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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE ENERO DEL AÑO 2025 (20/01/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 2

2 NORMAS LEGALES Lunes 20 de enero de 2025 El Peruano / SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Res. SBS N° 00126-2025.- Fijan montos de contribuciones de las instituciones o personas sujetas al control de la SBS, distintas a las empresas del sistema financiero, empresas de seguros y de reaseguros y empresas de seguros de vida, para el año 2025 16Res. SBS N° 00162-2025.- Declaran la disolución de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Coopevision Cusco y su exclusión del Registro Nacional de Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público 16 Res. SBS N° 00163-2025.- Declaran la disolución de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Acción para el Desarrollo y Emprendimiento Ltda ADECOOP y su exclusión del Registro Nacional de Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público 19 Res. SBS N° 00164-2025.- Declaran la disolución de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Crecer Perú y su exclusión del Registro Nacional de Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público 21 PODER EJECUTIVO DEFENSA Autorizan viaje de oficial de la Marina de Guerra del Perú a Panamá, en misión de estudios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 00050-2025-DE Lima, 17 de enero del 2025VISTOS:El O fi cio Nº 0237/52 de la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú; el O fi cio Nº 00170-2025-MINDEF/VPD del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; y, el Informe Legal Nº 00092-2025-MINDEF/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO:Que, mediante Nota Nº 3017-2024/SENAN/SEGE/ OFASIN el Director General del Servicio Nacional Aeronaval de Panamá comunica al Comandante General de la Marina de Guerra del Perú que, en el marco de las relaciones bilaterales que mantienen ambos países, hace extensiva la invitación para que dos (2) O fi ciales de la Fuerza de Aviación Naval participen en el “Curso de Formación de Piloto Aviador”, del 1 de febrero de 2025 al 1 de febrero de 2026 y en la “Pasantía y Curso de Ala Fija”, del 1 de mayo al 31 de agosto de 2025; Que, con O fi cio Nº 832/42 el Comandante General de la Marina de Guerra del Perú informa al Director General del Servicio Nacional Aeronaval de Panamá - SENAN que, luego de la evaluación efectuada por la Comandancia General de Operaciones del Pací fi co en coordinación con la Dirección General de Educación de la Marina y la Comandancia de la Fuerza de Aviación Naval se ha designado al Alférez de Fragata Gonzalo ZUÑIGA ARTETA para que participe en el Curso de Formación de Piloto Aviador, a llevarse a cabo en la ciudad de Panamá, República de Panamá, del 1 de febrero de 2025 al 1 de febrero de 2026; Que, a través del Informe Legal Nº 003-2025/AS-DGE la O fi cina de Asesoría Legal de la Dirección General de Educación de la Marina de Guerra del Perú emite opinión favorable a la autorización el viaje al exterior, en misión de estudios, del mencionado personal militar para participar en el Curso de Formación de Piloto Aviador, a llevarse a cabo en el Servicio Nacional Aeronaval - SENAN, ciudad de Panamá, República de Panamá, en la fecha programada; Que, en la Exposición de Motivos anexada al expediente se señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el presente viaje al exterior, en misión de estudios, por cuanto permitirá perfeccionar las capacidades, destrezas, habilidades operativas y técnicas de unidades participantes, en aras de profundizar y optimizar el desarrollo profesional para el cumplimiento de la misión institucional, así como también promover el intercambio de experiencias y conocimientos entre los países participantes, en bene fi cio de la Marina de Guerra del Perú; Que, de acuerdo con la Hoja de Gastos Nº 006- 2025 suscrita por el Jefe de la O fi cina de Gestión de Remuneraciones, Pasajes y Viáticos de la Dirección de Administración de Personal de la Marina de Guerra del Perú y por el Director General de Educación de dicha Institución Armada, los gastos por concepto de pasaje aéreo internacional de ida, compensación extraordinaria por servicio en el extranjero y gasto de traslado correspondiente a la ida se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2025 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el artículo 7 del Reglamento de viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG; Que, mediante Hoja de Disponibilidad Presupuestaria Nº 016-2025 la O fi cina de Planes, Programas y Presupuestos de la Sub-Unidad Ejecutora 01 “Personal y Bienestar” de la Dirección de Administración de Personal de la Marina de Guerra del Perú detalla los recursos que se verán involucrados en la ejecución del presente viaje al exterior, en misión de estudios; Que, con las Certi fi caciones de Crédito Presupuestario Nº 0000000001, Nº 0000000014 y Nº 0000000052 emitidas por el Departamento de Evaluación y Ejecución Presupuestaria de la Dirección de Presupuesto de la Marina de Guerra del Perú, se garantiza el fi nanciamiento del presente viaje al exterior durante Año Fiscal 2025; asimismo, para completar el período de duración de la citada misión de estudios, a partir del 1 de enero al 1 de febrero de 2026, los pagos se efectuarán con cargo al presupuesto del Sector Público del año fi scal respectivo; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la fi nalidad de garantizar la participación oportuna del personal militar designado en las referidas actividades, resulta necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación, así como su retorno un (1) día después de la fecha programada, sin que estos días adicionales generen gasto alguno al Tesoro Público; Que, con O fi cio Nº 0237/52 la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú solicita la autorización de viaje al exterior, en misión de estudios, del personal militar que participará en el Curso de Formación de Piloto Aviador, a llevarse a cabo en el Servicio Nacional Aeronaval - SENAN, ciudad de Panamá, República de Panamá, del 1 de febrero de 2025 al 1 de febrero de 2026, así como autorizar su salida del país el 31 de enero de 2025 y su retorno el 2 de febrero de 2026; Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero será reducido en la misma cantidad que la boni fi cación otorgada de conformidad con