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90 NORMAS LEGALES Miércoles 16 de octubre de 2024 El Peruano / Artículo 13º.- REQUISITOS PARA OBTENER LA AUTORIZACIÓN 13.1 Para obtener la Autorización para la realización de Espectáculos Públicos deportivos y no deportivos, el administrado deberá presentar, en mesa de partes, los siguientes documentos: a) Solicitud con carácter de Declaración Jurada, que incluye los siguientes datos: Número de RUC y DNI o Carné de Extranjería del solicitante, tratándose de personas jurídicas o naturales, según corresponda. Número del DNI o Carné de Extranjería del representante legal, en caso de persona jurídica u otros entes colectivos, o tratándose de personas naturales que actúe mediante representación. b) En el caso de personas jurídicas u otros entes colectivos, Declaración Jurada del representante legal o apoderado señalando que su poder se encuentra vigente, consignando el número de Partida Electrónica y asiento de inscripción SUNARP. Tratándose de representación de personas naturales, adjuntar carta poder simple fi rmada por el poderdante indicando su número de documento de identidad. c) En caso de Espectáculos con afl uencia menor o igual a 3,000 personas, indicar el número de la Resolución de ECSE procedente, emitido por la Municipalidad Distrital de Lurín. d) En caso de Espectáculos con afl uencia mayor a 3,000 personas, adjuntar copia simple de la Resolución de ECSE procedente, emitida por la Municipalidad Metropolitana de Lima. e) Copia de la Licencia de Funcionamiento del establecimiento donde se realizará el Espectáculo Público Deportivo o No Deportivo; cuando corresponda a un recinto cerrado. f) Pago por derecho de trámite según TUPA vigente, indicar fecha y número de constancia de pago. 13.2 Tratándose de Espectáculos Públicos deportivos y no deportivos a realizarse en vía pública en áreas no confi nadas, no es exigible los requisitos señalados en los literales c), d) y e) del numeral del presente artículo. 13.3 Si el espectáculo incluye productos pirotécnicos, se deberá contar con Autorización de SUCAMEC 13.4 Con posterioridad al otorgamiento de la autorización y previo a la realización del evento y/o espectáculo se deberá presentar ante la Municipalidad la copia fedateada del contrato de seguro que cubra accidentes personales, muerte o invalidez temporal. CAPÍTULO V PROCEDIMIENTO PARA LA OBTENCIÓN DE LA AUTORIZACIÓN MUNICIPAL PARA EVENTOS DEPORTIVOS Y/O NO DEPORTIVOS Artículo 14º.- PROCEDIMIENTO PARA ATENDER SOLICITUDES DE AUTORIZACIÓN 14.1 Presentada la solicitud, cumpliendo con los requisitos señalados en el artículo 13º de la presente Ordenanza, será remitida, en el día, a la Subgerencia de Comercialización y Promoción Empresarial, para qué dentro del plazo de dos (02) días hábiles , realice los siguientes actos: a) Revisar la documentación adjunta en el expediente y verifi car si se cumplen con las condiciones para el otorgamiento de la Autorización. b) Tratándose de Espectáculos públicos deportivos o no deportivos a realizarse en áreas confinadas, constatará la Resolución de ECSE procedente emitida por la Subgerencia de Gestión del Riesgo de Desastres. c) En caso de encontrarse conforme, emitirá la Resolución de Autorización para la realización del espectáculo público deportivo y no deportivo solicitado.d) Notifi car la Autorización para la realización del espectáculo público deportivo o no deportivo al administrado. 14.2 De formularse observaciones, se notifi can las mismas al administrado, para que las subsane dentro de un plazo de cinco (05) días hábiles , suspendiéndose el plazo del procedimiento administrativo, el cual se reanuda con la presentación de la subsanación respectiva. De no subsanar de forma satisfactoria las observaciones, se declarará la improcedencia de lo solicitado. 14.3 Transcurrido el plazo del procedimiento administrativo sin que la Municipalidad notifi que el pronunciamiento correspondiente, se aplica el silencio administrativo positivo, entendiéndose por aprobada la solicitud de autorización. Sin perjuicio de ello, la Municipalidad realizará la fi scalización posterior de documentos, declaraciones e información presentados por el administrado, así como del cumplimiento de las condiciones de seguridad. Artículo 15º.- ACCIONES POSTERIORES A LA ATENCIÓN DE SOLICITUDES DE AUTORIZACIÓN Aprobada o no la solicitud de autorización para la realización del Espectáculo público deportivo y no deportivo, y previo a la fecha indicada para la realización del mismo, se dará parte a la Subgerencia de Fiscalización Administrativa, para la verifi cación del cumplimiento de las normas municipales aplicables. TÍTULO II DISPOSICIONES FINALES Y COMPLEMENTARIAS Primera.- Todo lo no considerado y que no se contraponga a la presente Ordenanza, se regirá, de manera supletoria, por las normas legales vigentes sobre la materia. Segunda.- FACULTAR al señor Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía establezca las disposiciones complementarias que resulten necesarias para la aplicación de la presente Ordenanza. Tercera.- APROBAR, el formato: “Solicitud para Autorización de Eventos Públicos Deportivos y No Deportivos de Carácter Temporal o Eventual”, el mismo que, como anexo, forma parte integrante de la presente Ordenanza que regula los Procedimientos para el Otorgamiento de Autorizaciones para Eventos y/o Espectáculos Públicos deportivos y no deportivos en el distrito de Lurín. Cuarta.- DEROGAR, toda norma municipal de igual o inferior jerarquía que se oponga a la presente ordenanza. Quinta.- ENCARGAR, a la Gerencia de Desarrollo Económico, a la Subgerencia de Comercialización y Promoción Empresarial y a la Subgerencia de Gestión del Riesgo de Desastres, disponer las acciones pertinentes para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza; y, a la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, realizar las acciones pertinentes para incluir estos procedimientos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad Distrital de Lurín. Sexta.- ENCOMENDAR, a la Ofi cina General de Atención al Ciudadano y Municipal, la publicación de la presente Ordenanza, en el Diario Ofi cial “El Peruano”; y, a la Ofi cina de Tecnologías de la Información y Sistemas, su publicación en el Portal de Transparencia de la Municipalidad Distrital de Lurín. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.JUAN RAÚL MARTICORENA PÉREZ Alcalde