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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2022 (24/11/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 244

TEXTO PAGINA: 13

13 NORMAS LEGALES Jueves 24 de noviembre de 2022 El Peruano / Artículo 4.- Derogación. Derogar la Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad N° 002-2021-EF/30, que incorpora umbrales para la aplicación de la NIIF para las Pymes. Artículo 5.- Implementación y Difusión. Encargar a la Junta de Decanos de Colegios de Contadores Públicos del Perú, a los Colegios de Contadores Públicos Departamentales y a las Facultades de Ciencias Contables y Financieras de las Universidades del país y otras instituciones competentes, su debida incorporación en los planes curriculares y su difusión a través de acciones de capacitación. Artículo 6.- Publicación. Disponer la publicación de la presente Resolución, en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.OSCAR NUÑEZ DEL ARCO MENDOZA Presidente OSCAR ALFREDO DÍAZ BECERRA Facultades de Ciencias Contables de las Universidades del País ANA MARIA ESQUERRE PÉREZ Superintendencia de Banca, Seguros y AFP FERNANDO FLORES CALDERÓN Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria BLANCA S. GUILLERMO SERREPE Instituto Nacional de Estadística e Informática MARÍA ROSA LINARES VÁSQUEZ Superintendencia del Mercado de Valores GUILLERMO POWZÉN REAÑO Banco Central de Reserva del Perú ZAYDA BEATRIZ QUISPE SOTO Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas ALFREDO SAAVEDRA RODRÍGUEZ Junta de Decanos de Colegios de Contadores Públicos del Perú 2127835-1 ENERGIA Y MINAS Prórroga de la suspensión de la admisión de petitorios mineros en el área de la Montaña de Siete Colores DECRETO SUPREMO Nº 015-2022-EM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en los artículos 66 y 67 establece que los recursos naturales, renovables y no renovables, son patrimonio de la Nación. El Estado es soberano en su aprovechamiento y en el uso sostenible de los recursos naturales; Que, mediante Decreto Supremo Nº 032-2018-EM se dispuso suspender la admisión de petitorios mineros en el área de la Montaña de Siete Colores, por un plazo de doce (12) meses, indicándose las coordenadas UTM- WGS 84 de dicha área; suspensión que fue prorrogada por los Decretos Supremos Nº 019-2019-EM, Nº 025-2020-EM y Nº 027-2021-EM, respectivamente; Que, siendo necesario continuar con las acciones técnico legales requeridas para la conservación del área de la Montaña de Siete Colores, resulta pertinente prorrogar por el plazo adicional de doce (12) meses, la suspensión de la admisión de petitorios, desde la culminación del plazo dispuesto mediante Decreto Supremo Nº 027-2021-EM a fi n de garantizar su preservación; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 3) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; el numeral 3) del artículo 11 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, los numerales 6.1 y 6.2 del artículo 6 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 031-2007-EM y sus modi fi catorias; DECRETA: Artículo 1.- Objeto de la norma Prorrogar la suspensión de la admisión de petitorios mineros en el área de la Montaña de Siete Colores, ubicada en el distrito de Cusipata, provincia de Quispicanchi y en el distrito de Pitumarca, provincia de Canchis, departamento de Cusco, por un plazo adicional de doce (12) meses, contados desde la culminación del plazo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 027-2021-EM que prorrogó el Decreto Supremo Nº 032-2018-EM, de acuerdo a las siguientes coordenadas UTM-WGS 84: VERTICES NORTE ESTE 1 8 466 626.27 251 809.75 2 8 464 626.24 251 809.77 3 8 464 626.23 249 809.75 4 8 466 626.27 249 809.73 Artículo 2.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Energía y Minas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintitrés días del mes de noviembre del año dos mil veintidós. JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República ALESSANDRA G. HERRERA JARA Ministra de Energía y Minas 2128473-2 INTERIOR Designan Prefecto Regional de Lambayeque RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 265-2022-IN Lima, 23 de noviembre de 2022CONSIDERANDO:Que, el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, establece que el Ministerio del Interior tiene entre otras funciones especí fi cas, dirigir y supervisar las funciones de las autoridades políticas designadas, con alcance nacional; Que, el artículo 161 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial N° 1520-2019-IN, señala que los Prefectos Regionales son designados por Resolución Suprema refrendada por el Ministro del Interior a propuesta del Viceministerio de Orden Interno; Que, con Resolución Suprema N° 256-2021-IN se designa a la señora LUISA IRMA VERONA DE QUEVEDO en el cargo de Prefecta Regional de Lambayeque;