TEXTO PAGINA: 7
7 NORMAS LEGALES Martes 22 de marzo de 2022 El Peruano / VISTOS; el Memorando N° 000516-2022-OGRH/MC de la O fi cina General de Recursos Humanos; el Informe N° 000339-2022-OGAJ/MC de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, por la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modi fi catoria, se crea el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, estableciéndose las áreas programáticas de acción sobre las cuales ejerce sus competencias y atribuciones para el logro de los objetivos y metas del Estado; Que, conforme al Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional del Ministerio de Cultura, aprobado por la Resolución Ministerial N° 412-2019-MC, reordenado por la Resolución Ministerial N° 000184-2020-DM/MC, el cargo de Director/a de Órgano Desconcentrado de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Lambayeque es considerado de con fi anza; Que, a través de la Resolución Ministerial N° 089- 2018-MC, se dispone que el Proyecto Especial Naylamp – Lambayeque, así como la Unidad Ejecutora 005: Naylamp – Lambayeque con la que éste cuenta, dependan de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Lambayeque; Que, encontrándose vacante el cargo de Director/a de Órgano Desconcentrado de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Lambayeque, resulta necesario designar a la persona que ejercerá el mencionado cargo, y, en adición, designarlo temporalmente como Director Ejecutivo del Proyecto Especial Naylamp – Lambayeque y como Responsable de la Unidad Ejecutora 005: Naylamp – Lambayeque del Pliego 003: Ministerio de Cultura; Con las visaciones de la O fi cina General de Recursos Humanos y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modi fi catoria; y, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2013-MC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar al señor JULIO CESAR FELIZARDO FERNANDEZ ALVARADO, en el cargo de Director de Órgano Desconcentrado de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Lambayeque del Ministerio de Cultura. Artículo 2.- Designar temporalmente al señor JULIO CESAR FELIZARDO FERNANDEZ ALVARADO, Director de Órgano Desconcentrado de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Lambayeque del Ministerio de Cultura, como Director Ejecutivo del Proyecto Especial Naylamp – Lambayeque, y Responsable de la Unidad Ejecutora 005: Naylamp – Lambayeque del Pliego 003: Ministerio de Cultura, en adición a sus funciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALEJANDRO ANTONIO SALAS ZEGARRA Ministro de Cultura 2050398-1 DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO Designan Director Ejecutivo del Proyecto Especial Jaén - San Ignacio - Bagua - PEJSIB RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0094-2022-MIDAGRI Lima, 21 de marzo de 2022VISTOS: El Informe Nº 0034-2022-MIDAGRI-SG/OGGRH, de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; y, el Informe Nº 372-2022-MIDAGRI-SG/OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0032-2021-MIDAGRI, se designó al señor Edim Galvani Dávila Cajo, en el cargo de Director Ejecutivo del Proyecto Especial Jaén – San Ignacio – Bagua – PEJSIB del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; cargo al cual ha formulado renuncia, siendo necesario aceptarla; y, designar al profesional que desempeñará dicho cargo; Con las visaciones del Viceministro de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego; del Director General de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos; y, del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, aprobado por Resolución Ministerial Nº 0080-2021-MIDAGRI; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Edim Galvani Dávila Cajo, al cargo de Director Ejecutivo del Proyecto Especial Jaén – San Ignacio – Bagua – PEJSIB del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al señor José Ricardo Cabrera Hernández, en el cargo de Director Ejecutivo del Proyecto Especial Jaén – San Ignacio – Bagua – PEJSIB del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego. Regístrese, comuníquese y publíquese.OSCAR ZEA CHOQUECHAMBI Ministro de Desarrollo Agrario y Riego 2050191-1 Designan representante titular del MIDAGRI ante el Consejo Directivo del Fondo Nacional de Capacitación Laboral y de Promoción del Empleo - FONDOEMPLEO RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0095-2022-MIDAGRI Lima, 21 de marzo de 2022 CONSIDERANDO:Que, de acuerdo al artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 892, Regulan el derecho de los trabajadores a participar en las utilidades de las empresas que desarrollan actividades generadoras de rentas de tercera categoría, crea el Fondo Nacional de Capacitación Laboral y de Promoción del Empleo – FONDOEMPLEO; Que, el artículo 10 del Decreto Supremo Nº 009-98-TR, que aprueba el Reglamento para la aplicación del derecho de los trabajadores de la actividad privada a participar en las utilidades que generen las empresas donde prestan servicios, establece que FONDOEMPLEO es una persona jurídica de derecho privado, con autonomía administrativa, económica y fi nanciera, que circunscribe su actuación a lo señalado en el citado Decreto Legislativo y su Reglamento, y será administrado por un Consejo Directivo, integrado, entre otros, por dos representantes del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, uno de los cuales lo presidirá y tendrá el voto dirimente; en tanto el artículo 12 señala que “Los representantes del Estado serán designados mediante Resolución del Titular