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10 NORMAS LEGALES Lunes 20 de enero de 2025 El Peruano / PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Oficializan acuerdo de la Comisión Distrital de Implementación del Código Procesal Penal de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada sobre la “Metodología de la dirección de audiencias de las Salas Penales de Apelaciones Nacionales” COMISIÓN DISTRITAL DE IMPLEMENTACIÓN DEL CÓDIGO PROCESAL PENAL DE LA CORTE SUPERIOR NACIONAL DE JUSTICIA PENAL ESPECIALIZADA PRESIDENCIA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000008-2024 -P-CDI-CSNJPE-PJ Lima, 20 de diciembre del 2024 ANTECEDENTES: I. La reunión de fecha 04 de octubre de 2023 de la Comisión Distrital de Implementación del Código Procesal Penal -en adelante CDI- de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada -en adelante CSN-. II. El O fi cio N° 000020-2023-P-CDI-CSNJPE-PJ de fecha 17 de octubre de 2023, emitido por esta Presidencia, dirigido al magistrado coordinador de las Salas Penales de Apelaciones Nacionales del CPP 2004 de la CSN. III. El O fi cio N° 04-2023-CSPN-CSNJPE-PJ, de fecha 23 de octubre de 2023, cursado por el magistrado coordinador de las Salas Penales de Apelaciones Nacionales del CPP 2004 de la CSN, Jhonny Hans Contreras Cuzcano. IV. La reunión de fechas 24 de octubre de 2024 de la CDI de la CSN. V. El O fi cio N° 002139-2023-P-CSNJPE-PJ, de fecha 28 de noviembre de 2023, O fi cio N° 000001-2024-P-CDI- CSNJPE-PJ, de fecha 01 de febrero de 2024, O fi cio N° 000015-2024-P-CDI-CSNJPE-PJ, de fecha 27 de junio de 2024, O fi cio N° 000024-2024-P-CDI-CSNJPE-PJ, de fecha 18 de julio de 2024. VI. La reunión de fechas 05 de noviembre de 2024 de la CDI de la CSN. VII. El Acuerdo adoptado por los miembros de la CDI de la CSN en la reunión de fecha 03 de diciembre de 2024. VIII. El Acuerdo adoptado por los miembros de la CDI de la CSN en la reunión de fecha 20 de diciembre de 2024. FUNDAMENTOS:1. Sobre la problemática presentada: el representante del Ministerio Público, el doctor Jorge Wayner Chávez Cotrina, en la reunión de fecha 04 de octubre de 2023, planteó la problemática respecto a la metodología de la dirección de audiencia de las Salas Penales de Apelaciones Nacionales, pues re fi rió que los jueces de segunda instancia tienen criterios diferentes de cómo se lleva a cabo la audiencia de apelación: - Primera Opción: Una sala escucha a cada abogado respecto a los agravios postulados, al terminar recién corre traslado al fi scal, quien debe responde respecto de todos los imputados, y en la réplica, cada abogado realiza su réplica y cuando terminan todos, recién el fi scal realiza la réplica de todos a la vez, en el mismo sentido la duplica. - Segunda Opción: Otras salas escuchan primero al abogado respecto a un imputado, la fi scal contesta, luego sigue réplica y duplica y defensa material, después continua con el siguiente abogado en el mismo sentido con el siguiente. Propuesta del Ministerio Público: la segunda opción. 2. Sobre las gestiones efectuadas: en la citada reunión se acordó por unanimidad cursar o fi cio al magistrado coordinador de las Salas Penales de Apelaciones Nacionales del CPP 2004 de la CSN, Jhonny Hans Contreras Cuzcano, a fi n de trasladar la problemática planteada por el Ministerio Público sobre la metodología de la dirección de audiencia. En mérito a ello, se emitió el O fi cio N° 000020-2023-P-CDI-CSNJPE- PJ de fecha 17 de octubre de 2023, en donde se solicitó que se reúna con sus pares a efectos de evaluar la problemática planteada, debiendo elevar a esta Presidencia la propuesta consensuada con sus pares, con la fi nalidad de que sea derivada a la CDI de la CSN, para su aprobación. 3. Se recibió el O fi cio N° 04-2023-CSPN-CSNJPE- PJ, de fecha 23 de octubre de 2023, cursado por el magistrado coordinador de las Salas Penales de Apelaciones Nacionales, Jhonny Hans Contreras Cuzcano, en donde remite la propuesta consensuada respecto a la problemática planteada por el representante del Ministerio Público, referida a los criterios en la dirección de audiencias en las apelaciones cuando son varios imputados: - No se pueden estandarizar una forma de trabajo en la dirección de audiencias respecto a casos cuando se presenten varios imputados, ya que el Colegiado tiene lo facultad y autonomía para conducir la audiencia conforme a cada caso concreto. - Precisando que, el representante del Ministerio Público como parte del debate, de existir alguna observación cuando son varios imputados, puede solicitar lo pertinente para un mejor desarrollo de la audiencia de apelación correspondiente a la sala superior resolver lo pertinente. 4. En ese sentido, en la reunión de fecha 24 de octubre de 2023, el pleno de la CDI de la CSN, decidió trasladar la presente problemática, a la Subcomisión de Procesos Interinstitucionales, con el acuerdo de los jueces superiores de las Salas Penales de Apelaciones Nacionales y los argumentos expuestos en la citada reunión por los integrantes de la CDI. 5. En mérito a ello, se emitió O fi cio N° 002139-2023-P-CSNJPE-PJ, de fecha 28 de noviembre de 2023, dirigido al coordinador responsable de la Subcomisión de Procesos Interinstitucionales, con el objeto de que se pronuncie al respecto, asimismo, mediante O fi cio N° 000001-2024-P-CDI-CSNJPE-PJ, de fecha 01 de febrero de 2024, se solicitó que informe sobre el pronunciamiento adoptado por la Subcomisión en mención, lo cual ha sido reiterado mediante O fi cios N° 000015-2024-P-CDI-CSNJPE-PJ, de fecha 27 de junio de 2024, y N° 000024-2024-P-CDI-CSNJPE-PJ, de fecha 18 de julio de 2024. 6. Al respecto, en la reunión de fecha 04 de noviembre de 2024, el pleno decidió abordar dicha problemática directamente dado el tiempo transcurrido; por lo que el representante del Ministerio Público, el doctor Jorge Wayner Chávez Cotrina, expuso y argumentó su posición. En ese sentido, los integrantes de la CDI de la CSN acordaron por unanimidad: a) aprobar la propuesta planteada por el Ministerio Público sobre la metodología de la dirección de audiencia de las Salas Penales de Apelaciones Nacionales, esto es, cuando se está en audiencia de apelación, se debe escuchar pretensión por pretensión de cada uno de los apelantes y b) que la ponencia estará a cargo del representante del Ministerio Público. 7. En ese sentido, el representante del Ministerio Público, el doctor Jorge Wayner Chávez Cotrina, remitió su ponencia, bajo los siguientes argumentos: - La segunda opción es más ordenada y permite que los intervinientes concentren por cada imputado, a fi n de