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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE MARZO DEL AÑO 2024 (01/03/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 6

6 NORMAS LEGALES Viernes 1 de marzo de 2024 El Peruano / de formular, proponer, fomentar e implementar de manera coordinada, multisectorial y descentralizada los instrumentos técnicos – normativos para mejorar la calidad del ambiente; Que, de acuerdo a lo señalado en el numeral 1 del artículo 3 del Reglamento que desarrolla el Marco Institucional que rige el Proceso de Mejora de la Calidad Regulatoria y establece los Lineamientos Generales para la aplicación del Análisis de Impacto Regulatorio Ex Ante, aprobado por Decreto Supremo N° 063-2021-PCM, el Análisis de Impacto Regulatorio Ex Ante – AIR Ex Ante es defi nido como el proceso que permite el análisis previo, sistemático e integral para identi fi car, evaluar y medir los probables resultados, bene fi cios y costos de distintas alternativas de solución (regulatorias y no regulatorias) de un problema público, considerando la identi fi cación y el análisis de riesgos, con el fi n de adoptar la mejor alternativa de intervención en base a evidencia; Que, el proyecto de Reglamento de la Ley N° 31316, se encuentra sujeto al proceso de AIR Ex Ante, en tanto se encuentra en el supuesto establecido en el numeral 10.1 del artículo 10 del Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 063-2021-PCM, que indica que la entidad pública del Poder Ejecutivo tiene la obligación de realizar el AIR Ex Ante previo a la elaboración de disposiciones normativas de carácter general, cuando establezcan, incorporen o modi fi quen reglas, prohibiciones, limitaciones, obligaciones, condiciones, requisitos, responsabilidades o cualquier exigencia que genere o implique variación de costos en su cumplimiento por parte de las empresas, ciudadanos o sociedad civil que limite el otorgamiento o reconocimiento de derechos para el óptimo desarrollo de actividades económicas y sociales que contribuyan al desarrollo integral, sostenible, y al bienestar social; Que, bajo ese contexto, mediante el Informe Nº 00014-2024-MINAM/VMGA/DGCA y el Memorando N° 00328-2024-MINAM/VMGA/DGCA, la Dirección General de Calidad Ambiental propone la publicación del proyecto de Reglamento de la Ley N° 31316, Ley que regula la prevención y control de la contaminación lumínica con sus Anexos; así como el proyecto de Decreto Supremo que lo aprueba y la Exposición de Motivos; a fi n de ser puestos en conocimiento del público para recibir las opiniones y sugerencias de los interesados; Con el visado del Viceministerio de Gestión Ambiental, de la Dirección General de Calidad Ambiental y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 28611, Ley General del Ambiente; el Decreto Legislativo N° 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización, y Funciones del Ministerio del Ambiente; la Ley N° 31316, Ley de prevención y control de la contaminación lumínica; el Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM, que aprueba el Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales; y, la Resolución Ministerial N° 108-2023-MINAM, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; SE RESUELVE:Artículo 1.- Disponer la publicación del proyecto de Reglamento de la Ley N° 31316 Ley que regula la prevención y control de la contaminación lumínica con sus Anexos; así como el proyecto de Decreto Supremo que lo aprueba y la Exposición de Motivos. Dicha publicación se realiza en la sede digital del Ministerio del Ambiente (www.gob.pe/1024-consultas-publicas-de-proyectos-normativos-minam), para recibir opiniones y/o sugerencias de los interesados, por un plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 2. – Las opiniones y/o sugerencias sobre el proyecto señalado en el artículo precedente, deben ser remitidas por escrito al Ministerio del Ambiente, sito en la Avenida Antonio Miroquesada N° 425, cuarto piso, distrito de Magdalena del Mar, Lima o a la dirección electrónica a la ecaylmp@minam.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN CARLOS CASTRO VARGAS Ministro del Ambiente 2266268-1 CUL TURA Autorizan viaje de Presidenta Ejecutiva y Gerente General del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP a España, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 000081-2024-MC San Borja, 28 de febrero del 2024VISTOS: el O fi cio N° 000029-2024-IRTP-GG de la Gerencia General del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú; el Informe N° 000296-2024-OGAJ-SG/MC de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, por la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modi fi catoria, se crea el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, estableciéndose las áreas programáticas de acción sobre las cuales ejerce sus competencias y atribuciones para el logro de los objetivos y metas del Estado; Que, el Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP es un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Cultura mediante el Decreto Supremo N° 061-2016-PCM, cuyo objetivo es llegar a toda la población nacional, a través de los medios de radiodifusión sonora y por televisión a su cargo, con programas educativos, culturales, informativos y de esparcimiento; Que, mediante la Carta S/N de fecha 20 de febrero de 2024, el señor Javier Oliver Moll, presidente de TYRIS TV S.L. cursa invitación a la señora Ninoska Rosario Chandia Roque, Presidenta Ejecutiva del IRTP, al evento INCOM, foro nacional sobre tecnologías de streaming, que se llevará a cabo del 05 al 08 de marzo de 2024, en la ciudad de Valencia, Reino de España; con la fi nalidad de participar y presidir la apertura del mismo; Que, asimismo, a través de la Carta S/N de fecha 20 de febrero de 2024, el presidente de TYRIS TV S.L. cursa invitación al señor Luis Francisco Vivanco Aldon, Gerente General del IRTP, al precitado evento, con la fi nalidad de contar con su presencia y participar en una mesa de debate sobre los retos de la televisión iberoamericana en tecnologías de streaming; Que, a través del O fi cio N° 000029-2024-IRTP-GG, la Gerencia General del IRTP remite, entre otros, el Informe N° 000053-2024-IRTP-OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica, donde se sustenta el interés institucional del referido viaje, señalando que la participación de la Presidenta Ejecutiva y del Gerente General del IRTP en el precitado evento permitirá poner en relevancia la labor del IRTP en la radio y televisión como responsables de las señales de radiodifusión del Estado peruano; así como, articular e fi cazmente los vínculos internacionales que decantan en la apertura de grandes posibilidades de mejora de sus productos, y permitirá conocer las nuevas tecnologías, tendencias y posibilidades en medios audiovisuales y de radiodifusión, basados en experiencias de primer nivel desarrollando soluciones de alto rendimiento, lo cual permitirá la difusión a nivel nacional e internacional de las señales de radio y televisión del IRTP en el ámbito digital; Que, por las consideraciones expuestas, atendiendo a la temática del evento en mención y los fi nes antes