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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE JUNIO DEL AÑO 2024 (22/06/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 12

12 NORMAS LEGALES Sábado 22 de junio de 2024 El Peruano / Ullo se evidencia la presencia de contextos funerarios y probablemente de arquitectura que cronológicamente están asociadas al Horizonte Medio. Finalmente, el signi fi cado que representa al ser un área arqueológica de gran importancia y valor en el distrito de Chupaca, radica en formar parte de la historia colectiva de la población tanto como espacio cultural, como hito histórico para la comunidad, valorado como patrimonio propio; Que, las partidas donde se encuentran inscritas a favor del Estado las áreas del bien inmueble prehispánico, con afectación en uso a favor del Ministerio de Cultura, corresponden ser acumuladas de acuerdo al artículo 66 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios a fi n de mantener la unidad del inmueble; asimismo, dicho bien al presentar condición cultural, se debe disponer la inscripción de carga de acuerdo al artículo 147 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios; Que, mediante el Informe N° 000339-2024-DGPA- VMPCIC/MC la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble, en uso de las facultades previstas por el numeral 59.2 del artículo 59 del ROF, esto es, la prerrogativa para identi fi car, inventariar y registrar los monumentos arqueológicos con fi nes de declaración y delimitación, emite opinión favorable para la modi fi catoria del artículo 1 de la Resolución Directoral Nacional Nº 1298/INC del 09 de noviembre de 2000, en extremo referido a la denominación, clasi fi cación y ubicación del bien integrante del patrimonio cultural Willka Ulo; Con los vistos de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble, de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Junín y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y modi fi catorias; el Convenio 169 de la OIT; la Ley N° 29785, Ley del Derecho a la Consulta Previa a los Pueblos Indígenas u Originarios; el Decreto Supremo N° 011- 2022-MC, que aprueba el Reglamento de Intervenciones Arqueológicas y el Decreto Supremo Nº 005-2013- MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi car el artículo 1 de la Resolución Directoral Nacional Nº 1298/INC en el extremo referido a la clasi fi cación y ubicación del bien integrante del patrimonio cultural Willka Ulo, debiendo precisar que su clasi fi cación corresponde a sitio arqueológico y su ubicación de acuerdo a los datos que se consignan en el siguiente cuadro: Departamento Junín Provincia Chupaca Nombre del Sitio ArqueológicoDistritoDatum WGS84 Zona 18 UTM Este UTM Norte WILLKA ULO Chupaca 468 080.8345 8 666 982.1018 Artículo 2.- Aprobar el expediente técnico, compuesto por plano perimétrico, memoria descriptiva y fi cha técnica del Sitio Arqueológico Willka Ulo, según los datos técnicos que se detallan a continuación: Nombre de Sitio ArqueológicoNúmero de plano en Datum WGS84 Área(m2) Área(ha)Perímetro (m) WILLKA ULOPP-005-MC_DGPA- DSFL-2022 WGS8429 564.50 2.9565 998.52 Artículo 3.- Encargar a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal inscribir la acumulación de las partidas Nº 11337005, Nº 11337006, Nº 11350359 y Nº 11350360 del Registro de Predios de la O fi cina Registral de Huancayo, Zona Registral Nº VIII-Sede Huancayo, por corresponder al Sitio Arqueológico Willka Ulo, según el expediente técnico aprobado en el artículo 2 de la presente resolución. Artículo 4.- Disponer la inscripción de carga de condición cultural sobre la partida producto de la acumulación en el Registro de Predios de la O fi cina Registral de Huancayo, Zona Registral Nº VIII-Sede Huancayo y realizar su actualización en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal - SINABIP. Artículo 5.- Disponer que cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros colindantes que pudiese afectar o alterar al Sitio Arqueológico Willka Ulo, debe contar con la aprobación previa del órgano competente del Ministerio de Cultura. Artículo 6.- Remitir copia certi fi cada de la presente resolución y el expediente técnico del Sitio Arqueológico Willka Ulo a la Municipalidad Provincial de Chupaca, al Gobierno Regional de Junín, al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales y a la Dirección Desconcentrada de Cultura de Junín para su conocimiento, promoción y protección del Patrimonio Cultural de la Nación y sea considerada dentro de los planes de ordenamiento territorial. Artículo 7.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial “El Peruano”. La presente resolución y sus anexos se publican en la sede digital del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura), el mismo día de la publicación de la resolución en el diario o fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARMEN INES VEGAS GUERRERO Despacho Viceministerial de PatrimonioCultural e Industrias Culturales 2300258-1 DEFENSA Designan Oficiales Adjuntos a la Delegación del Perú ante la JID, y para participar en la Maestría en Ciencias de Defensa y Seguridad Interamericana; y, posteriormente, desempeñarse como Asistentes en el Colegio Interamericano de Defensa (CID) en los EE.UU. RESOLUCIÓN SUPREMA N° 040-2024-DE Lima, 21 de junio de 2024 VISTOS: El O fi cio N° 088 SCGE/N-04 de la Secretaría de la Comandancia General del Ejército del Perú; y, el Informe Legal Nº 00829-2024-MINDEF/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Defensa. CONSIDERANDO: Que, la Junta Interamericana de Defensa (JID) es una entidad de la Organización de los Estados Americanos (OEA), que tiene la función de brindar asesoramiento técnico, consultivo y educativo a la propia OEA y a sus Estados Miembros, sobre temas relacionados con asuntos militares y de defensa para contribuir a la paz y seguridad en las Américas, siendo el Perú uno de los países miembros de la citada Organización Internacional; Que, el Consejo de Delegados es el órgano representativo superior de la Junta Interamericana de Defensa (JID), cuyas funciones principales son las de establecer las políticas y objetivos estratégicos de la JID, cumplir con otras tareas que le asigne la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos (OEA), la Reunión de Consulta o el Consejo Permanente de la OEA, así como informar anualmente a la Asamblea General de la OEA las actividades de la JID, estableciendo