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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE JUNIO DEL AÑO 2025 (08/06/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 32

32 NORMAS LEGALES Domingo 8 de junio de 2025 El Peruano / Que, mediante Informe N° 000256-2025-INGEMMET/ OAJ del 05 de junio de 2025, la O fi cina de Asesoría Jurídica opina que resulta legalmente viable designar al señor Víctor Reynoso Lezano, en el cargo de con fi anza de Director de la Dirección de Concesiones Mineras del INGEMMET, ya que cuenta con las opiniones técnicas de la Unidad de Personal y de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; Que, el numeral 8) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del INGEMMET, establece que el Presidente Ejecutivo tiene la atribución de designar al personal y cargos de con fi anza, de conformidad con la legislación vigente; Con el visado de la Gerencia General y de las O fi cinas de Planeamiento y Presupuesto, y de Asesoría Jurídica, así como de la Unidad de Personal; y, De conformidad con las atribuciones previstas en el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico - INGEMMET, aprobado mediante Decreto Supremo N° 035-2007-EM; SE RESUELVE: Artículo 1.- DESIGNAR al señor VÍCTOR REYNOSO LEZANO en el cargo de con fi anza de Director de la Dirección de Concesiones Mineras del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico - INGEMMET. Artículo 2.- NOTIFICAR el presente acto resolutivo a las Unidades Orgánicas del INGEMMET y al interesado, para los fi nes pertinentes. Artículo 3.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial El Peruano y en el Portal Institucional del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico - INGEMMET: www.gob.pe/ingemmet. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS HUMBERTO CHIRIF RIVERA Presidente Ejecutivo 2407104-1 INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Delegan en la Gerenta General del INDECOPI la facultad de aprobar contrataciones mediante procedimientos de selección no competitivos y precisan vigencia de la Res. N° 000001-2025-PRE/INDECOPI RESOLUCIÓN N° 000054-2025-PRE/ INDECOPI San Borja, 6 de junio del 2025VISTOS: La Hoja de Trámite N° 002606-2025-GEG/ INDECOPI de la Gerencia General; el Informe N° 000266- 2025-OAJ/INDECOPI de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 1 del Decreto Legislativo N° 1033, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, establece que éste es un organismo público especializado con personería jurídica de derecho público interno, que goza de autonomía funcional, técnica, económica, presupuestal y administrativa, adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, y rige su funcionamiento de acuerdo con las disposiciones contenidas en la citada norma y en sus normas complementarias y reglamentarias; Que, el numeral 78.1 del artículo 78 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece que procede la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad; precisando en su artículo 79, que el delegante tendrá siempre la obligación de vigilar la gestión del delegado; Que, la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas (en adelante, la Ley), establece el nuevo marco normativo para efectivizar la contratación oportuna de bienes, servicios y obras, así como para regular, en el marco del Sistema Nacional de Abastecimiento, la participación de los actores involucrados en el proceso de contratación pública; Que, la Vigésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley, dispone que su entrada en vigencia es a los noventa (90) días calendario contados desde el día siguiente de la aprobación de su Reglamento, siendo este aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-2025-EF, publicado en el Diario O fi cial “El Peruano” el 22 de enero de 2025, por lo que la Ley entró en vigencia el 22 de abril de 2025; Que, el artículo 25 de la Ley y los artículos 18 y 19 de su Reglamento, incluyen como actores que intervienen directamente en los procesos de contratación regulados en el nuevo régimen de contratación pública, entre otros, a los siguientes: i) el Titular de la Entidad y, ii) la Autoridad de la gestión administrativa; Que, el literal a), numeral 25.1 del artículo 25 de la Ley, señala que el Titular de la Entidad es la máxima autoridad ejecutiva al interior de la entidad contratante conforme a sus normas de creación y organización; Que, el numeral 25.2 de la Ley, señala que el Titular de la Entidad y la Autoridad de la gestión administrativa de la entidad contratante pueden delegar, mediante resolución, las facultades que la citada Ley les otorga, salvo las excepciones previstas en el Reglamento; Que, mediante la Resolución N° 000001-2025-PRE/ INDECOPI, publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” el 4 de enero de 2025, se delegaron facultades y atribuciones de la Presidencia Ejecutiva del INDECOPI a diversos funcionarios de la entidad durante el Año Fiscal 2025; Que, a fi n de optimizar y agilizar la gestión administrativa de la Entidad, se estima por conveniente delegar determinadas funciones asignadas al Titular de la Entidad en la Gerencia General del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual para el año fi scal 2025; Que, de acuerdo con lo señalado en la Hoja de Trámite N° 002606-2025-GEG/INDECOPI de la Gerencia General, se procede a dar cumplimiento a lo dispuesto por la Presidencia Ejecutiva, delegando en la Gerencia General las facultades asignadas al Titular de la Entidad para el año fi scal 2025, en el marco de la Ley N° 32069, Ley General de Contratación Pública y su Reglamento; Que, mediante el Informe N° 000266-2025-OAJ/ INDECOPI, la O fi cina de Asesoría Jurídica mani fi esta que resulta legalmente viable que el Presidente Ejecutivo, en su calidad de Titular de la Entidad, emita el acto resolutivo mediante el cual delegue en la Gerencia General determinadas funciones durante el año fi scal 2025, garantizando así el adecuado cumplimiento de las funciones asignadas; Que, en consecuencia, resulta necesario delegar determinadas facultades asignadas al Titular del Pliego en los procesos de contratación pública, así como adaptar sus disposiciones al marco normativo previsto en la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009- 2025-EF; Con el visado de la Gerencia General, y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas y su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo N° 009-2025-EF; el Decreto Legislativo N° 1033, Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI;