TEXTO PAGINA: 7
7 NORMAS LEGALES Sábado 22 de junio de 2024 El Peruano / 2. Brindar al representante del SERNANP, las facilidades que estén a su alcance para la supervisión del Área de Conservación Privada. 3. Cumplir con su Ficha Técnica (Plan Maestro), la misma que tiene una vigencia de 5 años renovables. 4. Presentar al SERNANP un informe anual respecto al cumplimiento de los compromisos establecidos en la Ficha Técnica (Plan Maestro). 5. Comunicar por escrito al SERNANP en caso de: a) cambio de domicilio legal del propietario o del representante legal en un periodo máximo de un mes; b) cambio de representante legal y/o transferencia de propiedad (en un periodo máximo de tres (03) meses), de efectuada la operación, adjuntando la copia simple del contrato de compra venta, o testamento, adelanto de herencia, entre otros, así como los datos de los nuevos propietarios (nombre y apellido completo, DNI, dirección legal, correo electrónico, número telefónico o celular). 6. Cumplir con las demás obligaciones establecidas en la Ley N° 26834, Ley de Áreas Naturales Protegidas y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 038-2001-AG, así como los compromisos asumidos ante el SERNANP y demás normas que se emitan al respecto. Artículo 5.- Lo dispuesto en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial no implica la convalidación de algún derecho real alguno sobre el área reconocida, así como tampoco constituye medio de prueba para ningún trámite que pretenda la formalización de la propiedad ante la autoridad competente. Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio del Ambiente (www.gob.pe/minam), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN CARLOS CASTRO VARGAS Ministro del Ambiente 2300299-1 Designan Asesor de Despacho Ministerial del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 190-2024-MINAM Lima, 21 de junio de 2024 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el puesto de Asesor (a) de Despacho Ministerial del Ministerio del Ambiente, siendo necesario designar a la persona que ejerza las funciones inherentes al referido puesto; Con el visado de la O fi cina General de Recursos Humanos y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; y, la Resolución Ministerial N° 108-2023-MINAM, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a partir del 24 de junio de 2024, al señor Alex Guiliano Güimac Huamán, en el puesto de Asesor de Despacho Ministerial del Ministerio del Ambiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS CASTRO VARGAS Ministro del Ambiente 2300279-1COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Autorizan viaje de representante de PROMPERÚ para participar en evento a realizarse en EE.UU. RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 178-2024-MINCETUR Lima, 18 de junio 2024 VISTO, el O fi cio N° 000355-2024-PROMPERÚ/PE, de la Presidencia Ejecutiva de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ; y, CONSIDERANDO: Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ, es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones; Que, en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, del 23 al 25 de junio de 2024, se llevará a cabo la Feria Internacional “Summer Fancy Food Show 2024”, evento que constituye una plataforma comercial de alimentos Gourmet para el mercado estadounidense, congregando a visitantes relacionados a la industria de alimentos, distribuidores, inversionistas, entre otros; Que, la participación de PROMPERÚ en esta feria, tiene por fi nalidad promover la oferta exportable peruana de alimentos, dentro de la línea de productos procesados resaltando las propiedades nutricionales, sus atributos organolépticos, así como sus regiones de origen y la historia detrás de los productos; asimismo, permitirá recopilar información relacionada a tendencias de mercado para los productos procesados, para posterior difusión dentro de la base de exportadores; Que, al concluir la referida feria, el día 26 de junio del presenten año, se tiene previsto realizar una prospección a los centros de venta minoristas, con el objetivo de conocer los precios fi nales al consumidor, productos sustitutos o de competencia directa, entro otros; así como reuniones de coordinación con la O fi cina Comercial del Perú en el Exterior con sede en Nueva York - OCEX Nueva York, respecto a las acciones necesarias de actividades proyectadas en la cadena de alimentos; Que, es de interés institucional la participación del señor Marco Antonio Vilches Nieto, profesional de la Subdirección de Promoción Comercial de la Dirección de Promoción de las Exportaciones, en la Feria Internacional “Summer Fancy Food Show 2024”, para que, en representación de PROMPERÚ, realice las acciones de promoción de las exportaciones; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, dispone que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueban conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus modi fi catorias; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; y, la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 060-2019-PROMPERÚ/