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4 NORMAS LEGALES Lunes 2 de junio de 2025 El Peruano / o pota con una tolerancia de hasta 0.5 toneladas, por faena de pesca por cada embarcación. c) Las embarcaciones pesqueras artesanales con capacidad de bodega mayor a 10 m3 y menor a 20 m3, pueden capturar como máximo 7.2 toneladas del recurso calamar gigante o pota con una tolerancia de hasta 0.8 toneladas, por faena de pesca por cada embarcación. d) Las embarcaciones pesqueras artesanales con capacidad de bodega entre 20 m3 y 32.6 m3, pueden capturar como máximo 11 toneladas del recurso calamar gigante o pota con una tolerancia de hasta 1 tonelada, por faena de pesca por cada embarcación. e) Las embarcaciones pesqueras artesanales con capacidad de bodega de hasta 10 m3 pueden realizar hasta 4 faenas de pesca al mes, y las embarcaciones pesqueras artesanales con capacidad de bodega mayor a 10 m3 pueden realizar hasta 3 faenas de pesca al mes. f) Todo desembarque del recurso calamar gigante o pota (Dosidicus gigas) debe contar con acta de fi scalización otorgada por los fi scalizadores acreditados de la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción, o de las dependencias con competencia pesquera de los Gobiernos Regionales. g) Las embarcaciones pesqueras cuentan con un método o sistema de preservación a bordo con hielo, en una proporción de 2:1. 3.4 El transporte del recurso calamar gigante o pota (Dosidicus gigas) procedente de una embarcación pesquera artesanal debe realizarse en un único vehículo de transporte isotérmico, permitiendo que dicho vehículo pueda transportar recursos de más de una embarcación pesquera artesanal. El presente numeral se aplica hasta el 31 de agosto del 2025.” Artículo 3.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. SERGIO GONZALEZ GUERRERO Ministro de la Producción 2405090-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Designan Directora de la Oficina de Administración de Recursos Humanos de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 335-2025-MTC/01 Lima, 30 de mayo de 2025CONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, determina y regula el ámbito de competencias, las funciones y la estructura orgánica básica del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, conforme al literal i) del artículo 8 del Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial N° 658-2021-MTC/01, es función del Despacho Ministerial designar a los titulares de los cargos de con fi anza del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, se encuentra vacante el cargo de Director/a de la O fi cina de Administración de Recursos Humanos de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; siendo necesario designar a la persona que ejercerá dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial N° 658-2021-MTC/01; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señora MARÍA PERLA CABREJOS CABANILLAS en el cargo de Directora de la Ofi cina de Administración de Recursos Humanos de la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR SANDOVAL POZO Ministro de Transportes y Comunicaciones 2405092-1 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE INVERSIÓN PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES Designan Gerente General del OSIPTEL RESOLUCIÓN N° 000089-2025-PE/ OSIPTEL San Borja, 30 de mayo del 2025 OBJETO DESIGNACIÓN DE GERENTE GENERAL VISTO: El Informe N° 000889-2025-ORH/OSIPTEL de fecha 30 de mayo de 2025, de la O fi cina de Recursos Humanos. CONSIDERANDO: Que, el señor Johnny Analberto Marchan Peña, cumple con el per fi l de puesto del Gerente General del Osiptel, de acuerdo a lo establecido en el Manual de Clasi fi cador de Cargos del OSIPTEL, aprobado con Resolución de Gerencia General N° 00430-2023-GG/OSIPTEL y modi fi catorias, el cual es concordante con los requisitos señalados en el reglamento de la Ley Nº 31419, aprobado con Decreto Supremo N° 053-2022-PCM; Que, conforme a lo establecido en el numeral m) del artículo 10 de la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del OSIPTEL, aprobado por el Decreto Supremo N° 160-2020-PCM, corresponde a la Presidencia Ejecutiva la función de designar y remover al personal de con fi anza y/o de libre designación y remoción; Que, en consecuencia, corresponde la emisión del acto resolutivo que materialice la designación del señor Johnny Analberto Marchan Peña en el cargo de con fi anza de Gerente General del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones – OSIPTEL;