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39 NORMAS LEGALES Martes 17 de mayo de 2022 El Peruano / por Resolución Nº1807, de fecha 01-10-1972, emitido por el concejo Provincial de Lima; Que mediante Informe Nº 113-2022-MDSL/GAJ, la Gerencia de Asesoría Jurídica, considera legalmente procedente el Saneamiento Físico Legal del predio a nombre de la Municipalidad distrital de San Luis, denominado “Parque Horacio Patiño Cruzatti”, Zona de Recreación Pública, con un área de 11,069.73 m2, ubicado en Jr. Edgar Guillermo Zúñiga Medina, Jr. Augusto Durand, Jr. Coronel Patiño Cruzatti y el Jr. Mayor Enrique Torres Gonzales, en el Distrito de San Luis, con la fi nalidad de realizar la inscripción registral respectiva, debiendo precisarse que posterior al diagnóstico físico legal, corresponde dar cumplimiento a lo regulado en el artículo 249 del TUO de la Ley Nº 29151-Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales; Que, mediante el Proveído Nº 263-2022-AL del Despacho de Alcaldía que contiene el Informe Nº 041-2022-MDSL-GM que recomienda someter a Acuerdo de Concejo el Saneamiento Físico Legal del predio a nombre de la Municipalidad Distrital de San Luis, denominado Parque “Horacio Patiño Cruzatti” para la Inscripción registral indicada, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 39 y 41 así como el numeral 35 del artículo 9 en concordancia con el artículo 58 de la Ley Nº 27972-Ley Orgánica de Municipalidades; Que, por su parte la Comisión de Desarrollo Urbano mediante Dictamen Nº 03-2022-CDU/MDSL, dictamino por unanimidad, el saneamiento físico legal para la inscripción de la independización a nombre del estado, afectado en uso y favor de la Municipalidad distrital de San Luis, 11,069.73 m2, ubicado en Jr. Edgar Guillermo Zúñiga Medina, Jr. Augusto Durand, Jr. Coronel Patiño Cruzatti y el Jr. Mayor Enrique Torres Gonzales del Distrito de San Luis, Provincia y Departamento de Lima; Que, en ese sentido el artículo 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que los acuerdos son decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos especí fi cos de interés público vecinal, o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobiernos para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas en los artículos 39 y 41, así como en el numeral 35 del artículo 9 en concordancia con el artículo 58, de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; y con dispensa de lectura y aprobación del Acta, el Concejo Municipal del Distrito de San Luis aprobado por UNANIMIDAD; el siguiente: ACUERDO: Artículo Primero.- APROBAR el Saneamiento Físico Legal para la inscripción de la independización a nombre del Estado, afectado en uso y favor de la Municipalidad Distrital de San Luis, con un área de 11,069.73 m2, ubicado en Jr. Edgar Guillermo Zúñiga Medina, Jr. Augusto Durand, Jr. Coronel Patiño Cruzatti y el Jr. Mayor Enrique Torres Gonzales, en el Distrito de San Luis, según certi fi cado de búsqueda catastral de la SUNARP, inscrito en la Partida Matriz Nº 11108795 de la Zona Registral Nº IX – Sede Lima, inmueble destinado a uso de Parque “Horacio Patiño Cruzatti”, conforme al plano perimétrico, plano de ubicación y memoria descriptiva que forman parte del presente acuerdo. Artículo Segundo.- APROBAR la suscripción de la declaración jurada donde se indique que el predio no se encuentra incurso en proceso judicial pendiente por resolver. Artículo Tercero.- ENCARGAR al Gerente de Desarrollo Urbano la suscripción de toda información requerida para lograr el Saneamiento Físico Legal ante la SUNARP - Lima y la suscripción de la declaración jurada señalada en el artículo segundo del presente acuerdo. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General, la publicación del presente acuerdo en el Diario Ofi cial El Peruano o en otro de mayor circulación del lugar donde se ubica el bien y en la página web de la entidad, en cumplimiento con lo dispuesto en el Reglamento de la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2021-VIVIENDA.Artículo Quinto.- ENCARGAR al Gerente de Desarrollo Urbano el estricto cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Tecnología de la Información, la publicación de la presente Resolución de Alcaldía en el Portal Institucional de la Municipalidad distrital de San Luis. Regístrese, comuníquese y cúmplase.ZEE CARLOS CORRALES ROMERO Alcalde 2067713-1 Disponen el embanderamiento del distrito de San Luis DECRETO DE ALCALDÍA Nº 007-2022-DA-MDSL San Luis, 9 de mayo de 2022EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS VISTO: El Informe Nº 114-2022-MDSL-SG/SGIIPV de la Sub Gerencia de Imagen Institucional y Participación Vecinal, sobre el embanderamiento en el distrito de San Luis; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º, de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por Ley Nº 30305, Ley de Reforma de los artículos 191º, 194º y 203º de la Constitución Política del Perú, sobre denominación y no reelección inmediata de autoridades de los gobiernos regionales y de los Alcaldes” establece que las Municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobiernos local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia (…); Que, el día 16 del artículo 82º de la Ley Orgánica de Municipalidades y sus modi fi catorias – Ley Nº 27972, señala que es deber de los gobiernos locales destacar y promover los acontecimientos cívicos de la patria, incentivando la participación de los vecinos; así como afi rmando el respeto a los valores nacionales y símbolos patrios, así como promover el mantenimiento, limpieza, conservación y mejoramiento del ornato local; Que, al respecto la Sub Gerencia de Imagen Institucional y Participación Vecinal mediante el Informe Nº 114-2022-MDSL-SG/SGIIPV, propone el embanderamiento en el distrito de San Luis; en razón que este 23 de mayo Conmemoramos el 54º Aniversario de la Creación Política del distrito de San Luis; Que, siendo política de esta Administración Municipal resaltar los hechos históricos con el propósito de remarcar nuestra identidad, incentivar la participación cívica del vecindario, así como fomentar la conciencia cívica a través de la celebración de actividades y festividades; siendo uno de ellos el embanderamiento de todos los inmuebles del distrito de San Luis; es necesario emitir el acto administrativo correspondiente; Estando a lo expuesto, y uso de las atribuciones conferidas, de conformidad con lo establecido en el numeral 6 del artículo 20º y el artículo 42 de la Ley Orgánica de Municipalidades y sus modi fi catorias; DECRETA:Artículo Primero.- DISPONER el EMBANDERAMIENTO del distrito de San Luis, desde el 14 de mayo hasta el 31 de mayo de 2022, con motivo de celebrarse el 54º aniversario de la Creación del distrito de San Luis, esta medida se extenderá a todos los predios públicos o privados, vivienda, comercial o industrial. Artículo Segundo.- EXHORTAR a los vecinos del distrito para que efectúen la limpieza y pintado de las fachadas de los predios, para su mejor presentación y ornato general de la ciudad.