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5 NORMAS LEGALES Miércoles 25 de diciembre de 2024 El Peruano / CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 100-2018- MEM/DM, publicada el 28 de marzo de 2018, se otorga a favor de ELECTRO ARAZA S.A.C. la concesión de fi nitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en las Centrales Hidroeléctricas Limacpunco, Ttio y Capiri, con una potencia instalada de 35, 80 y 80 MW, respectivamente, ubicadas en los distritos de Marcapata y Camanti, provincia de Quispicanchi, departamento de Cusco (en adelante, la CONCESIÓN). Asimismo, se aprueba el Contrato de Concesión N° 510-2017 (en adelante, el CONTRATO), en el cual se establece que la ejecución del proyecto se iniciaría el 6 de octubre de 2021 y la Puesta en Operación Comercial (en adelante, POC) sería a más tardar el 21 de diciembre de 2027; Que, mediante Resolución Ministerial N° 141-2024-MINEM/DM, de fecha 9 de abril de 2024, se cali fi có como fuerza mayor el evento invocado por ELECTRO ARAZA S.A.C. denominado: “Paralización de los trabajos del proyecto de titularidad de ATN 3 S.A.”; Que, mediante documento con Registro N° 3751939, de fecha 23 de mayo de 2024, ELECTRO ARAZA S.A.C. solicita la primera modi fi cación de la CONCESIÓN y del CONTRATO, a fi n de prorrogar la fecha del Inicio de Obras y de la POC, al 15 de mayo de 2025 y 3 de octubre de 2031, respectivamente, en base al evento de fuerza mayor cali fi cado como tal a través de la citada Resolución Ministerial N° 141-2024-MINEM/DM; Que, de conformidad con el último párrafo del artículo 25 del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, la aprobación de solicitudes de modi fi cación de concesiones o autorizaciones, cuando corresponda, están sujetas a la actualización de los requisitos y veri fi cación de las condiciones previstas en dicho artículo, y las normas de inversión privada correspondientes; Que, asimismo, de acuerdo con el artículo 37-A del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM, la modi fi cación de concesiones y/o autorizaciones están sujetas a la actualización de los requisitos de su otorgamiento establecidos en el artículo 25 de la Ley, cuando corresponda; Que, conforme a los Informes de Vistos, la Dirección General de Electricidad y la O fi cina General de Asesoría Jurídica, en el marco de sus competencias, han veri fi cado que la solicitud de ELECTRO ARAZA S.A.C. cumple con los requisitos establecidos en las normas sectoriales; por lo que corresponde aprobar la primera modi fi cación de la CONCESIÓN y del CONTRATO en los términos y condiciones que aparecen en la Minuta correspondiente, la misma que deberá ser elevada a Escritura Pública incorporando en esta el texto de la presente Resolución Ministerial, e inscrita en el Registro de Concesiones para la Explotación de Servicios Públicos del Registro de Propiedad Inmueble, según lo establecido en los artículos 7 y 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 009-93-EM; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas; el Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por con Supremo N° 009-93-EM; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado con Decreto Supremo N° 031-2007-EM, y sus modi fi catorias; y, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado con Decreto Supremo N° 038-2014-EM, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la primera modi fi cación de la concesión de fi nitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica que utilice recursos hídricos para el proyecto “Centrales Hidroeléctricas Limacpunco, Ttio y Capiri”, por las razones y fundamentos señalados en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Aprobar la primera modi fi cación al Contrato de Concesión N° 510-2017, solicitada por ELECTRO ARAZA S.A.C., en lo referido a modi fi car las Cláusulas Séptima, Décimo Segunda, Décimo Tercera y Décimo Cuarta, así como el numeral 3 del Anexo N° 2 y el Anexo N° 4, por las razones y fundamentos señalados en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Autorizar al Director General de Electricidad, a suscribir en representación del Estado, la primera modi fi cación al Contrato de Concesión N° 510- 2017 aprobada en el artículo que antecede y la Escritura Pública correspondiente, así como cualquiera minuta aclaratoria que se requiera para dichos efectos. Artículo 4.- Insertar el texto de la presente Resolución Ministerial en la Escritura Pública que origine la primera modi fi cación al Contrato de Concesión N° 510-2017 en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial por una (1) sola vez en el diario ofi cial “El Peruano” dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su expedición, por cuenta de ELECTRO ARAZA S.A.C. de acuerdo a lo previsto en el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE LUIS MONTERO CORNEJO Ministro de Energía y Minas 2355691-1 INTERIOR Autorizan viaje de personal de la Policía Nacional del Perú a Colombia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1869-2024-IN Lima, 24 de diciembre de 2024 VISTOS, el O fi cio Nº 2283-2024-COMOPPOL/ DIRASINT-DIVABI, de la División de Administración de Becas Internacionales de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú, y el Informe Nº 002307-2024-IN-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 002- 2024-JUS, el Estado peruano accedió a la solicitud de extradición activa de la ciudadana de nacionalidad venezolana WANDA DEL VALLE BERMÚDEZ VIERA de la República de Colombia, formulada por el Séptimo Juzgado de Investigación Preparatoria Permanente de San Juan de Lurigancho de la Corte Superior de Justicia de Lima Este, declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, para ser procesada por la presunta comisión del delito de conspiración y ofrecimiento para el delito de sicariato, en agravio de Víctor Alfredo Revoredo Farfán; Que, a través de los correos electrónicos con referencia Nº 20241700094061/EXTRADICIONES/JCH, de fechas 29 de noviembre y 11 de diciembre de 2024, la O fi cina Central Nacional INTERPOL – Bogotá informa a la O fi cina Central Nacional INTERPOL - Lima, que ha sido autorizada la entrega al Perú de la ciudadana de nacionalidad venezolana WANDA DEL VALLE BERMÚDEZ VIERA; asimismo, acepta la propuesta de programación para ejecutar la referida extradición, el 30 de diciembre de 2024; Que, con Informe Nº 716-2024-COMOPPOL PNP/ DIRASINT-PNP/OCN INTERPOL-L-DEPICJE, la Ofi cina Central Nacional INTERPOL - Lima, sustenta