Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE OCTUBRE DEL AÑO 2026 (05/10/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 14

14 NORMAS LEGALES Lunes 5 de octubre de 2026 El Peruano / pesaje autorizados y sus requisitos técnicos, para el pesaje de los recursos hidrobiológicos, de los residuos, descartes, y de la materia prima no considerada para el procesamiento por selección de talla, peso o calidad provenientes del recurso anchoveta, en plantas de procesamiento de productos pesqueros industriales para consumo humano directo, plantas de harina residual, plantas de reaprovechamiento, plantas de procesamiento de los recursos hidrobiológicos macroalgas marinas y plantas artesanales para consumo humano directo, entre ellos: Instrumentos de pesaje totalizadores discontinuos automáticos (tolva de pesaje) Instrumentos de pesaje automático de totalización continua (pesadora de faja) Instrumentos de pesaje de funcionamiento no automático: - Balanza de plataforma para uso industrial - Balanza de plataforma para pesar camiones- Balanza de plataforma para pesar camiones eje por eje Que, mediante Resolución Directoral N° 013-2020-INACAL/DM se establece como control metrológico la veri fi cación posterior que aplica a pesadoras totalizadoras de tolva utilizados en las plantas de procesamiento de productos pesqueros para consumo humano directo (CHD); Que, mediante Resolución Directoral N° D000017-2024-INACAL/DM se aprueba el “PV-002: Procedimiento para la veri fi cación de instrumentos de pesaje de funcionamiento no automático; Edición 2”. El procedimiento PV-002 es el documento aprobado por la Dirección de Metrología que establece los pasos a seguir por el personal técnico para efectuar la veri fi cación inicial y veri fi cación posterior de instrumentos de pesaje de funcionamiento no automático, teniendo como documento de referencia la Norma Metrológica Peruana NMP 003:2009, “Instrumentos de pesaje de funcionamiento no automático” y la Norma Metrológica Peruana NMP 004:2007, “Pesas de las clases E1, E2, F1, F2, M1, M1-2, M2, M2-3 y M3”; Que, las Resoluciones Ministeriales N° 00296- 2020-PRODUCE y N° 00303-2020-PRODUCE disponen que los instrumentos de pesaje de funcionamiento no automático utilizados en las plantas de procesamiento pesquero deben encontrarse debidamente veri fi cados o calibrados conforme a las disposiciones que establezca el Instituto Nacional de Calidad - INACAL. Asimismo, establecen que, una vez establecido el control metrológico de dichos instrumentos, solo prevalecerán los certi fi cados de veri fi cación metrológica emitidos conforme a las disposiciones de la autoridad de metrología legal. En ese sentido, corresponde a la autoridad competente en materia de metrología legal establecer el control metrológico de los instrumentos de pesaje de funcionamiento no automático previstos en las referidas Resoluciones Ministeriales, atendiendo a la relevancia de las mediciones que efectúan; Que, los instrumentos de pesaje de funcionamiento no automático señalados en las Resoluciones Ministeriales N° 00296-2020-PRODUCE y N° 00303- 2020-PRODUCE son utilizados para determinar el peso de los recursos hidrobiológicos recibidos en los establecimientos pesqueros, por lo que sus mediciones resultan relevantes para el control y supervisión de la actividad pesquera, así como para las operaciones comerciales vinculadas a dichos recursos; garantizando la exactitud y con fi abilidad de las mediciones, así como la transparencia y seguridad jurídica de las operaciones vinculadas a la recepción y procesamiento de los recursos hidrobiológicos; Que, existen ocho laboratorios de calibración que tendrían la capacidad máxima entre 60 000 kg y 128 000 kg conforme al procedimiento PC-001, es decir tendrían la capacidad de atender la evaluación de las doce balanzas camioneras identi fi cadas en las plantas de procesamiento de productos pesqueros industriales para consumo humano directo y consumo humano indirecto; así también, existen alrededor de treinta y siete laboratorios de calibración que tendrían la capacidad de calibrar balanzas hasta un alcance de 100 kg hasta 10 000 kg, los cuales podrían atender la evaluación de las ciento doce balanzas de plataformas identi fi cadas; Que, se encuentran reconocidas como Unidad de Verifi cación Metrológicas un total de siete organismos acreditados para realizar la veri fi cación metrológica de Instrumentos de pesaje de funcionamiento no automático clase III y clase IIII hasta la capacidad máxima de 100 kg bajo la PV-002 - Procedimiento para la veri fi cación de instrumentos de pesaje de funcionamiento no automático, Edición 2, diciembre 2024, que podría ampliar su reconocimiento como UVM hasta 100 000 kg; Que, una Unidad de Veri fi cación Metrológica está sujeta al cumplimiento de obligaciones para mantener su autorización, siendo una de estas el reporte de los resultados de las veri fi caciones metrológicas que realiza como servicios y que es publicado en una base de datos del INACAL de acceso público en la cual cualquier entidad pública, entidad privada, ciudadano o parte interesada puede ingresar y contrastar la información del certi fi cado que se genera en una veri fi cación; Que, conforme a lo desarrollado en los Informes N° 00024-2026-INACAL/DM-EFML, N° 00047-2026-INACAL/ DM-EFML y N° 00084-2026-INACAL/DM-EFML, la propuesta de control metrológico de balanzas utilizadas en las plantas de procesamiento de productos pesqueros industriales para consumo humano directo y consumo humano indirecto se sustenta en la necesidad de asegurar la con fi abilidad de las mediciones efectuadas mediante los instrumentos de pesaje utilizados en las plantas de procesamiento de los productos pesqueros industriales señalados. La determinación de la masa de los recursos hidrobiológicos que ingresan a dichas plantas constituye una medición de relevancia para la supervisión y gestión de estos recursos, considerando también que las Resoluciones Ministeriales N° 00296-2020-PRODUCE y N° 00303-2020-PRODUCE establecen los instrumentos de pesaje autorizados; Que, mediante Resolución Directoral N° 0053- 2026-INACAL/DM publicada el 04 de setiembre de 2026, se dispuso la publicación en el Portal Institucional del Instituto Nacional de Calidad del proyecto de resolución que dispone el control metrológico de balanzas utilizadas en las plantas de procesamiento de productos pesqueros industriales para consumo humano directo y consumo humano indirecto, así como el informe que lo sustenta, con la fi nalidad de recibir las opiniones, comentarios y/o sugerencias de la ciudadanía, por el plazo de quince (15) días calendario, contados desde el día siguiente de la publicación de la Resolución citada; Que, estando en las facultades conferidas por la Ley N° 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad, y el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Calidad - INACAL, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2019-PRODUCE; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar el control metrológico (veri fi cación posterior) de los Instrumentos de pesaje de funcionamiento no automático (balanzas) utilizados en plantas de procesamiento de productos pesqueros industriales para consumo humano directo y consumo humano indirecto. Artículo 2.- El control metrológico rige para las balanzas contempladas en las Resoluciones Ministeriales N° 00296-2020-PRODUCE y N° 00303-2020-PRODUCE, o en las normas que las modi fi quen, sustituyan o deroguen, que tengan como capacidad máxima de medición hasta 100 000 kilogramos, debiendo cumplir con la clase de exactitud III de acuerdo con la Norma Metrológica Peruana