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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE JULIO DEL AÑO 2025 (28/07/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 14

TEXTO PAGINA: 3

3 NORMAS LEGALES Lunes 28 de julio de 2025 El Peruano / General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 01458-2025-MINDEF/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO:Que, mediante SITFAGRAMA N° CONTROL: BRA-2025-018 y SITFAGRAMA N° CONTROL: BRA- 2025-029, el Jefe de la O fi cina de Sobrevuelos y O fi cial de Enlace del Sistema de Informática y Telecomunicaciones (SITFAA) de la Fuerza Aérea Brasilera cursa una invitación al O fi cial de Enlace del Sistema de Informática y Telecomunicaciones (SITFAA) de la Fuerza Aérea del Perú, para que tres (3) Especialistas en Comunicaciones de la Fuerza Aérea del Perú participen en el Intercambio de Especialistas en Comunicaciones (ECOs) SITFAA, a realizarse en la ciudad de Brasilia, República Federativa de Brasil, del 10 al 16 de agosto de 2025; Que, con O fi cio Extra FAP N° 002647-2025-SECRE/ FAP, la Fuerza Aérea del Perú solicita al Ministerio de Defensa autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Técnico Supervisor FAP Glen Rogelio RIVAS FARFÁN, identi fi cado con DNI N° 43408642 y NSA N° 606120, del Técnico Inspector FAP Miguel Ángel OCHOA ORTEGA, identi fi cado con DNI N° 43297426 y NSA N° 607896, y del Técnico de Segunda FAP Raúl Leoncio ALARCÓN CUSTODIO, identi fi cado con DNI N° 41123012 y NSA N° 609019, como titulares, así como del Técnico de Primera FAP Jhonny Orlando VILLACREZ ARISTA, identi fi cado con DNI N° 43447427 y NSA N° 608243, y del Técnico de Segunda FAP Pedro Anibal TASAYCO ARIAS, identi fi cado con DNI N° 21882890 y NSA N° 608398, como suplentes, para que participen en el Intercambio de Especialistas en Comunicaciones (ECOs) SITFAA, a realizarse en la ciudad de Brasilia, República Federativa de Brasil, del 10 al 16 de agosto de 2025. Asimismo, considerando el itinerario de los vuelos internacionales, solicita autorizar su salida del país el 9 de agosto y su retorno el 17 de agosto de 2025, sin que estos días adicionales generen gasto alguno al Tesoro Público; Que, a través del citado documento, la Institución Armada remite el Informe Legal SECRE N° 0014-2025, la Hoja de Gastos N° 101 DGVC-ME/SIAF-RP, así como las Certi fi caciones de Crédito Presupuestario N° 0000000004 y N° 0000000755, que garantizan el fi nanciamiento correspondiente; Que, mediante la Exposición de Motivos, la Institución Armada señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior del citado personal militar, por cuanto permitirá incrementar los conocimientos e intercambiar experiencias para optimizar las comunicaciones, de manera que las ayudas humanitarias sean más oportunas y efectivas; Que, conforme a lo indicado en el acotado documento, los gastos por concepto de alimentación y transporte interno del personal comisionado, serán asumidos por la Fuerza Aérea de la República Federativa de Brasil, de acuerdo al SITFAGRAMA N° CONTROL: BRA-2025-018 del Jefe de la O fi cina de Sobrevuelos y O fi cial de Enlace del Sistema de Informática y Telecomunicaciones (SITFAA) de la Fuerza Aérea Brasilera; por lo que, debe otorgarse viáticos diarios hasta un setenta por ciento (70%) del que corresponde a la zona geográ fi ca, de conformidad con lo establecido en la Resolución Ministerial N° 696-2013-DE/SG, que aprueba porcentajes máximos de viáticos en función de la escala prevista en el artículo 5 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, modi fi cado por el artículo 1 del Decreto Supremo N° 056- 2013-PCM; Que, a través del O fi cio N° 01516-2025-MINDEF/ VPD-DIGRIN y el Informe Técnico N° 117-2025-MINDEF/VPD-DIGRIN-LAYC, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la presente autorización de viaje al exterior; Que, mediante el Informe Legal N° 01458- 2025-MINDEF/SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera que resulta legalmente viable emitir la resolución ministerial que autorice el presente viaje al exterior, en comisión de servicio, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Técnico Supervisor FAP GLEN ROGELIO RIVAS FARFÁN, del Técnico Inspector FAP MIGUEL ÁNGEL OCHOA ORTEGA y del Técnico de Segunda FAP RAÚL LEONCIO ALARCÓN CUSTODIO, como titulares, y del Técnico de Primera FAP JHONNY ORLANDO VILLACREZ ARISTA y del Técnico de Segunda FAP PEDRO ANIBAL TASAYCO ARIAS, como suplentes, para participar en el Intercambio de Especialistas en Comunicaciones (ECOs) SITFAA, a realizarse en la ciudad de Brasilia, República Federativa de Brasil, del 10 al 16 de agosto de 2025, así como autorizar su salida del país el 9 de agosto y su retorno el 17 de agosto de 2025. Artículo 2.- La participación del personal militar suplente queda supeditada a la imposibilidad de participación del personal militar titular. Artículo 3.- La Fuerza Aérea del Perú efectúa los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional de la Unidad Ejecutora 005: Fuerza Aérea del Perú, Año Fiscal 2025, de acuerdo a los siguientes conceptos: Pasajes aéreos: Lima - Brasilia (República Federativa de Brasil) - Lima Clase económicaUS$ 1,874.24 x 3 personas US$ 5,622.72 Viáticos US$ 370.00 x 7 días x 3 personas x 70% US$ 5,439.00 -------------------- Total a pagar en dólares americanos US$ 11,061.72 Artículo 4.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin exceder el total de días autorizados y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 5.- El personal militar más antiguo comisionado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 6.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. WALTER ENRIQUE ASTUDILLO CHÁVEZ Ministro de Defensa 2423085-1