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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE MARZO DEL AÑO 2025 (22/03/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 73

73 NORMAS LEGALES Sábado 22 de marzo de 2025 El Peruano / inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen con los requisitos para el nivel que se les designa. Mediante los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo N° 052, modi fi cada por el artículo único de la Ley N° 31718, establecen que corresponde a la Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, así como designar a los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo. El Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC N° 2770-2010- PA/TC). Asimismo, respecto a la provisionalidad, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia del 24 de noviembre de 2020, en el caso Casa Nina vs. Perú, ha señalado que “(…) la separación del cargo de una o un fi scal provisional debe responder a las causales legalmente previstas, sean estas (i) por el acaecimiento de la condición resolutoria a que se sujetó la designación o nombramiento, como el cumplimiento de un plazo predeterminado por la celebración y conclusión de un concurso público a partir del cual se nombre o designe al reemplazante del o la fi scal provisional con carácter permanente (…)”. En ese sentido, en virtud al nombramiento efectuado por la Junta Nacional de Justicia mediante la resolución de vistos, se hace oportuno emitir el acto resolutivo correspondiente a fi n de designar al abogado Walter Cárdenas Landeo, conforme a su título de nombramiento, por tanto, previamente se deberá dar por concluido los nombramientos y designaciones que se mencionan en los párrafos tercero y cuarto. En ese contexto y a la facultad concedida a la Fiscal de la Nación para dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público, con la fi nalidad de coadyuvar la labor fi scal y alcanzar el Objetivo Estratégico Institucional (OEI.01): “Incrementar la capacidad resolutiva de casos fi scales requeridos por la sociedad”, se considera necesario contar con fi scales con experiencia en el desempeño de la función fi scal, así entonces, encontrándose pendiente de ocupar una plaza de fi scal adjunto provincial en la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Huancavelica en el Distrito Fiscal de Huancavelica, se ha considerado oportuno en mérito al marco normativo, nombrar a la abogada Yesseniha Lourdes Mercedes Pérez Vargas, como fi scal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Huancavelica, designándola en la fi scalía antes señalada. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada con el Decreto Legislativo n° 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley N° 31718; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento del abogado Walter Cárdenas Landeo, como fi scal provincial provisional del Distrito Fiscal de Huancavelica y su designación en la Fiscalía Provincial de Familia de Castrovirreyna; materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación N os 1092-2023-MP-FN y 2956-2024-MP-FN, de fechas 10 de mayo de 2023 y 30 de diciembre de 2024, respectivamente. Artículo Segundo.- Dar por concluido el nombramiento de la abogada Yesseniha Lourdes Mercedes Pérez Vargas, como fi scal provincial provisional del Distrito Fiscal de Huancavelica y su designación en la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Angaraes; materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación N os 580-2024-MP-FN y 2956-2024-MP-FN, de fechas 29 de febrero y 30 de diciembre de 2024, respectivamente. Artículo Tercero.- Designar al abogado Walter Cárdenas Landeo, fi scal provincial titular penal de Angaraes, Distrito Fiscal de Huancavelica, en la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Angaraes. Artículo Cuarto.- Nombrar a la abogada Yesseniha Lourdes Mercedes Pérez Vargas, como fi scal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Huancavelica, designándola en la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Huancavelica, con reserva de su plaza de origen. Artículo Quinto.- Hacer de conocimiento a los abogados Walter Cárdenas Landeo y Yesseniha Lourdes Mercedes Pérez Vargas que deberán efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General N° 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002. Artículo Sexto.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Huancavelica, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Imagen Institucional y a los fi scales mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese.DELIA M. ESPINOZA VALENZUELA Fiscal de la Nación 2383131-19 Aceptan renuncia de fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Huánuco RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 848-2025-MP-FN Lima, 21 de marzo de 2025 VISTO Y CONSIDERANDO:Los o fi cios N° 001245-2025-MP-FN-PJFSHUANUCO y 001467-2025-MP-FN-PJFSHUANUCO, de fechas 21 de febrero de 2025 y 5 de marzo de 2025 respectivamente, cursados por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Huánuco, que elevan la carta de renuncia de fecha 20 de febrero de 2025, así como su aclaración de fecha 3 de marzo de 2025, suscritas por la abogada Deysi Fiorella Rubio Valladares, fi scal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Huánuco, designada en la Fiscalía Provincial de Familia de Leoncio Prado - Aucayacu, y destacada en la Fiscalía Provincial Penal de Amarilis, mediante las cuales presenta su renuncia al cargo por motivos estrictamente personales, precisando como último día de labores el día 22 de marzo de 2025, y con efectividad a partir del 23 de marzo de 2025. La Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Huánuco, eleva la mencionada renuncia a través de la Carpeta Electrónica Administrativa (CEA), al Despacho de la Fiscalía de la Nación, expresando su conformidad y señalando que deberá hacerse efectiva a partir del 23 de marzo de 2025. Sobre el particular, el numeral 3 del artículo 106 de la Ley N° 30483, Ley de la Carrera Fiscal, prevé que el cargo de fi scal termina por motivo de renuncia desde que es aceptada. El artículo 183 del Decreto Supremo N° 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, establece que: “el término de la carrera administrativa se expresa por resolución del titular de la Entidad o de quien esté facultado para ello, con clara mención de la causal que se invoca y los documentos que acrediten la misma (aplicación supletoria al régimen especial de carrera de los señores fi scales)”. En ese sentido conforme al marco normativo antes citado y en mérito a la evaluación de los actuados; así como, considerando el informe N° 00023-2025-MP-FN- OREF-DACP, de fecha 14 de marzo de 2025, resulta necesario emitir el acto resolutivo que acepte la renuncia de la referida fi scal, con efectividad al 23 de marzo de 2025. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64 del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público.