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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE MAYO DEL AÑO 2022 (23/05/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 5

5 NORMAS LEGALES Lunes 23 de mayo de 2022 El Peruano / Que, en dicha línea, el Plan Operativo Institucional 2022 del Ministerio de Cultura contempla la implementación de acciones de capacitación para el desempeño profesional del sector artístico a cargo de la Dirección del Libro y la Lectura; Que, mediante el Informe N° 000119-2022-DLL/MC la Dirección del Libro y la Lectura propone llevar a cabo el programa especializado en mediación de lectura y escritura de la cátedra de lectura, escritura y bibliotecas del Perú, durante los meses de agosto, septiembre, octubre y noviembre de 2022, con el objetivo de contribuir, a través del estudio, la re fl exión, y la investigación, a la formación de mediadores de lectura y escritura del Perú para la mejora y la trasformación de las prácticas de formación de lectores que estos mediadores desarrollan en diferentes contextos de país; Que, mediante el Informe N° 000122-2022-DLL/ MC la Dirección del Libro y la Lectura remite las bases de la “Convocatoria para la postulación al programa especializado en mediación de lectura y escritura de la Cátedra de Lectura, Escritura y Bibliotecas del Perú 2022”, por lo que, teniendo en cuenta los objetivos señalados, y considerando que la convocatoria es pública y se encuentra alineada a la actividad presupuestal 5005775, Capacitación para el desempeño profesional del sector artístico, corresponde su aprobación; Con el visado de la Dirección del Libro y la Lectura; y De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; la Ley N° 31053, Ley que reconoce y fomenta el derecho a la Lectura y promueve el Libro, y el Decreto Supremo N° 005-2013-MC, decreto supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar las Bases de la “Convocatoria para la postulación al Programa Especializado en Mediación de Lectura y Escritura de la Cátedra de Lectura, Escritura y Bibliotecas del Perú 2022”, que como anexo forma parte de la presente resolución. Artículo 2.- Encargar a la Dirección del Libro y la Lectura la conducción integral de la “Convocatoria para la Postulación al Programa Especializado en Mediación de Lectura y Escritura de la Cátedra de Lectura, Escritura y Bibliotecas del Perú 2022”, conforme a las Bases aprobadas mediante la presente resolución. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución y su anexo en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura), el mismo día de la publicación en el diario o fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. LAURA ISABEL MARTINEZ SILVA DirectorDirección General de Industrias Culturales y Artes 2069043-1 Aprueban las Bases de la segunda convocatoria a diversos estímulos económicos para el Fomento de la Actividad Cinematográfica y Audiovisual para el año 2022 RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 000193-2022-DGIA/MC San Borja, 20 de mayo del 2022VISTO, el Informe N° 000180-2022-DAFO/MC de fecha 20 de mayo de 2022 de la Dirección del Audiovisual, la Fonografía y los Nuevos Medios; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, se creó el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público; estableciendo en el literal i) de su artículo 5, que el Ministerio de Cultura es el organismo rector en materia de cultura y ejerce competencia, exclusiva y excluyente, respecto de otros niveles de gobierno en todo el territorio nacional, en la promoción de la creación cultural en todos los campos, el perfeccionamiento de los creadores y gestores culturales, y el desarrollo de las industrias culturales; Que, mediante el artículo 9 del Decreto de Urgencia Nº 022-2019, Decreto de Urgencia que promueve la actividad cinematográ fi ca y audiovisual, el Ministerio de Cultura se encuentra autorizado a otorgar estímulos económicos a personas naturales de nacionalidad peruana o personas jurídicas de derecho privado, debidamente constituidas en el país, que participan de la actividad cinematográ fi ca y audiovisual; los estímulos se conceden con cargo a los recursos de su presupuesto anual institucional, asignando para ello un mínimo de seis mil unidades impositivas tributarias (6000 UIT), sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público, pudiéndose disponer de hasta cinco por ciento (5%) de esta asignación para la administración del otorgamiento de estímulos; Que, el artículo 13 del Reglamento de Decreto de Urgencia Nº 022-2019, Decreto de Urgencia que promueve la actividad cinematográ fi ca y audiovisual, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 017-2020-MC, establece que la Dirección General de Industrias Culturales y Artes aprueba las bases y los anexos necesarios, relacionados a cada convocatoria pública; Que, el numeral 78.15 del artículo 78 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013- MC, establece que la Dirección General de Industrias Culturales y Artes tiene la función de “Supervisar el debido cumplimiento (…) de los procesos de concurso que se realicen y, en general, del cumplimiento de las normas relativas al ámbito de su competencia”; Que, asimismo, el numeral 80.9 del artí culo 80 del citado Reglamento, establece que la Direcció n del Audiovisual, la Fonografí a y los Nuevos Medios tiene la funció n de fomentar, organizar, ejecutar y supervisar el fomento del audiovisual, la fonografí a y los nuevos medios aplicados a la producció n cultural, a travé s de concursos, ayudas econó micas, auspicios, premios, entre otros, durante todo el proceso que conlleve la realizació n de cada uno de ellos; siendo la encargada de elaborar y elevar la propuesta de bases de los estímulos enmarcados en el Decreto de Urgencia Nº 022-2019; Que, con Resolución Ministerial N° 000113-2021-DM/ MC, de fecha 20 de abril de 2022, se aprobó el ‘Plan Anual para el Fomento de la Actividad Cinematográ fi ca y Audiovisual para el año 2022’, el cual considera los siguientes estímulos a convocarse durante el mes de mayo: Estímulo a la Formación de Públicos a través de Festivales y Encuentros - 2022, Concurso Nacional de Proyectos de Animación - 2022, Concurso Nacional de Coproducciones Minoritarias - 2022, Concurso Nacional de Creación Experimental – 2022, Concurso Nacional de Desarrollo de Proyectos de Largometraje - 2022, Concurso Nacional para la Formación Audiovisual - 2022, Concurso Nacional de Proyectos de Gestión Cultural para el Audiovisual - 2022, Concurso Nacional de Proyectos de Cortometraje - 2022; y, Premio a la Destacada Trayectoria en el Ámbito Audiovisual - 2022; Que, mediante Informe N° 000180-2022-DAFO/MC, la Dirección del Audiovisual, la Fonografía y los Nuevos Medios remite a la Dirección General de Industrias Culturales y Artes la propuesta de Bases de la segunda convocatoria, correspondientes a los precitados estímulos; Que, estando visado por la Directora de la Dirección del Audiovisual, la Fonografía y los Nuevos Medios; y De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, el Decreto de Urgencia N° 022-2019, Decreto de Urgencia que promueve la actividad cinematográ fi ca y audiovisual, y su reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 017-2020-MC.