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48 NORMAS LEGALES Jueves 30 de enero de 2025 El Peruano / VISTOS: La Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 011-2025-MP-FN-JFS, de fecha 20 de enero de 2025, e Informe Nº 001-2025-MP-FN-OREF-DSCO, de fecha 28 de enero de 2025, y; CONSIDERANDO: Mediante la resolución de vistos, se resolvió crear la Segunda Fiscalía Corporativa Penal de San Isidro - Lince, conformada por una Fiscalía Superior Penal, integrada por un (1) fi scal superior y dos (2) fi scales adjuntos superiores; y, el 1º, 2º, 3º, 4º y 5º Despacho Provincial Penal, compuesto por cinco (5) fi scales provinciales y veinte (20) fi scales adjuntos provinciales, con plazas fi scales ya existentes y presupuestadas conforme a los informes técnicos emitidos por las áreas correspondientes. Con la Resolución de la Junta de Fiscales Supremos n. o 087-2021-MP-FN-JFS, de fecha 15 de diciembre de 2021, se dispuso la creación de plazas fi scales, entre otras, de un (1) fi scal superior y dos (2) fi scales adjuntos superiores, las cuales se encuentran pendientes de asignar. Asimismo, con la misma resolución se resolvió la creación de dos (2) plazas de fi scal provincial asignadas a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro y Segunda Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Público, respectivamente. Por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 060-2024-MP-FN, de fecha 9 de enero de 2024, se trasladó una (1) plaza de fi scal provincial, con carácter permanente, proveniente del despacho de la Fiscalía Suprema Especializada en delitos cometidos por Funcionarios Públicos, al despacho de la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro; y se resolvió designar en dicha plaza a la abogada Marcelita Del Rosario Gutiérrez Vallejos, fi scal provincial titular penal (supraprovincial) de Lima, Distrito Fiscal de Lima, actualmente Distrito Fiscal de Lima Centro. A través de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1896-2022-MP-FN, de fecha 7 de septiembre de 2022, se asignó una (1) plaza de fi scal provincial, con carácter permanente, de la -en ese entonces- Cuarta Fiscalía Provincial Civil de Lima, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro; y mediante Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 063-2019-MP-FN-JFS, de fecha 7 de junio de 2019 se crea una plaza de fi scal adjunto superior, con carácter transitorio, la cual fue asignada a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores de Lima, actualmente Distrito Fiscal de Lima Centro; y, convertida en una (1) plaza de fi scal provincial -con carácter transitorio- mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2761-2019-MP-FN, de fecha 3 de octubre de 2019. Mediante la Resolución de la Fiscalía de la Nación n. o 846-2021-MP-FN, de fecha 9 de junio de 2021, se resolvió convertir el Pool de Fiscales de Lima en el Equipo de Apoyo Fiscal del Distrito Fiscal de Lima Centro; encontrándose conformado, entre otros, por veinte (20) plazas de fi scal adjunto provincial con carácter permanente. A través de los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052, modi fi cada por el artículo único de la Ley Nº 31718, establecen que corresponde a la Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, así como designar a los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo. En mérito de ello, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que “(...) la provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC Nº 2770-2010-PA/TC). Nótese que la incorporación al sistema fi scal de los fi scales provisionales no titulares, se efectúa sobre la base de una situación fáctica de no titularidad con una connotación temporal; no correspondiéndole el procedimiento ni los derechos que emanan del nombramiento previsto en los artículos 150 y 154 de la Constitución Política del Perú.En ese sentido y a la facultad concedida a la Fiscal de la Nación, a fi n de efectivizar la creación de la Segunda Fiscalía Corporativa Penal de San Isidro - Lince, la cual estará conformada por una Fiscalía Superior Penal, integrada por un (1) fi scal superior y dos (2) fi scales adjuntos superiores; y, el 1º, 2º, 3º, 4º y 5º Despacho Provincial Penal, compuesto por cinco (5) fi scales provinciales y veinte (20) fi scales adjuntos provinciales, con plazas fi scales ya existentes y presupuestadas -correspondiendo un (1) fi scal provincial y cuatro (4) fi scales adjuntos provinciales por cada despacho- se ha considerado oportuno dar por concluido los nombramientos y/o designaciones, según corresponda, del personal fi scal que se encuentran ocupando las plazas fi scales que se indican desde el segundo al quinto párrafo de la presente resolución. En esa línea, resulta oportuno asignar una (1) plaza de fi scal superior y dos (2) plazas de fi scales adjuntos superiores -con carácter permanente-, creadas por la Resolución de la Junta de Fiscales Supremos n. o 087-2021-MP-FN-JFS, de fecha 15 de diciembre de 2021, a la Fiscalía Superior Penal de la Segunda Fiscalía Corporativa Penal de San Isidro - Lince. De igual modo, es pertinente dar por concluida la asignación de dos (2) plazas de fi scal provincial -con carácter permanente- creadas por la Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 087-2021-MP-FN-JFS, de fecha 15 de diciembre de 2021, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro y Segunda Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos, respectivamente; por consiguiente, asignar las plazas fi scales en mención a los despachos provinciales de la Segunda Fiscalía Corporativa Penal de San Isidro - Lince. Así también, corresponde dar por concluida la asignación de dos (2) plazas de fi scal provincial -con carácter permanente y transitorio, respectivamente- a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro; y, asignar las referidas plazas fi scales a los despachos provinciales de la Segunda Fiscalía Corporativa Penal de San Isidro - Lince. Asimismo, disponer el traslado de una (1) plaza de fi scal provincial -con carácter permanente- de la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro y veinte (20) plazas de fi scal adjunto provincial -con carácter permanente- del Equipo de Apoyo Fiscal del Distrito Fiscal de Lima Centro, a los despachos provinciales de la Segunda Fiscalía Corporativa Penal de San Isidro - Lince. En consecuencia, se ha considerado oportuno, disponer la adecuación de los nombramientos y/o designaciones del personal fi scal que ocupan las plazas fi scales antes indicadas, en los despachos fi scales creados que conforman la Segunda Fiscalía Corporativa Penal de San Isidro - Lince; y, en mérito a la normativa expuesta, previa veri fi cación de los requisitos de ley, se deberá nombrar a la abogada Katharine Borrero Soto como fi scal superior provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándola en el despacho de la Fiscalía Superior Penal de la Segunda Fiscalía Corporativa Penal de San Isidro - Lince; para lo cual previamente, se deberá dar por concluida su designación, en su condición de fi scal provincial titular penal de Lima, Distrito Fiscal de Lima, actualmente Distrito Fiscal de Lima Centro, en el 3º Despacho Provincial Penal de la Tercera Fiscalía Corporativa Penal de Cercado de Lima-Breña-Rímac-Jesús María. De otro lado, en atención a su título de nombramiento, corresponde designar al abogado Francisco Javier Castillo Paz, fi scal adjunto provincial titular penal (corporativo) de Rodríguez de Mendoza, Distrito Fiscal de Amazonas, en la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Rodríguez de Mendoza; debiéndose previamente dar por concluido su nombramiento como fi scal provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro y su designación en la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro. Finalmente, cabe resaltar que los nombramientos y designaciones del personal fi scal provisional, surtirán efectos a partir de la fecha de juramentación hasta que