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19 NORMAS LEGALES Viernes 14 de octubre de 2022 El Peruano / Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal Institucional del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (www.gob.pe/serfor). Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS ALBERTO GONZÁLES ZÚÑIGA GUZMÁN Director EjecutivoServicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre 2115437-1 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 0160-2022-INIA Mediante O fi cio N° 275-2022-MIDAGRI-INIA/J, el Instituto Nacional de Innovación Agraria – INIA solicita se publique la Fe de Erratas de la Resolución Jefatural N° 0160-2022-INIA, publicada en la edición del día 9 de octubre de 2022. - En la parte fi nal del Doceavo Considerando (página 11). DICE:“(…) Que, en el Informe N° 044-2022-MIDAGRI-INIA- GGOPP/UPR-D de fecha 23 de septiembre de 2022, refi ere que doscientos diez (210) en total los servicios que modi fi carán la primera parte del TUSNE, de los cuales sesenta y cinco servicios se actualizarán y ciento cuarenta y cinco (145) servicios serán incorporados al TUSNE aprobado por Resolución Jefatural N° 171-2021-INIA; (…)” DEBE DECIR:“(…) Que, en el Informe N° 044-2022-MIDAGRI-INIA- GGOPP/UPR-D de fecha 23 de septiembre de 2022, refi ere que doscientos diez (210) en total son los servicios que modi fi carán la primera parte del TUSNE, de los cuales sesenta y cinco (65) servicios se actualizarán y ciento cuarenta y cinco (145) servicios serán incorporados al TUSNE, aprobado por Resolución Jefatural N° 117-2021-INIA; (…)” - En el Artículo 1 (página 11). DICE: “Artículo 1.- Aprobar la modi fi cación de la primera parte del Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE del Instituto Nacional de Innovación Agraria – INIA, aprobada por mediante Resolución Jefatural N° 0171-2021-INIA, el cual quedará constituido por doscientos cincuenta y ocho (258) productos y servicios no exclusivos, que en Anexo 01 forma parte integrante de la presente Resolución.” DEBE DECIR:“Artículo 1.- Aprobar la modi fi cación de la primera parte del Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE del Instituto Nacional de Innovación Agraria – INIA, aprobada por Resolución Jefatural N° 0117-2021-INIA, el cual quedará constituido por doscientos cincuenta y ocho (258) productos y servicios no exclusivos, que en Anexo 01 forma parte integrante de la presente Resolución.” 2115366-1DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL Designan fedatarios/as titulares de la Sede Central del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 158-2022-MIDIS Lima, 12 de octubre de 2022 VISTOS:El Informe N° D000083-2022-MIDIS-OAC, emitido por la Ofi cina de Atención al Ciudadano y Gestión Documental; el Memorando N° D001246-2022-MIDIS-OGRH, emitido por la O fi cina General de Recursos Humanos; y, el Informe N° D000558-2022-MIDIS-OGAJ, emitido por la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Ley Nº 29792, se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura básica; Que, el numeral 1 del artículo 138 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, regula el régimen de fedatarios, estableciendo que cada entidad designa fedatarios institucionales adscritos a sus unidades de recepción documental, en número proporcional a las necesidades de atención, quienes, sin exclusión de sus labores ordinarias, brindan gratuitamente sus servicios a los administrados; Que, asimismo, el numeral 2 del artículo 138 del Texto Único Ordenado antes citado, señala que el fedatario tiene como labor personalísima, comprobar y autenticar, previo cotejo entre el original que exhibe el administrado y la copia presentada, la fi delidad del contenido de esta última para su empleo en los procedimientos de la entidad; cuando en la actuación administrativa sea exigida la agregación de los documentos o el administrado desee agregarlos como prueba. También pueden, a pedido de los administrados, certi fi car fi rmas previa veri fi cación de la identidad del suscriptor, para las actuaciones administrativas concretas en que sea necesario; Que, mediante Resolución Ministerial N° 238-2016-MIDIS, se aprueba la Directiva N° 007-2016-MIDIS, “Régimen de fedatarios de la Unidad Ejecutora 001: Sede Central del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social”, la cual, regula las funciones de los fedatarios de la Sede Central del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, señalando el per fi l, responsabilidades, prohibiciones y obligaciones, relacionadas con el cumplimiento a sus funciones; asimismo, establece que la designación de los fedatarios se realiza mediante Resolución Ministerial; Que, mediante el documento de Vistos, la O fi cina de Atención al Ciudadano y Gestión Documental sustenta y propone la designación de cuarenta y tres (43) servidores/as como fedatarios/as de la Unidad Ejecutora 001: Sede Central del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; asimismo, solicita dar por concluida la designación de fedatarios/as titulares efectuada mediante las Resoluciones Ministeriales N° 262-2015-MIDIS, N° 292-2018-MIDIS y N° 243-2019-MIDIS; Que mediante el documento de Vistos, la O fi cina General de Recursos Humanos valida el cumplimiento de los requisitos mínimos para desempeñar la función de fedatario/a de cuarenta y tres (43) servidores/as propuestos por las diversas unidades de organización del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, de conformidad a lo dispuesto en el numeral 6.4 de la Directiva N° 007-2016-MIDIS, “Régimen de fedatarios de la Unidad