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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE JULIO DEL AÑO 2023 (27/07/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 92

92 NORMAS LEGALES Jueves 27 de julio de 2023 El Peruano / fi scal respectivo o plaza especí fi ca sobre la base del desempeño, experiencia y otros. Según el numeral 64.2 de la Ley Nº 30483, también modi fi cada mediante Ley Nº 31718, establece que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que ocupan en caso de vacancia, licencia o impedimento el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen con los requisitos para el nivel que se les designa. Así, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que, la “suplencia o provisionalidad como tal, constituye una situación que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no tiene titularidad alguna”; ello se complementa con el fundamento de que la incorporación a la carrera fi scal de los fi scales provisionales no titulares, no se ha efectuado conforme a lo establecido en los artículos 150 y 154 de la Constitución Política del Perú; por lo cual la provisionalidad de los fi scales tiene naturaleza temporal. La Fiscal de la Nación como titular de la institución es la responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; por lo que, con la fi nalidad de coadyuvar con la labor fi scal, se hace oportuno en mérito al marco normativo señalado asignar una (01) plaza de Fiscal Provincial Transitoria al Despacho de la Fiscalía Provincial Penal de Yauyos; y, consecuentemente, se convierta dicho Despacho en Despacho de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Yauyos y se adecúen los nombramientos y designaciones del personal fi scal conforme a la conversión señalada. Asimismo, previa verifi cación de los requisitos de ley, nombrar y designar al Fiscal Provincial Transitorio que ocupe provisionalmente el cargo antes mencionado, nombramiento y designación que tendrán vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 30 de septiembre de 2023, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 65 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modi fi cado por la Ley Nº 31718. SE RESUELVE:Artículo Primero.- Asignar, de manera temporal, una (01) plaza de Fiscal Provincial Transitoria, creada mediante Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 046-2023-MP-FN-JFS, de fecha 03 de julio de 2023, al Despacho de la Fiscalía Provincial Penal de Yauyos. Artículo Segundo.- Convertir la Fiscalía Provincial Penal de Yauyos, en Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Yauyos, con todo su personal fi scal y administrativo. Artículo Tercero.- Dar por concluida la designación del abogado Lorgio Pantoja Reyes, Fiscal Provincial Titular Penal de Yauyos, Distrito Fiscal de Cañete, en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal de Yauyos, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 254-2023-MP-FN, de fecha 27 de enero de 2023. Artículo Cuarto.- Dar por concluido el nombramiento del abogado Omar Efraín Guillermo Girao, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Cañete, y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal de Yauyos, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2984-2019-MP-FN, de fecha 30 de octubre de 2019. Artículo Quinto.- Dar por concluido el nombramiento de la abogada Magali Palomino Lizarbe, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Cañete, y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal de Yauyos, así como sus vigencias, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1407-2023-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2023. Artículo Sexto.- Nombrar al abogado Eder Armando Giron Magallanes, como Fiscal Provincial Provisional Transitorio del Distrito Fiscal de Cañete, designándolo en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Yauyos. Artículo Séptimo.- Designar al abogado Lorgio Pantoja Reyes, Fiscal Provincial Titular Penal de Yauyos, Distrito Fiscal de Cañete, en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Yauyos.Artículo Octavo.- Nombrar al abogado Omar Efraín Guillermo Girao, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Cañete, designándolo en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Yauyos, con reserva de su plaza de origen. Artículo Noveno.- Nombrar a la abogada Magali Palomino Lizarbe, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Cañete, designándola en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Yauyos. Artículo Décimo.- Disponer que el nombramiento y designación de manera temporal del personal fi scal señalado en el artículo sexto, tengan vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 30 de septiembre de 2023, en mérito a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución y a lo dispuesto mediante Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 046-2023-MP-FN-JFS, de fecha 03 de julio de 2023, salvo que algún magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Artículo Décimo Primero.- Disponer que el nombramiento y designación de manera temporal del personal fi scal señalado en los artículos octavo y noveno, tengan vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 30 de septiembre de 2023, en mérito a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución, salvo que algún magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Artículo Décimo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Cañete, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano y a los fi scales mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese.LIZ PATRICIA BENAVIDES VARGAS Fiscal de la Nación 2200066-1 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Declaran la disolución de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Unidos Villa del Sol RESOLUCIÓN SBS N° 02492-2023 Lima, 25 de julio de 2023LA SUPERINTENDENTA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 30822 (en adelante, Ley COOPAC) que modi fi có la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N° 26702 (en adelante, Ley General) y otras normas concordantes, respecto de la regulación y supervisión de las cooperativas de ahorro y crédito no autorizadas a captar recursos del público (en adelante, COOPAC), vigente a partir del 01/01/20191; otorgó a esta Superintendencia facultades de supervisión y de regulación de las COOPAC; Que, en atención a las facultades otorgadas por la Ley COOPAC, esta Superintendencia emitió el Reglamento de Registro Nacional de Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público y de las Centrales (en adelante, Reglamento de Registro),