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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE FEBRERO DEL AÑO 2023 (26/02/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 62

TEXTO PAGINA: 8

8 NORMAS LEGALES Domingo 26 de febrero de 2023 El Peruano / Que, en ese sentido, se estima conveniente la participación del señor José Manuel Jesús Peschiera Rebagliati, Superintendente del Mercado de Valores, en el mencionado evento, lo que se alinea con el objetivo estratégico institucional de “Facilitar el acceso al mercado de valores a potenciales y actuales emisores e inversionistas”, así como con el objetivo estratégico sectorial de “Lograr el funcionamiento e fi ciente de los mercados y el incremento de la competitividad”; Que, en consecuencia, y siendo de interés nacional e institucional, resulta pertinente autorizar el mencionado viaje, cuyos gastos son cubiertos con cargo al presupuesto de la SMV; Que, el numeral 11.1 del artículo 11 de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, dispone que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueban conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 11.1 del artículo 11 de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del señor José Manuel Jesús Peschiera Rebagliati, Superintendente del Mercado de Valores, a la ciudad de París, República Francesa, del 12 al 16 de marzo de 2023, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial se efectuarán con cargo al presupuesto de la Superintendencia del Mercado de Valores - SMV, de acuerdo con el siguiente detalle: Pasajes aéreos : US$ 2 542,56 Viáticos (2+1) : US$ 1 620,00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el citado comisionado debe presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del comisionado cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALEX ALONSO CONTRERAS MIRANDA Ministro de Economía y Finanzas 2155136-1 EDUCACION FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 122-2023-MINEDU Designan Jefa de la O fi cina General de Administración Mediante O fi cio N° 00625-2023-MINEDU/SG, la Secretaría General del Ministerio de Educación solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Ministerial N° 122-2023-MINEDU, publicada en la edición del 23 de febrero de 2023.DICE: “RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 122-2023-MINEDU (…)”DEBE DECIR: “RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 123-2023-MINEDU (…)” 2155142-1 ENERGIA Y MINAS Otorgan a favor de HIDROELÉCTRICA AMÉRICA S.A.C. la concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica con recursos energéticos renovables en el proyecto “Central Hidroeléctrica Pachachaca 2”, ubicado en el departamento de Apurímac RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 067-2023-MINEM/DM Lima, 21 de febrero de 2023VISTOS: El Expediente Nº 18385418 sobre la solicitud de otorgamiento de concesión de finitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica con recursos energéticos renovables en el proyecto “Central Hidroeléctrica Pachachaca 2”, presentada por la empresa HIDROELÉCTRICA AMÉRICA S.A.C.; el Memorando Nº 00040-2023/MINEM-VME, del Viceministerio de Electricidad; los Informes Nos. 935-2022- MINEM/DGE-DCE, 021-2023-MINEM/DGE-DCE y 091-2023-MINEM/DGE-DCE, de la Dirección General de Electricidad; el Informe Nº 0193-2023-MINEM/OGAJ, de la O ficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante documento con Registro Nº 2793374, de fecha 8 de marzo de 2018, la empresa HIDROELÉCTRICA AMÉRICA S.A.C. solicita el otorgamiento de la concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica con recursos energéticos renovables en el proyecto “Central Hidroeléctrica Pachachaca 2”, con una potencia instalada de 19,8 MW, ubicada en los distritos de Huancarama y Abancay, provincias de Andahuaylas y Abancay, respectivamente, del departamento de Apurímac; Que, mediante Resolución Directoral Nº 0493-2022- ANA-AAA-PA, de fecha 18 de julio de 2022, recti ficada mediante las Resoluciones Directorales Nº 0813-2022-ANA-AAA-PA y Nº 0818-2022-ANA-AAA.PA, de fechas 22 y 27 de diciembre de 2022, respectivamente, el Director de la Autoridad Administrativa del Agua – Pampas Apurímac de la Autoridad Nacional del Agua acredita la disponibilidad hídrica super ficial con fines energéticos para la Central Hidroeléctrica Pachachaca 2, ubicada en los distritos de Huancarama y Abancay, provincias de Andahuaylas y Abancay, respectivamente, del departamento de Apurímac; Que, según los Informes de Vistos, la Dirección General de Electricidad y la O ficina General de Asesoría Jurídica, de acuerdo a sus competencias, han veri ficado que se ha cumplido con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM; por lo que corresponde otorgar la concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica con recursos energéticos renovables