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33 NORMAS LEGALES Martes 16 de abril de 2024 El Peruano / de la Universidad Nacional de Ingeniería, aprobado por Resolución Rectoral N°0645 del 26 de mayo de 2015. Mediante Informe N° 385-2023- UNI/SG/UGyT del 19 de diciembre de 2023, la Unidad de Grados y Títulos de la Secretaría General precisó que el diploma del Título Profesional de Ingeniero de Petróleo y Gas Natural del señor NESTOR ANTONIO ALEJANDRO PALACIOS CHUN, se encuentra contenido en el Registro N° 29443-G, Libro N° 20, Página 53, otorgado el 08 de abril de 2015. Con O fi cio N° 2039-I-SG-UNI/2023 del 19 de diciembre de 2023, la Secretaría General de la UNI remitió al Vicerrectorado Académico como parte de la Comisión Académica la solicitud presentado por el señor NESTOR ANTONIO ALEJANDRO PALACIOS CHUN en la cual solicitó que se expida el duplicado de su diploma de Título Profesional de Ingeniero de Petróleo y Gas Natural por pérdida de su diploma. La Comisión Académica en Sesión Presencial N° 40- 2023 del 29 de diciembre de 2023, acordó por unanimidad proponer al Consejo Universitario aprobar el expediente de duplicado de diploma de Título Profesional de Ingeniero de Petróleo y Gas Natural del señor NESTOR ANTONIO ALEJANDRO PALACIOS CHUN. Estando al Proveído N° 188/ACHN Rect. 24 del 09 de enero de 2024 del despacho del Rectorado, a lo aprobado por el Consejo Universitario en Sesión Ordinaria N° 01 del 24 de enero de 2024 y de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 25° del Estatuto de la Universidad Nacional de Ingeniería. SE RESUELVE:Artículo 1°.- Anular el diploma de Título Profesional de Ingeniero de Petróleo y Gas Natural contenido en el Registro N° 29443-G, Libro N° 20, Página 53, otorgado el 08 de abril de 2015, a favor del señor NESTOR ANTONIO ALEJANDRO PALACIOS CHUN. Artículo 2.- Otorgar el duplicado de diploma de Título Profesional de Ingeniero de Petróleo y Gas Natural en favor del señor NESTOR ANTONIO ALEJANDRO PALACIOS CHUN, en mérito a los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Rectoral. Regístrese, publíquese, comuníquese y archívese. PABLO ALFONSO LÓPEZ CHAU NAVA Rector SONIA ANAPAN ULLOA Secretaria General 2258545-1 Autorizan viaje de Rector de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa a Colombia, en comisión de servicios UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN AGUSTÍN DE AREQUIPA RESOLUCIÓN DE CONSEJO UNIVERSITARIO Nº 0163-2024 Arequipa, 15 de abril de 2024 VISTO el O fi cio N° 0221-2024-UNSA-R, del Rectorado de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa. CONSIDERANDO: Que, la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa, está constituida conforme a la Ley N° 30220, Ley Universitaria, se rige por su respectivo estatuto y reglamentos, y desarrolla sus actividades dentro de la autonomía de gobierno, académica, administrativa y económica, prevista en el artículo 18° de la Constitución Política de Estado. Que, el artículo 6° de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, establece lo siguiente: “La universidad tiene los siguientes fi nes: (…) 6.1 Preservar, acrecentar y transmitir de modo permanente la herencia cientí fi ca, tecnológico, cultural y artística de la humanidad, (…) 6.5 Realizar y promover la investigación cientí fi ca, tecnológica y humanística la creación intelectual y artística (…)”. Que, mediante O fi cio N° 0221-2024-UNSA-R, el señor Rector Dr. Hugo José Rojas Flores, comunicó que ha recibido la invitación de la Unión de Universidades de América Latina y el Caribe - UDUALC, de la cual, como Universidad somos miembros, para participar en la “C Reunión Ordinaria del Consejo Ejecutivo” a realizarse en la Universidad Nacional de Colombia, los días 18 y 19 de abril del presente, en la ciudad de Bogotá- Colombia; por lo que solicita autorización de viaje internacional, pago de pasajes, viáticos, y seguro viajero. Que, la Unión de Universidades de América Latina y el Caribe – UDUALC, es una organización de universidades e instituciones de educación superior conformada por más de 200 universidades a fi liadas en 22 países de América Latina, impulsando el mejoramiento de sus instituciones afi liadas, fomentando sus relaciones entre sí, y con organismos culturales, como el Consejo Interamericano Cultural de la Organización de Estados Americanos, entre otros, organismo no gubernamental, sin fi nes de lucro, reconocido por la UNESCO como órgano regional de asesoría y consulta. En esa línea, la participación del señor Rector en el citado evento, se encuentra enmarcada dentro de los fi nes que tiene la Universidad establecidos en los artículos 5°, 6° y 7° de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria; por lo tanto, contribuirá al desarrollo de la comunidad universitaria. Que, considerando que el objeto del viaje del señor Rector es de interés institucional, el Consejo Universitario en su sesión del 05 de abril de 2024, acordó autorizar el viaje internacional del Dr. Hugo Jose Rojas Flores, Rector de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa, para asistir a la “C REUNIÓN ORDINARIA DEL CONSEJO EJECUTIVO” de la Unión de Universidades de América Latina y el Caribe (UDUALC), que se realizará los días 18 y 19 de abril del presente año, en las instalaciones de la Universidad Nacional de Colombia en la ciudad de Bogotá-Colombia; a quien se le otorgará los pasajes aéreos, seguro de viaje y viáticos internacionales correspondientes, que deberán hacer llegar la Unidad de Abastecimiento y la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, respectivamente, conforme a la Directiva Asignación de Viáticos y Pasajes por Comisión de Servicios en la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa, aprobada mediante Resolución de Consejo Universitario N° 436-2018 del 08 de mayo del 2018, con su respectivo Plan Operativo Institucional - POI, y conforme lo determinen las o fi cinas correspondientes teniendo en cuenta la disponibilidad presupuestal. Que, atendiendo lo señalado en el párrafo precedente, la Unidad de Abastecimiento mediante O fi cio N° 0858- 2024-UA UNSA, de fecha 12 de abril de 2024, remite el monto de pasajes aéreos, seguro de viaje, viáticos e itinerario respectivos, según el numeral 8.2 sobre Escala de Viáticos al Exterior de la Directiva Asignación de Viáticos y Pasajes por Comisión de Servicios en la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa, aprobada por Resolución de Consejo Universitario N° 436-2018. Que, asimismo, la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización mediante su O fi cio N° 312-2024-OUPL-UNSA, re fi ere que, revisado el presupuesto Institucional, si se cuenta con disponibilidad presupuestal para atender lo solicitado en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, Genérica de Gasto 2.3 “Bienes y Servicios”, por el monto de S/ 10,595.46 (Diez Mil Quinientos Noventa y Cinco con 46/100 Soles). Por estas consideraciones, estando a lo acordado, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Universitaria Ley Nº 30220, al Consejo Universitario. SE RESUELVE: Primero.- Autorizar el viaje internacional del Dr. Hugo Jose Rojas Flores, Rector de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa, para asistir a la “C REUNION ORDINARIA DEL CONSEJO EJECUTIVO”, organizada por la Unión de Universidades de América Latina y el