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19 NORMAS LEGALES Domingo 24 de agosto de 2025 El Peruano / DIPLAN-MCS-MINSA de la Dirección de Plani fi cación del Personal de la Salud, el Memorándum N° D001477-2025-DIGEP-MINSA de la Dirección General de Personal de la Salud y el Informe N° D000783-2025-OGAJ-MINSA de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, el numeral 7) del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1161, que aprueba la Ley de Organización y funciones del Ministerio de Salud, establece que es ámbito de competencia del Ministerio de Salud los Recursos Humanos en Salud; asimismo, el literal h) del artículo 5 del citado Decreto Legislativo, modi fi cado por el Decreto Legislativo N° 1504, establece que es función rectora del Ministerio de Salud, el dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas nacionales y sectoriales de salud, la gestión de los recursos del sector, así como el otorgamiento y reconocimiento de derechos, fi scalización, sanción y ejecución coactiva en las materias de su competencia; Que, el artículo 1 de la Ley Nº 23330, Ley del Servicio Rural y Urbano Marginal de Salud - SERUMS, establece que el SERUMS será prestado por los profesionales de las ciencias de la salud que obtengan su título a partir de la vigencia de la citada Ley, siendo este servicio requisito indispensable para ocupar cargos en entidades públicas, ingresar a los programas de segunda especialización profesional y recibir del Estado beca u otra ayuda equivalente para estudios o perfeccionamiento; Que, el artículo 114 y literal k) del artículo 115 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2017-SA y modi fi catorias, establece que la Dirección General de Personal de la Salud es un órgano de línea que depende del Despacho Viceministerial de Prestaciones y Aseguramiento en Salud, competente para proponer y monitorear la plani fi cación, gestión y desarrollo del personal de la salud a nivel sectorial; y tiene entre sus funciones, conducir el desarrollo del Servicio Rural y Urbano Marginal de Salud, así como realizar su seguimiento y monitoreo; Que, el artículo 39 del Reglamento de la Ley N° 23330, Servicio Rural y Urbano Marginal de Salud - SERUMS, aprobado por Decreto Supremo N° 005-97-SA y modi fi catorias, dispone que el inicio de la prestación del SERUMS será el 1 de mayo para el primer proceso y el 1 de octubre para el segundo proceso de cada año, teniendo la duración máxima de doce (12) meses calendario. Asimismo, dicho dispositivo establece que el Ministerio de Salud, mediante Resolución Ministerial, puede modi fi car la fecha de inicio y término de la prestación del SERUMS; Que, mediante el Informe N° D000019-2025-DIGEP- DIPLAN-MCS-MINSA de la Dirección de Plani fi cación del Personal de la Salud y el Memorándum N° D001477-2025-DIGEP-MINSA de la Dirección General de Personal de la Salud, se justi fi ca la necesidad de establecer la fecha de inicio y término del proceso SERUMS 2025-II, para las modalidades remunerado y equivalente; Con el visado de la Dirección General de Personal de la Salud, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, de la Secretaría General y del Viceministerio de Prestaciones y Aseguramiento en Salud, y; De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 1161 y modi fi catorias, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; el Decreto Supremo Nº 008-2017-SA y modi fi catorias, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, y el Decreto Supremo Nº 005-97-SA, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 23330, Ley del Servicio Rural y Urbano Marginal de Salud-SERUMS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Disponer como fecha de inicio del SERUMS 2025-II, para los profesionales de la salud que adjudiquen una plaza remunerada, el 01 de octubre de 2025, y como fecha de término el 30 de setiembre de 2026. Para los profesionales de la salud que adjudican una plaza equivalente, la fecha de inicio es el 10 de octubre de 2025 y la fecha de término el 30 de setiembre de 2026. Artículo 2.- Encargar a la O fi cina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Salud (www.gob.pe/minsa), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR HENRY VÁSQUEZ SÁNCHEZ Ministro de Salud 2431144-1 Designan Asesor de la Coordinación General del Programa Nacional de Inversiones en Salud RESOLUCIÓN DE COORDINACIÓN GENERAL Nº 074-2025- PRONIS-CG Lima, 22 de agosto de 2025VISTOS: El expediente N° ADM17540-2025, que contiene el Memorando N° 907-2025-MINSA/PRONIS-CG de fecha 20 de agosto de 2025 de la Coordinación General, el Informe Técnico N° 16-2025-MINSA/PRONIS-UAF-SURH de fecha 20 de agosto de 2025 de la Sub Unidad de Recursos Humanos, el Proveído N° 2556-2025-MINSA/PRONIS-UAF de fecha 20 de agosto de 2025 de la Unidad de Administración y Finanzas, el Memorando N° 675-2025-MINSA-PRONIS/UPPM de fecha 20 de agosto de 2025 de la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 3 de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, señala que la designación de funcionarios en cargo de con fi anza distintos a los comprendidos en el artículo 1° de dicha Ley se efectúa mediante Resolución Ministerial o del Titular de la Entidad correspondiente; Que, el artículo 6 de la mencionada Ley dispone que todas las Resoluciones de designación o nombramiento de funcionarios en cargos de con fi anza surten efecto a partir del día de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”, salvo disposición en contrario de la misma que postergue su vigencia; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 237-2019/ MINSA del 12 de marzo de 2019 se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) del Programa Nacional de Inversiones en Salud – PRONIS; asimismo, a través de la Resolución de Coordinación General N° 63-2020-PRONIS-CG del 15 de julio de 2020 y la Resolución de la Sub Unidad de Recursos Humanos N° 01-2022-PRONIS del 26 de enero de 2022, se aprobó el reordenamiento de cargos del citado Cuadro para Asignación de Personal Provisional, el cual establece que el cargo de Asesor/a de la Coordinación General del Programa Nacional de Inversiones en Salud, es considerado de con fi anza; Que, mediante Memorando N° 907-2025-MINSA/ PRONIS-CG la Coordinación General remite la propuesta de designar al señor JOSÉ LUIS RODRIGUEZ ZAMBRANO en el cargo de con fi anza de Asesor de la Coordinación General del Programa Nacional de Inversiones en Salud; Que, de conformidad al Informe Técnico N° 16-2025-MINSA/PRONIS-UAF-SURH de la Sub Unidad de Recursos Humanos y el Proveído N° 2556-2025-MINSA/PRONIS-UAF de la Unidad de Administración y Finanzas, se concluye que el señor JOSÉ LUIS RODRIGUEZ ZAMBRANO cumple con los requisitos mínimos establecidos para ser designado como Asesor de la Coordinación General del Programa Nacional