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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE AGOSTO DEL AÑO 2025 (24/08/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 10

10 NORMAS LEGALES Domingo 24 de agosto de 2025 El Peruano / tripulación, participe en la Fase III del Ejercicio Multinacional BRACOLPER NAVAL 2025 y en las actividades conmemorativas por el 203º Aniversario de la Independencia de la República Federativa de Brasil, a realizarse en la ciudad de Manaos, República Federativa de Brasil; Que, con O fi cio Nº 2584/51, la Marina de Guerra del Perú comunica la designación de la Unidad Fluvial B.A.P. “CASTILLA” (CF-16), como unidad titular, y de la Unidad Fluvial B.A.P. “MARAÑÓN” (CF-13), como unidad suplente, con su respectiva dotación, para participar en la Ejecución de la Fase III del Ejercicio Multinacional BRACOLPER NAVAL 2025 y en las actividades protocolares con ocasión del 203º Aniversario de la Independencia de la República Federativa de Brasil, a realizarse en la ciudad de Manaos, República Federativa de Brasil, del 5 al 9 de setiembre de 2025; Que, con O fi cio Nº 6996/51, la Marina de Guerra del Perú solicita al Ministerio de Defensa autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal naval (Anexo A) a bordo de la Unidad Fluvial B.A.P. “CASTILLA” (CF-16), como unidad titular, y de la Unidad Fluvial B.A.P. “MARAÑÓN” (CF-13), como unidad suplente, para participar en la Ejecución de la Fase III del Ejercicio Multinacional BRACOLPER NAVAL 2025 y en las actividades protocolares con ocasión del 203º Aniversario de la Independencia de la República Federativa de Brasil, a realizarse en la ciudad de Manaos, República Federativa de Brasil, del 5 al 9 de setiembre de 2025; siendo que, de acuerdo con el itinerario previsto (Anexo B) deberán zarpar del Puerto de Iquitos, República del Perú el 25 de agosto de 2025, con escala en los Puertos de Santa Rosa, República del Perú y Tabatinga, República Federativa de Brasil, arribando al Puerto de Manaos, República Federativa de Brasil, el 5 de setiembre de 2025, así como el zarpe de retorno del citado puerto el 9 de setiembre de 2025, con escalas en los Puertos de Tabatinga, República Federativa de Brasil y de Santa Rosa, República del Perú, arribando al Puerto de Iquitos, República del Perú el 25 de setiembre de 2025, con permanencia en puerto extranjero por un período de cinco (5) días; Que, a través del citado documento, la Institución Armada remite el Informe Legal Nº 037- 2025, la Hoja de Gastos Nº 179-2025, la Hoja de Disponibilidad Presupuestaria Nº 178-2025, así como la Certi fi cación de Crédito Presupuestario Nº 0000000001, que garantiza el fi nanciamiento correspondiente; Que, mediante la Exposición de Motivos, la Institución Armada señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el presente viaje al exterior, en comisión de servicio, por cuanto permitirá al personal designado incrementar sus conocimientos profesionales a fi n de trasmitirlos al resto de las unidades fl uviales, logrando un efecto multiplicador en provecho de las dotaciones de toda la Flotilla Fluvial de la Amazonía. Asimismo, permitirá incrementar la seguridad cooperativa de las Armadas participantes en la lucha contra los ilícitos fronterizos, contribuyendo a las acciones dispuestas en los aspectos institucionales de soberanía e integridad territorial y en apoyo a la política exterior, lo cual redundará en bene fi cio de la Seguridad Nacional, dentro del ámbito de competencia de la Marina de Guerra del Perú; Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por compensación extraordinaria por servicio en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero será reducido en la misma cantidad que la boni fi cación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1132, Decreto Legislativo que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú; Que, asimismo, el numeral 2.2 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF establece que, en el caso que la comisión de servicios se realice a bordo de unidades navales de super fi cie o submarinas, el monto de la compensación extraordinaria por servicios en el extranjero será calculado teniendo en cuenta cada día de estadía en puerto extranjero y según los porcentajes del monto de la compensación extraordinaria determinada conforme al artículo precedente y que se señala en el Anexo 4 del citado decreto supremo; Que, mediante el O fi cio Nº 01928-2025-MINDEF/ VPD-DIGRIN e Informe Técnico Nº 385-2025- MINDEF/VPD-DIGRIN-HMC, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la autorización de viaje al exterior referida en los considerandos precedentes; Que, mediante el Informe Legal Nº 01665-2025-MINDEF/SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable emitir la Resolución Ministerial que autorice el citado viaje al exterior, en comisión de servicio, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; y, el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior. SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal naval a bordo de la Unidad Fluvial B.A.P. “CASTILLA” (CF-16), como unidad titular, y de la Unidad Fluvial B.A.P. “MARAÑÓN” (CF-13), como unidad suplente, que se detalla en la relación nominal del Anexo A que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, para participar en la Ejecución de la Fase III del Ejercicio Multinacional BRACOLPER NAVAL 2025 y en las actividades protocolares con ocasión de del 203º Aniversario de la Independencia de la República Federativa de Brasil, a realizarse en la ciudad de Manaos, República Federativa de Brasil, del 5 al 9 de setiembre de 2025; siendo que, de acuerdo al itinerario que se detalla en el Anexo B, el cual forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, deberán zarpar del Puerto de Iquitos, República del Perú, el 25 de agosto de 2025, con escala en los Puertos de Santa Rosa, República del Perú, y de Tabatinga, República Federativa de Brasil, arribando al Puerto de Manaos, República Federativa de Brasil, el 5 de setiembre de 2025, así como el zarpe de retorno del citado puerto el 9 de setiembre de 2025, con escalas en los Puertos de Tabatinga, República Federativa de Brasil y de Santa Rosa, República del Perú, arribando al Puerto de Iquitos, República del Perú, el 25 de setiembre de 2025, con permanencia en puerto extranjero por un período de cinco (5) días. Artículo 2.- La Marina de Guerra del Perú efectuará los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2025, de acuerdo a los siguientes conceptos: Asignación Especial por Estadía en Puerto Extranjero - B.A.P. “CASTILLA” (CF-16) como unidad titularPuerto de Manaos (República Federativa de Brasil)US$ 87.81 x 3 Oficiales Superiores x 5 días US$ 1,317.15Puerto de Manaos (República Federativa de Brasil)US$ 73.17 x 10 Oficiales Subalternos x 5 días US$ 3,658.50Puerto de Manaos (República Federativa de Brasil)US$ 69.67 x 51 Personal Subalterno x 5 días US$ 17,765.85Puerto de Manaos (República Federativa de Brasil)US$ 43.90 x 3 Personal de Marinería x 5 días US$ 658.50 Total a pagar: US$ 23,400.00