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65 NORMAS LEGALES Jueves 30 de enero de 2025 El Peruano / la revisión y cotejo especializado que permite restringir, observar o cancelar en forma temporal o de fi nitiva las inscripciones en el Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales que presenten anomalías, sea en el procedimiento mismo de inscripción o en relación con la persona registrada; Que en mérito a ello, la hoy Unidad de Modernización Organizacional de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, en su condición de órgano técnico especializado de la institución, ha emitido opinión favorable respecto a la aprobación del Documento Normativo propuesto por lo que procedió a la codi fi cación del mismo de acuerdo al siguiente detalle: Reglamento RE-003-DRI/001 “Depuración de Inscripciones en el Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales”, primera versión; Que en ese contexto, la O fi cina de Asesoría Jurídica, mediante el documento de vistos, señala que el proyecto de Reglamento RE-003-DRI/001 “Depuración de Inscripciones en el Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales”, primera versión, presenta la consistencia legal pertinente; correspondiendo que sea aprobado por Resolución Jefatural; asimismo señala que previo a la aprobación del documento normativo propuesta deberá dejarse sin efecto la Directiva DI-024-DRI/002 “Depuración de las Inscripciones en el RUIPN”, primera versión, que fuera aprobada mediante Resolución Secretarial N° 000117-2023/SGEN/RENIEC (28NOV2023); Que de acuerdo a ello, mediante Resolución Secretarial N° 000013-2025/SGEN/RENIEC (29ENE2025), se dispuso dejar sin efecto la Directiva DI-024/DRI/002 “Depuración de las Inscripciones en el Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales”, primera versión, aprobada con Resolución Secretarial N° 000117-2023-SGEN/RENIEC (28NOV2023); y,Estando a la propuesta de la Dirección de Registros de Identi fi cación y a lo opinado por la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y la O fi cina de Asesoría Jurídica, conforme con el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado por Resolución Jefatural N° 000061-2024-JNAC/RENIEC (08ABR2024) y a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 009-2024-JUS, Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar el Reglamento RE-003- DRI/001 “Depuración de Inscripciones en el Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales”, primera versión, propuesto por la Dirección de Registros de Identi fi cación, que en anexo forma parte de la presente resolución. Artículo Segundo.- Encargar a la Dirección de Registros de Identi fi cación el cumplimiento de lo dispuesto y a la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización la difusión del contenido de la presente Resolución Secretarial. Artículo Tercero.- La presente Resolución Jefatural se publica en el Diario O fi cial El Peruano y en el portal institucional de la entidad (www.gob.pe/reniec) y su anexo en el portal institucional de la entidad (www.gob.pe/reniec). Regístrese, publíquese y cúmplase.CARMEN MILAGROS VELARDE KOECHLIN Jefa Nacional 2366707-1 COMUNICADO TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS TUPA TUO de la Ley N° 27444 Se hace de conocimiento a todas las entidades públicas que las solicitudes de publicación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) en el Diario O fi cial El Peruano se efectúan solo a través de la plataforma digital del Portal de Atención al Cliente -PGA-, a la que deberán acceder con el usuario y contraseña otorgado a cada Entidad. Los archivos que se remiten a través del PGA, deben adecuarse a las exigencias de la plataforma, debiendo considerar lo siguiente: 1. La norma aprobatoria o modi fi catoria del TUPA, debe remitirse conjuntamente con los anexos, de lo contrario serán devueltos para la subsanación. 2. La norma modi fi catoria del TUPA se recibirá sin anexos, sólo si del texto de la misma se desprende dicha situación. 3. El contenido de los archivos es de responsabilidad de la entidad que lo remite, conforme a los términos y condiciones del PGA. NOTA: Las Entidades que aún no cuenten con usuario y contraseña para acceder al sistema PGA, pueden solicitar su registro al correo normaslegales@editoraperu.com.pe GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES