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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE FEBRERO DEL AÑO 2023 (11/02/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 90

90 NORMAS LEGALES Sábado 11 de febrero de 2023 El Peruano / MUNICIPALIDAD DE MI PERU Modifican la Ordenanza Nº 009-MDMP, que regula las Elecciones de las Juntas Directivas Centrales de Asentamientos Humanos y Agrupaciones Poblacionales en el Distrito de Mi Perú ORDENANZA Nº 113- 2023-MDMP Mi Perú, 30 de enero de 2023EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE MI PERÚ VISTO:En la Sesión Ordinaria de Concejo de manera presencial de la fecha, el Informe Legal Nº 037-2023-MDMP/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe Técnico Nº 001-2023-MDMP/GPVAH de la Gerencia de Participación Vecinal y Asentamientos Humanos, sobre la Modi fi cación de la Ordenanza Nº 009-MDMP, Ordenanza que Reglamenta y Regula las Elecciones de las Juntas Directivas Centrales de Asentamientos Humanos y/o Agrupaciones Poblacionales en el distrito de Mi Perú; CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Estado y el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, las municipalidades son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en virtud de la cual el Concejo Municipal ejerce función normativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 110º de la Ley Nº 27972-Ley Orgánica de Municipalidades, establece que la constitución y delimitación de las Juntas Vecinales Comunales, el número de sus delegados, así como la forma de su elección y revocatoria, serán establecidos mediante Ordenanza de la respectiva municipalidad distrital, Que, el artículo 111º de la Ley Nº 27972-Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los vecinos de una circunscripción municipal intervienen en forma individual o colectiva en la gestión administrativa y de gobierno municipal a través de mecanismos de participación vecinal. A su vez el artículo 112º determina que los gobiernos locales promueven la participación vecinal en la formulación, debate y concertación de sus planes de desarrollo, presupuesto y gestión; Que, el artículo 40º de la Ley Nº 27972-Ley Orgánica de Municipalidades, establece “Las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en materia de su competencia, son normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regularización, la administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que las municipalidades tienen competencia normativa. Que, mediante el Informe Técnico Nº001-2023- MDMP/GPVAH de la Gerencia de Participación Vecinal y Asentamientos Humanos , señala que es necesario modi fi car el artículo 16º de la Ordenanza Nº 009- 2016-MDMP, Ordenanza que Reglamenta y Regula las Elecciones de las Juntas Directivas Centrales de Asentamientos Humanos y/o Agrupaciones Poblacionales en el Distrito de Mi Perú, proponiendo la modi fi cación de la reducción de algunos miembros que conforman una junta directiva , porque de las opiniones recabadas se llega a la conclusión que no todos los integrantes participan o trabajan en igualdad de condición, reduciendo el número de nueve (9) a cinco (5) integrantes.Que, asimismo se modi fi que el artículo 17º de la precitada norma donde señala que el Padrón Electoral deberá contener la relación de todos los predios con los nombres de los titulares y /o posesionarios debidamente empadronados que acredite la posesión y /o propiedad de un lote dentro del Asentamiento Humano y /o Agrupación Poblacional entre otras modi fi caciones. Que, también se propone la modi fi cación del artículo 19º donde señalan 2 Podrán ser candidatos los posesionarios y/o propietarios del lote que se encuentren debidamente empadronados, pudiendo participar tan solo uno por predio entre otros requisitos. Que, en las Disposiciones Finales también solicitan la modi fi cación, debiendo de incluirse una disposición Cuarto.- Facultar al Señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, expida normas complementarias y reglamentarias que sean necesarias para la mejor aplicación de la presente ordenanza. Que, mediante Ordenanza Nº 009-MDMP, fue aprobada y publicada en el Diario O fi cial “ El Peruano” con fecha 23 de febrero del 2016, Ordenanza Que Reglamenta y Regula las Elecciones de las Juntas Directivas Centrales de Asentamientos Humanos y/o Agrupaciones Poblacionales en el Distrito de Mi Perú; Que, mediante Informe Legal Nº 037-2023-MDMP/ GAJ, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, considera Viable la propuesta de Modi fi cación de la Ordenanza Nº 009-2016-MDMP. . Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 9º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD, con dispensa de lectura y aprobación del acta, lo siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA Nº 009, QUE REGULA LAS ELECCIONES DE LAS JUNTAS DIRECTIVAS CENTRALES DE ASENTAMIENTOS HUMANOS Y AGRUPACIONES POBLACIONALES EN EL DISTRITO DE MI PERU. Artículo Primero.- MODIFICAR, los artículos, 16, 17, 19 y las Disposiciones Finales de la Ordenanza Nº 009-2016-MDMP, los cuales quedaran redactados de la siguiente manera: “Artículo 16º.- La Junta Directiva Central, estará conformada por los siguientes cargos: A) Secretario General: personi fi ca y representa al Asentamiento Humano y tiene las siguientes funciones: a.- cumplir y hacer cumplir lo estipulado en el presente reglamento b.- Presidir la Mesa Directiva de la Asamblea Generalc.- Representar al Asentamiento Humano en los actos ofi ciales. d.- Reunirse periódicamente con los demás miembros de la Junta Directiva Central, para evaluar el rendimiento de su gestión. e.- Presentar a la Asamblea General las propuestas de la Junta Directiva Central que requieren el respaldo de la población. f.- Presentar en la Primera Sesión Ordinaria de la Asamblea General del año el Plan de trabajo de la Junta Directiva Central y en las Asambleas Generales subsiguientes los informes sobre el avance y cumplimiento del mismo. g.- Presentar un informe semestral detallado sobre las actividades económicas desarrolladas por la Junta Directiva Central a la Gerencia de Participación Vecinal y Asentamientos Humanos. B) El Secretario de Organización ejercerá las siguientes funciones: a.- Ejercerá las funciones del secretario general en caso de ausencia, vacancia o impedimento de este. b.- Elaborar el cronograma de actividades de la Junta Directiva Central en base a los informes elaborados por cada secretaria.