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34 NORMAS LEGALES Martes 24 de enero de 2023 El Peruano / GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Ratifican derechos de trámite correspondientes a procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, aprobados en la Ordenanza N° 608-MPL por la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre ACUERDO DE CONCEJO Nº 496-2022 Lima, 20 de diciembre de 2022EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMAPOR CUANTO:El Concejo Metropolitano de Lima en Sesión Ordinaria de la fecha; VISTO: El O fi cio Nº D000374-2022-SAT-JEF de fecha 15 de diciembre de 2022 de la Jefatura del Servicio de Administración Tributaria de Lima (SAT), que remite el expediente de rati fi cación digital de la Ordenanza Nº 608- MPL, que aprueba los procedimientos administrativos, servicios prestados en exclusividad y derechos de trámite contenidos en el Anexo de la Ordenanza de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre, y; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194 de la Constitución Política del Perú en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establecen que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser rati fi cadas por las municipalidades provinciales de su circunscripción, para su vigencia y exigibilidad; Que, en aplicación de lo normado por la Ordenanza Nº 2386-2021, que sustituye la Ordenanza Nº 2085, que aprueba el Procedimiento de Rati fi cación de Ordenanzas Tributarias en el ámbito de la provincia de Lima, la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre aprobó la Ordenanza Nº 608-MPL, objeto de la rati fi cación, remitiendo la misma acompañada del expediente de rati fi cación digitalizado, incluyendo sus respectivos informes y documentos sustentatorios, al Servicio de Administración Tributaria de Lima (SAT), con carácter de Declaración Jurada, sujetos a revisión por las entidades competentes, y el SAT en uso de sus competencias; Que, a través del Informe Nº D000237-2022-SAT-ART de fecha 15 de diciembre de 2022, el Área Funcional de Ratifi caciones de la Gerencia de Asuntos Jurídicos del Servicio de Administración Tributaria de Lima (SAT) emite pronunciamiento favorable respecto de noventa y dos (92) derechos de trámite correspondientes a noventa (90) procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, cuyos costos únicamente han sido enviados y sustentados, listados en el Anexo A del presente Informe, aprobados en la Ordenanza Nº 608-MPL por la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre; luego de haberse veri fi cado que su establecimiento se ha efectuado de conformidad con la normativa vigente en cuanto responde al costo que incurre la Municipalidad en la prestación del servicio;Que, el mencionado Informe se sustenta en los requisitos exigidos y las normas aplicables contenidas en la Ordenanza Nº 2386-2021 de la Municipalidad Metropolitana de Lima; el Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y modi fi catorias, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, el Texto Único Ordenado (TUO) del Decreto Legislativo Nº 776, Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, el Decreto Supremo Nº 064-2010-PCM, entre otros dispositivos legales, debiéndose efectuar la publicación del texto de la Ordenanza Distrital y el Acuerdo Ratifi catorio que contiene los derechos de trámite de los procedimientos y servicios prestados en exclusividad, materia de la rati fi cación, en el Diario O fi cial El Peruano. Adicionalmente, la Ordenanza y su Anexo que contiene los procedimientos administrativos, servicios prestados en exclusividad y derechos de trámite se publicarán en el Portal Web del Diario O fi cial El Peruano, así como se difundirá en la Plataforma Digital Única para Orientación del Ciudadano del Estado Peruano y en el respectivo Portal Institucional, conforme lo dispuesto en los numerales 44.2 y 44.3 del Artículo 44 del TUO de la Ley Nº 27444; Que, al mismo tiempo, el citado Informe menciona que los ingresos que la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre prevé percibir como producto de la aplicación de los derechos de trámite por los procedimientos administrativos y/o servicios prestados en exclusividad listados en el Anexo A de dicho informe, fi nancian el 99.57% aproximadamente de los costos considerados en su costeo (no se incluyen costos directos no identi fi cables); Estando a lo señalado en los considerandos que anteceden, en uso de las facultades previstas según los Artículos 9 y 41 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y de conformidad con lo opinado por el Servicio de Administración Tributaria de Lima (SAT) y por la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización, en su Dictamen Nº 147-2022-MML/CMAEO de fecha 19 de diciembre de 2022; el Concejo Metropolitano de Lima, con dispensa del trámite de aprobación del acta; ACORDÓ:Artículo 1.- Rati fi car noventa y dos (92) derechos de trámite correspondientes a noventa (90) procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, cuyos costos únicamente han sido enviados y sustentados, listados en el Anexo A del Informe Nº D000237-2022-SAT-ART, aprobados en la Ordenanza Nº 608-MPL por la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre; luego de haberse verifi cado que su establecimiento se ha efectuado de conformidad con la normativa vigente en cuanto responde al costo en el que incurre la Municipalidad en la prestación del servicio, en la medida que se han establecido, teniendo en cuenta el marco legal vigente: Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y modi fi catorias; Ley Nº 28976, Ley Marco de Licencia de Funcionamiento y modi fi catorias, Decreto Supremo Nº 200-2020- PCM, que aprueba los procedimientos administrativos estandarizados de Licencia de Funcionamiento y de Licencia Provisional de Funcionamiento para Bodegas, Decreto Supremo Nº 002-2018-PCM, Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edi fi caciones, Decreto Supremo Nº 043-2021-PCM, que aprueba los procedimientos administrativos y un servicio prestado en exclusividad estandarizados de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edi fi caciones; así como la Ordenanza Nº 2348-2021, que regula las disposiciones técnicas y procedimientos administrativos de autorización para la ubicación de elementos de publicidad exterior en los distritos de la provincia de Lima y sus disposiciones que integran su aplicación o implementación aprobadas por la Resolución Nº D000032-2022-MML-GDU, entre otras normas vinculadas con el establecimiento de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad aplicables al caso, según lo informado por el Área Funcional de Rati fi caciones de la Gerencia de Asuntos Jurídicos del Servicio de Administración Tributaria de Lima (SAT) en su Informe Nº D000237-2022-SAT-ART de fecha 15 de diciembre de 2022.