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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE MARZO DEL AÑO 2024 (01/03/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 11

11 NORMAS LEGALES Viernes 1 de marzo de 2024 El Peruano / para realizar transferencias fi nancieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego así como del jefe de la o fi cina de administración y del jefe de la ofi cina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego; Que, asimismo, el citado artículo precisa que, las transferencias fi nancieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad y que ésta se publica en el Diario O fi cial El Peruano; Que, a través del OFICIO Nº 001262-2023-CG/ GRECE de fecha 18 de diciembre de 2023, el Gerente de Recursos Estratégicos de la Contraloría General de la República solicita al SENASA que se realice la transferencia fi nanciera de la retribución económica por el periodo 2024 para la contratación y pago de la sociedad de auditoría que, previo concurso público de méritos, sea designada para realizar la auditoría fi nanciera gubernamental del referido periodo; asimismo, indica que se debe efectuar el pago por concepto de designación de auditoría fi nanciera; Que, con el INFORME-D000011-2024-MIDAGRI- SENASA-OPDI-UPP, el Director de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto concluye que se cuenta con disponibilidad presupuestal para efectuar la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República, con cargo al presupuesto institucional del Pliego 160: Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, Unidad Ejecutora 001: Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, por la suma de S/ 122,342.00 (ciento veintidós mil trescientos cuarenta y dos con 00/100 soles), con el propósito de fi nanciar la retribución económica a favor de la sociedad auditora por la auditoría fi nanciera correspondiente al periodo 2024; asimismo, recomienda autorizar la mencionada transferencia; Que, mediante el INFORME-000009-2024-MIDAGRI- SENASA-OPDI, la Directora General (e) de la O fi cina de Plani fi cación y Desarrollo Institucional mani fi esta su conformidad con el informe referido en el considerando precedente; Que, el literal k) del artículo 12 del Reglamento de Organización y Funciones del SENASA aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2005-AG, modi fi cado por el artículo 4 del Decreto Supremo Nº 027-2008-AG, establece que el Jefe del SENASA es la máxima autoridad, ejerciendo funciones ejecutivas y administrativas en su calidad de funcionario de mayor jerarquía de la entidad, teniendo entre sus funciones el emitir Resoluciones Jefaturales en asuntos de su competencia; De conformidad con la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modi fi cado por la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, el Decreto Supremo Nº 008-2005-AG y modi fi catoria; y con las visaciones del Director General de la O fi cina de Administración, de la Directora General (e) de la O fi cina de Plani fi cación y Desarrollo Institucional y de la Directora General de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1.- AUTORIZAR la transferencia fi nanciera del Pliego 160: Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, Unidad Ejecutora 001: Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, hasta por la suma de S/ 122,342.00 (ciento veintidós mil trescientos cuarenta y dos con 00/100 soles) a favor del Pliego 019: Contraloría General, Unidad Ejecutora 001: Contraloría General, para fi nanciar la transferencia de la retribución económica (incluye el impuesto general a las ventas), destinada a la contratación y pago de la sociedad de auditoría externa que realizará la auditoría fi nanciera de la institución correspondiente al periodo 2024. Artículo 2.- DISPONER que la transferencia fi nanciera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Jefatural se atenderá con cargo al presupuesto institucional 2024 del Pliego 160: Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, Unidad Ejecutora 001: Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, en la Categoría Presupuestal 9001: Acciones Centrales, Actividad 5000003: Gestión Administrativa, Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias, Sub-genérica de Gasto 2.4.1: Donaciones y Transferencias Corrientes, Especí fi ca de Gasto 2.4.1.3.1.1: A Otras Unidades de Gobierno Nacional, Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios. Artículo 3.- PRECISAR que los recursos de la transferencia fi nanciera autorizada por el artículo 1 del presente acto resolutivo no podrán ser destinados a fi nes distintos para los cuales son transferidos, bajo responsabilidad. Artículo 4.- DISPONER que el Director General de la Ofi cina de Administración del Servicio Nacional de Sanidad Agraria, en el ámbito de su competencia, es responsable del seguimiento y cumplimiento de los fi nes para los cuales se realiza la presente transferencia fi nanciera; por consiguiente, efectuará las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Jefatural. Artículo 5.- DISPONER la publicación del presente acto resolutivo en el portal institucional del Servicio Nacional de Sanidad Agraria (www.gob.pe/senasa), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.JANIOS MIGUEL QUEVEDO VALLE Jefe del Servicio Nacional de Sanidad AgrariaJefatura Nacional 2265849-1 DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL Aprueban el Programa Multianual de Inversiones - PMI correspondiente al periodo 2025-2027 del Sector Desarrollo e Inclusión Social RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° D000036-2024-MIDIS San Isidro, 27 de febrero del 2024VISTOS: El Informe de Trabajo N° D000019-2024-MIDIS- OPI-JRG emitido por la Responsable de la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones del Sector Desarrollo e Inclusión Social; el Informe N° D000072-2024-MIDIS-OGPPM emitido por la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y el Informe N° D000081-2024-MIDIS-OGAJ emitido por la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29792 se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; estableciéndose que cuenta con personería jurídica de derecho público y que constituye pliego presupuestal; Que, mediante Decreto Supremo N° 242-2018-EF se aprueba el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones (en adelante, el TUO); Que, el artículo 1 del TUO crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones como sistema administrativo del Estado, con la fi nalidad