción Comercial de la Dirección de Promoción de las Exportaciones, para que en representación de PROMPERÚ, realice acciones de promoción de las exportaciones en la feria antes señalada; Que, la Ley N° 31365, Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, establece que los viajes al exterior de servidores, funcionarios o representantes del Estado con cargo a los recursos públicos, deben realizarse en categoría económica y ser autorizados conforme lo establece la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus normas reglamentarias; De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus modi fi catorias; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modi fi catorias; y, la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 060-2019-PROMPERÚ/PE, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de PROMPERÚ;