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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE AGOSTO DEL AÑO 2024 (17/08/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 60

60 NORMAS LEGALES Sábado 17 de agosto de 2024 El Peruano / Regístrese, comuníquese y cúmplase. CIRO RONALD CASTILLO ROJO SALAS Gobernador HAROLD ANGULO CÁRDENAS Secretario del Consejo Regional 2315614-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Autorizan al alcalde a ausentarse del distrito ACUERDO DE CONCEJO Nº 073-2024- ACSS Santiago de Surco, 14 de agosto de 2024EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO POR CUANTOEl Concejo Municipal de Santiago de Surco, en sesión ordinaria de la fecha; VISTO: La Carta Nº 14-A-MSS de fecha 13.08.2024, a través del cual el señor Alcalde de Santiago de Surco, Carlos Bruce Montes de Oca; solicita se encargue el despacho de Alcaldía desde el sábado 17 al viernes 30 de agosto del 2024; así como la autorización para ausentarse del distrito; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, establece que las municipalidades distritales son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, que establece que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al orden jurídico; Que, a través de la Carta Nº 14-A-MSS de fecha 13.08.2024, el señor Alcalde de Santiago de Surco, Carlos Bruce Montes de Oca; solicita se encargue el despacho de Alcaldía desde el sábado 17 al viernes 30 de agosto del 2024 conforme a la sucesión establecida en el artículo 24º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; así como la autorización para ausentarse del distrito; debido a que hará uso de su descanso físico vacacional; Que, el artículo 24º de la precitada Ley, establece que en caso de ausencia del alcalde lo reemplaza el teniente alcalde que es el primer regidor hábil que sigue en su propia lista electoral; Que, de conformidad a lo previsto en el artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Pleno del Concejo Municipal luego del debate correspondiente y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, adoptó por UNANIMIDAD, el siguiente: ACUERDO: Artículo Primero.- AUTORIZAR al Alcalde CARLOS BRUCE MONTES DE OCA, ausentarse del distrito de Santiago de Surco, desde el sábado 17 al viernes 30 de agosto del 2024, por motivos estrictamente personales, vinculados con el ejercicio de su descanso físico vacacional. Artículo Segundo.- ENCARGAR el Despacho de Alcaldía, conforme a lo establecido en el artículo 24º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, por el período comprendido entre el 17 al 30 de agosto del año 2024. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicación de la presente Acuerdo, en el Diario O fi cial El Peruano, en el Portal Institucional de la Municipalidad (www.munisurco.gob.pe), y en el Portal de Transparencia Estándar (www.transparencia.gob.pe). POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase. CARLOS BRUCE MONTES DE OCA Alcalde 2315599-1 LINEAMIENTOS PARA SOLICITAR LA CORRECCIÓN DE ERRORES MATERIALES EN LA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES MEDIANTE FE DE ERRATAS 1.- Plazo: De acuerdo a Ley, la solicitud se debe presentar dentro de los ocho (8) días útiles siguientes a la fecha de publicación de la norma. Vencido el plazo, solo procederá publicar una norma recti fi catoria de rango equivalente o superior para corregir los errores materiales. 2.- Límite: Se permite publicar una sola fe de erratas por cada norma legal. Por lo tanto, antes de presentar la solicitud, se recomienda una revisión exhaustiva de la norma publicada para identi fi car todos los errores materiales que deben corregirse. 3.- Contenido: En el texto de la fe de erratas se debe señalar el tipo y número del dispositivo normativo a corregirse y la fecha de publicación en el Diario O fi cial El Peruano, asimismo se debe indicar de forma clara la parte incorrecta bajo el título “Dice” y proporcionar la versión corregida bajo el título “Debe Decir”. 4.- Canal: La solicitud se envía a través del PGA y se acompañan los archivos Word (archivo principal) y PDF (suscrito por la autoridad competente) con el texto de las correcciones. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES