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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE MAYO DEL AÑO 2022 (17/05/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 40

40 NORMAS LEGALES Martes 17 de mayo de 2022 El Peruano / Artículo Tercero.- ENCARGAR al Gerente de Promoción Económico y Social, La Sub Gerencia de Imagen Institucional y Participación Vecinal, Gerencia de Administración Tributaria, Sub Gerencia de Fiscalización Tributaria y a la Sub Gerencia de Tecnología de la Información, el estricto cumplimiento del Decreto de Alcaldía. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración y Finanzas la publicación del Decreto de Alcaldía en el Diario O fi cial “El Peruano”; y, a la Sub Gerencia de Tecnología de la Información la publicación del Decreto de Alcaldía en el portal electrónico de la Municipalidad: www.munisanluis. gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.ZEE CARLOS CORRALES ROMERO Alcalde 2067378-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA Establecen exoneración del pago por el derecho de trámite contemplado en los procedimientos para el registro y reconocimiento municipal de las Organizaciones Sociales de Base, Organizaciones Vecinales e Inscripción y Registro de los Consejos Directivos de las Asociaciones, Organizaciones de la Sociedad Civil y otros, consignados en el TUPA ORDENANZA MUNICIPAL Nº 014-2022/MDV Ventanilla, 11 de mayo de 2022EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA VISTO:En Sesión Ordinaria de Concejo presencial y virtual (en atención al Decreto de Urgencia Nº 026-2020, el mismo que faculta a los empleadores del sector público y privado a la realización de actividades de manera remota, es decir de manera virtual), de fecha 11 de mayo de 2022, el Informe Nº029-2022/MDV-GPV-SGOSPV de la Subgerencia de Organizaciones Sociales y Participación Vecinal, el Informe Nº 016-2022/MDV-GPV de la Gerencia de Participación Vecinal, los Memorandos Nº 323 y Nº 818-2022/MDV-GPLP de la Gerencia de Plani fi cación Local y Presupuesto, el Informe Nº 081-2022/MDV-GPLP-SGPI de la Subgerencia de Plani fi cación e Inversiones, el Memorando Nº 077-2022-MDV/GAJ e Informe Legal Nº 196-2022-MDV-GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, los Proveídos Nº 1404-2022 y Nº 1707-2022 de la Gerencia Municipal y el Dictamen Nº 019-2022/MDV-CAL de la Comisión de Asuntos Legales, respecto a la emisión de la Ordenanza Municipal que apruebe la exoneración del pago por el derecho de trámite contemplado en los procedimientos para el registro y reconocimiento municipal de las organizaciones sociales de base, organizaciones vecinales e inscripción y registro de los consejos directivos de las asociaciones, organizaciones de la sociedad civil y otros consignados en el TUPA hasta que dure la emergencia Sanitaria por la COVID-19, y; CONSIDERANDO:Que, de conformidad a lo establecido por los numerales 8) y 9) del artículo 9º y artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con el Dictamen favorable de la Comisión de Asuntos Legales, así como la dispensa del trámite de lectura y de aprobación del Acta, el Concejo Municipal con el VOTO POR UNANIMIDAD, emitió la siguiente norma: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA EXONERACIÓN DEL PAGO POR EL DERECHO DE TRÁMITE CONTEMPLADO EN LOS PROCEDIMIENTOS PARA EL REGISTRO Y RECONOCIMIENTO MUNICIPAL DE LAS ORGANIZACIONES SOCIALES DE BASE, ORGANIZACIONES VECINALES E INSCRIPCIÓN Y REGISTRO DE LOS CONSEJOS DIRECTIVOS DE LAS ASOCIACIONES, ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL Y OTROS. Artículo 1.- APROBAR la Ordenanza Municipal que establece la exoneración del pago por el derecho de trámite contemplado en los procedimientos para el registro y reconocimiento municipal de las Organizaciones Sociales de Base, Organizaciones Vecinales e Inscripción y Registro de los Consejos Directivos de las Asociaciones, Organizaciones de la Sociedad Civil y otros, consignados en el TUPA, hasta que dure el Estado de Emergencia Sanitaria por la COVID-19. Artículo 2.- PRECISAR que los gobiernos locales promueven la participación vecinal en la formulación, debate y concertación de sus planes de desarrollo, presupuesto y gestión; asimismo, el vecino de una jurisdicción municipal puede ejercer su derecho de participación vecinal en la municipalidad de su distrito y su provincia, mediante la participación a través de Juntas Vecinales, Comités de Vecinos, Asociaciones Vecinales, Organizaciones Comunales, Sociales u otras similares de naturaleza vecinal. Artículo 3.- DECLARAR de prioritario interés distrital la labor que realizan las Organizaciones Sociales de Base, Organizaciones Sociales Vecinales, Asociaciones, Organizaciones de la Sociedad Civil y otros en Estado de Emergencia sanitaria por la COVID-19. Artículo 4.- EXONERAR el pago por el derecho del trámite contemplado en los procedimientos para el Registro y Reconocimiento Municipal de las Organizaciones Sociales de Base, Organizaciones Sociales Vecinales, Asociaciones y otros, consignados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA, Ítems Nº 11.01, 11.02 y 11.03, correspondientes a la Subgerencia de Organizaciones Sociales y Participación Vecinal, dependiente de la Gerencia de Participación Vecinal hasta que dure el estado de emergencia sanitaria por la covid-19. Artículo 5.- FACULTAR al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias para la aplicación de lo dispuesto en la presente Ordenanza Municipal. Artículo 6.- ENCARGAR a la Secretaría General, disponga la publicación de la presente norma en el Diario Ofi cial “El Peruano”, así como también a la Gerencia de Tecnología de la Información y Telecomunicación, la publicación del presente en la página web de la Municipalidad Distrital de ventanilla, cuya dirección electrónica es: www.muniventanilla.gob.pe y en la página del portal o fi cial del Estado Peruano. Artículo 7.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Participación Vecinal y a las demás unidades orgánicas competentes, el cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal, así como también a la Gerencia de Tecnología de la Información y Telecomunicación, la publicación de la presente en la página web de la Municipalidad Distrital de Ventanilla y en la página del portal o fi cial del Estado Peruano. Regístrese, publíquese y comuníquese.ROCIO DEL PILAR CÁCERES SABOYA RegidoraEncargada del Despacho de Alcaldía 2067714-1