Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (01/09/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 6

6 NORMAS LEGALES Jueves 1 de setiembre de 2022 El Peruano / Resolución Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, en consecuencia, de acuerdo a los fines expuestos en los considerandos precedentes, resulta de interés nacional e institucional autorizar el viaje en comisión de servicios del señor Jorge Luis Prado Palomino, Ministro de la Producción, a fin de que participe en el “35° periodo de sesiones del Comité de Pesca de la FAO”; a celebrarse en la ciudad de Roma, República Italiana, del 5 al 6 de setiembre de 2022; Que, los gastos que irroga el viaje al exterior del señor Jorge Luis Prado Palomino, Ministro de la Producción, por concepto de pasajes y viáticos para participar en dicho evento, serán cubiertos con cargo al presupuesto del Ministerio de la Producción; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y modi ficatorias; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y la Resolución Ministerial N° 031-2020-PRODUCE, que aprueba la Directiva General N° 001-2020-PRODUCE-DM denominada “Lineamientos para la autorización de viajes al exterior en el Ministerio, de la Producción”; SE RESUELVE:Artículo 1. Autorizar el viaje, en comisión de servicio, del señor Jorge Luis Prado Palomino, Ministro de la Producción, a la ciudad de Roma, República Italiana, del 3 al 7 de setiembre de 2022, a efectos de que participe los días 5 y 6 de setiembre en el “35° periodo de sesiones del Comité de Pesca de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura”. Artículo 2. Los gastos correspondientes a los pasajes y viáticos que demande el viaje autorizado en el artículo 1 de la presente Resolución Suprema, serán atendidos con cargo al Presupuesto del Pliego 038: Ministerio de la Producción, de acuerdo al siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasaje aéreo (clase económica incluido TUUA) US$Viáticos por 4 días (2 días + 2 días por concepto de instalación) US$ 540,00 por día Jorge Luis Prado Palomino3,200.00 2,160.00 Artículo 3. Encargar el Despacho del Ministro de la Producción al señor Roberto Helbert Sánchez Palomino, Ministro de Comercio Exterior y Turismo, a partir del 3 de setiembre de 2022 y mientras dure la ausencia del Titular. Artículo 4. La presente Resolución Suprema no libera ni exonera del pago de impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación. Artículo 5. La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de la Producción. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República ANÍBAL TORRES VÁSQUEZ Presidente del Consejo de Ministros JORGE LUIS PRADO PALOMINO Ministro de la Producción 2101008-1Modifican la R.M. Nº 206-2021-PCM, mediante la cual se crea el Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal denominado “ Apoyo a la implementación de la propuesta de desarrollo integral para los pueblos indígenas u originarios, comunidades rurales y centros poblados de los distritos de Manseriche y de Morona de la provincia de Datem del Marañón del departamento de Loreto” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 235-2022-PCM Lima, 31 de agosto de 2022 CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial N° 206- 2021-PCM, se crea el Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal denominado “Apoyo a la implementación de la propuesta de desarrollo integral para los pueblos indígenas u originarios, comunidades rurales y centros poblados de los distritos de Manseriche y de Morona de la provincia de Datem del Marañón del departamento de Loreto”, dependiente de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, según lo dispuesto en el artículo 2 de la citada Resolución Ministerial, el Grupo de Trabajo tiene por objeto proponer las medidas necesarias para la implementación de la propuesta de desarrollo integral para los pueblos indígenas u originarios, comunidades rurales y centros poblados de los distritos de Manseriche y de Morona de la provincia de Datem del Marañón del departamento de Loreto; Que, el artículo 11 de la Resolución Ministerial Nº 206-2021-PCM, modi fi cado por la Resolución Ministerial N° 321-2021-PCM, dispone que el mencionado Grupo de Trabajo tiene vigencia hasta el 31 de agosto de 2022, plazo en el cual debe presentar un Informe Final a la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, bajo ese contexto, la Secretaría de Gestión Social y Diálogo informa que, como parte de sus funciones, el Grupo de Trabajo viene apoyando en la ejecución de once (11) proyectos contemplados en la propuesta de desarrollo integral para los pueblos indígenas u originarios, comunidades rurales y centros poblados de los distritos de Manseriche y Morona de la provincia de Datem del Marañón del departamento de Loreto; los cuales se encuentran pendientes de culminación; Que, en ese sentido, la referida Secretaría propone y sustenta la necesidad de modi fi car el artículo 11 de la Resolución Ministerial N° 206-2021-PCM, modi fi cado por la Resolución Ministerial N° 321-2021-PCM, a fi n de ampliar el periodo de vigencia del Grupo de Trabajo, hasta el 27 de febrero de 2023, a efecto de que continúe apoyando en la ejecución de los proyectos contemplados en la mencionada propuesta de desarrollo integral, lo cual le permitirá cumplir con su objeto de creación; precisando que para ello se cuenta con el consentimiento de las entidades que lo integran; Con el visado del Despacho Viceministerial de Gobernanza Territorial, de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por Decreto Supremo N° 054-2018-PCM; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por la Resolución Ministerial N° 156-2021-PCM;