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19 NORMAS LEGALES Viernes 10 de junio de 2022 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo Primero.- Modi fi car siete (7) Fichas Técnicas del rubro Electrodomésticos, productos electrónicos, enseres, ropa de cama, toallas y otros accesorios del Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC, de acuerdo al contenido del Anexo N° 01 que forma parte integrante de la presente Resolución, según el siguiente detalle: N° DENOMINACIÓN DEL BIEN VERSIÓN 1COLCHA DE NIDO DE ABEJA 1 ½ PLAZA, 2,50 m x 1,60 m, 100% ALGODÓN Y 260 g/m2 02 2FUNDA DE BRAMANTE PARA ALMOHADA, 100% ALGODÓN Y 160 g/m2 02 3SÁBANA DE BRAMANTE DE 1 ½ PLAZA DE 2,70 m x 1,60 m, 100% ALGODÓN Y 160 g/m²02 4SÁBANA DE BRAMANTE DE 1 PLAZA DE 2,50 m x 1,50 m, 100% ALGODÓN Y 160 g/m²02 5COLCHA JACQUARD NIDO DE ABEJA COLOR BLANCO DE 1 ½ PLAZA, 2,80 m x 1,60 m (100 % ALGODÓN Y 260 g/m 2)02 6COLCHA JACQUARD NIDO DE ABEJA COLOR BLANCO DE 1 ½ PLAZA, 2,80 m x 1,60 m (65% POLIÉSTER Y 35% ALGODÓN, 260 g/m 2)02 7FRAZADA POLAR COLOR ENTERO DE 1 ½ PLAZA, 2,20 m x 1,60 m (100% POLIÉSTER Y 250 g/m2)02 *Las Fichas Técnicas podrán ser visualizadas en el siguiente enlace web: www.perucompras.gob.pe/lbsc. Artículo Segundo.- Modi fi car el Documento de Información Complementaria del rubro Electrodomésticos, productos electrónicos, enseres, ropa de cama, toallas y otros accesorios del Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC, cuya Versión 04, forma parte integrante de la presente Resolución como Anexo N° 02. Artículo Tercero.- Encargar a la Dirección de Estandarización y Sistematización, así como a la O fi cina de Tecnologías de la Información, realicen la publicación de la presente Resolución y sus Anexos en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado – SEACE y en el Portal Institucional de la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS (www.gob.pe/perucompras), respectivamente. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO MASUMURA TANAKA Jefe de la Central de Compras Públicas- PERÚ COMPRAS 2075632-1 Modifican (8) Fichas Técnicas del rubro Material, accesorios y suministros de plantas y animales vivos del Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000056-2022-PERÚ COMPRAS-JEFATURA San Isidro, 8 de junio del 2022VISTO: El Informe N° 000063-2022-PERÚ COMPRAS-DES, de fecha 21 de abril de 2022, emitido por la Dirección de Estandarización y Sistematización; y, el Informe N° 000155-2022-PERÚ COMPRAS-OAJ, de fecha 27 de mayo de 2022, emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica de la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS, y; CONSIDERANDO: Que, la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS es un Organismo Público Ejecutor, adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, que goza de personería jurídica de derecho público, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y fi nanciera; y tiene como funciones, entre otras: la de realizar las Compras Corporativas Obligatorias, de acuerdo a lo que se establezca en el Decreto Supremo correspondiente; realizar las Compras Corporativas Facultativas que le encarguen otras entidades del Estado; realizar las contrataciones que le encarguen otras entidades del Estado, de acuerdo al convenio correspondiente; promover y conducir los procesos de selección para la generación de Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco para la contratación de bienes y servicios, así como suscribir los acuerdos correspondientes; y, promover la Subasta Inversa y el proceso de homologación, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1018, modi fi cado por la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado; Que, mediante Decreto Supremo N° 052-2019-EF, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS; Que, el numeral 26.1 del artículo 26 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF, señala que el procedimiento de selección de Subasta Inversa Electrónica se utiliza para la contratación de bienes y servicios comunes que cuenten con Ficha Técnica y se encuentren incluidos en el Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC; Que, el numeral 110.3 del artículo 110 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 344-2018-EF y modi fi catorias, en adelante “el Reglamento”, referido al procedimiento de Subasta Inversa Electrónica, establece que la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS genera y aprueba las fi chas técnicas de los bienes y servicios a incluirse en el Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC, al que se accede a través del SEACE, pudiendo ser objeto de modi fi cación o exclusión, previo sustento técnico; Que, el Anexo N° 1 de De fi niciones del Reglamento señala que, son bienes y servicios comunes aquellos que, existiendo más de un proveedor en el mercado, cuentan con características o especi fi caciones usuales en el mercado, o han sido estandarizados como consecuencia de un proceso de homogeneización llevado a cabo al interior del Estado, cuyo factor diferenciador entre ellos es el precio en el cual se transan; Que, los numerales 8.1 y 8.2 de las Disposiciones Especí fi cas de la Directiva N° 006-2016-PERÚ COMPRAS, denominada “Disposiciones sobre el Listado de Bienes y Servicios Comunes, y la Obligatoriedad de su Uso”, aprobada por Resolución Jefatural N° 042-2016-PERÚ COMPRAS, modi fi cada y actualizada en su Versión 3.0 por Resolución Jefatural N° 063-2017-PERÚ COMPRAS, en adelante “la Directiva”, señalan que la Ficha Técnica contiene las características técnicas y/o prestaciones especí fi cas que debe tener determinado bien o servicio al momento de su entrega o prestación a la Entidad, asimismo, la estructura de la misma se encuentra conformada por: i) Características generales del bien o servicio común, y ii) Características especí fi cas del bien o servicio común; Que, el numeral 8.14 de la Directiva, establece que PERÚ COMPRAS podrá modificar o excluir una Ficha Técnica del Listado de Bienes y Servicios Comunes (LBSC), previo sustento técnico de la verificación del supuesto aplicado, realizado por la Dirección de Estandarización y Sistematización, siendo que, para el caso de modificación de una Ficha Técnica, se contempla la variación de la información consignada en la misma, que no afecte su condición de bien común; Que, el numeral 8.15 de las Disposiciones Especí fi cas de la Directiva, establece que a través de Resolución Jefatural se aprobará la modi fi cación o la exclusión de la Ficha Técnica del Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC; Que, a través del Informe N° 000063-2022-PERÚ COMPRAS-DES, la Dirección de Estandarización y Sistematización sustenta la modi fi cación de (8) Fichas Técnicas del rubro Material, accesorios y suministros de