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28 NORMAS LEGALES Sábado 29 de julio de 2023 El Peruano / las leyes establecido en los artículos 107° a 109° de la Constitución Política del Perú1. Que, a través de Nota Informativa N° 009-2023-GRSM/ GGR-UFII, de fecha 14 de junio de 2023, El Coordinador de Integridad del Gobierno Regional San Martín, solicita opinión legal para aprobación de proyecto de ordenanza regional, cuyo contenido se complementó con la Nota Informativa N° 010-2023-GRSM/GGR-UFII, de fecha 19 de junio de 2023, con la cual remiten el Anexo “C” de la guía de adecuación normativa emitida por Secretaría de Integridad Pública – SIP de la Presidencia del Consejo de Ministros – PCM. Que, respecto a ello, mediante Informe Legal N° 252 - 2023- GRSM/ORAL, de fecha 20 de junio de 2023, el jefe de la O fi cina Regional de Asesoría Legal del Gobierno Regional San Martín, emite opinión favorable para la aprobación de la propuesta de Ordenanza Regional remitida por el Coordinador de Integridad del Gobierno Regional San Martín, así como la derogación en todos sus extremos de la Ordenanza Regional N° 006-2013-GRSM/CR, y Ordenanza Regional N° 018-2015-GRSM/CR; debiendo proseguirse con el trámite correspondiente, remitiéndose al Consejo Regional de San Martín para la emisión de la Ordenanza Regional de ser el caso. Que, posteriormente, mediante O fi cio N° 290-2023- GRSM/GGR, de fecha 21 de junio de 2023, la Gerencia General Regional del Gobierno Regional San Martín, remite a la Secretaría del Consejo Regional San Martín, el expediente sobre la aprobación de la Ordenanza Regional que crea la Comisión Regional Anticorrupción - CRA San Martín, por lo que se expide, a fi n de que se realice la respectiva evaluación y se prosiga con el trámite correspondiente, de conformidad a lo establecido en los artículos 15°, 18° y 38° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y el artículo 13 de la Ordenanza Regional N° 019-2022-GRSM/GR. Que, el literal a) del artículo 15º de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que son atribuciones del Consejo Regional aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; mientras que el literal a) del Artículo 45º de la misma Ley Orgánica establece que la función normativa y reguladora de los Gobiernos Regionales, se ejerce elaborando y aprobando normas de alcance regional; Que, el literal o) del artículo 21 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, establece que es atribución del Gobernador Regional promulgar Ordenanzas Regionales o hacer uso de su derecho a observarlas en el plazo de quince (15) días hábiles y ejecutar los acuerdos del Consejo Regional; Que, el artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia, en ese marco, resulta ser atribución y función del Consejo Regional de San Martín, la emisión de la Ordenanza Regional sobre la creación de la Comisión Regional Anticorrupción – CRA San Martín, a fi n de dar cumplimiento con lo dispuesto por la Ley N° 29976, Ley que crea la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 089-2013-PCM, modi fi cado por Decreto Supremo N° 169-2021-PCM; Que, de conformidad con lo establecido con el literal f) del artículo 24° del Reglamento de Consejo Regional “Convocar a las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias del Consejo Regional de acuerdo al reglamento”, concordante con el literal n) del artículo 14º del referido reglamento relacionado a los Derechos y Obligaciones de los Consejeros Regionales: “…Asistir a las Sesiones del Consejo Regional y de las comisiones a las que pertenecen con derecho a voz y voto a través de videoconferencia utilizando las tecnologías de información y comunicación (TIC) u otro medio idóneo para la realización de la mismas…”. Que, el Consejo Regional de San Martín, en sesión extraordinaria, llevada a cabo el día 07 de julio de 2023, desarrollada en las instalaciones del Auditorio de la Unidad de Gestión Educativa Local de la provincia de Mariscal Cáceres - Juanjui, y en uso de sus facultades conferidas en la Constitución Política de Estado, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias 975 479 164 • Directo: (01) 433-4773 suscripciones@editoraperu.com.peAv. Alfonso Ugarte N° 873 - Lima Central Telefónica: (01) 315-0400