Norma Legal Oficial del día 09 de julio del año 1999 (09/07/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 79

MORDAZA, viernes 9 de MORDAZA de 1999

NORMAS LEGALES

Pag. 175567

MUNICIPALIDAD DE LOS MORDAZA
FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 019-99/CDLO Por Oficio Nº 085-99-MDLO/SG la Municipalidad de Los MORDAZA solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 019-99/CDLO, publicada en nuestra edicion del dia 23 de junio de 1999, en la pagina 174526. DICE: Articulo 45º.- Sanciones a las infracciones de las ordenanzas.- Las infracciones que se senalan en esta ordenanza seran sancionadas de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Nº 015-96-CDLO, el siguiente cuadro de infracciones debera incorporarse a la Ordenanza Nº 015-96-CDLO "Escala de Multas y Sanciones".
(UIT = 2,800) INFRACCIONES PANELES SIMPLES (TOLDOS, MARQUESINAS) FACHADA (5%) = 140.00 VIA PUBLICA (10%) = 240.00 PANELES MONUMENTALES O GLOBOS AEROSTATICOS (5 UIT)= 14,000.00 OTROS EN GENERAL DISPOSICIONES ADICIONALES RETIRO DEL ELEMENTO DE PUBLICIDAD

1. Por no contar con la Autorizacion de Anuncio y Publicidad Exterior. (...) 3. Por exhibir Anuncios en Banderolas instaladas en areas de dominio publico. (...) 7. Por desacato a la orden de Retiro del elemento publicitario. (...) 10. Por mantener el elemento publicitario en mal estado de MORDAZA o funcionamiento 11. Por no asegurar permanentemente las condiciones de seguridad de la estructura e instalaciones del elemento publicitario exterior. 12. Por no mantener en lugar visible el elemento publicidad exterior el numero de Autorizacion, numero del registro y el nombre del propietario del elemento.

(1%) 280.00

REGULARIZACION

FACHADA (10%) = 280.00 VIA PUBLICA (20%) = 480.00

(20 UIT)= 56,000

RETIRO INMEDIATO DEL ELEMENTO PUBLICITARIO

15% = S/. 42.00

10% = S/. 28.00

1% 28.00 1% 28.00

RETIRO DEL ELEMENTO PUBLICITARIO RETIRO DEL ELEMENTO PUBLICITARIO

15% = S/. 42.00

10% = S/. 28.00

15% = S/. 42.00

10% = S/. 28.00

1% 28.00

RETIRO DEL ELEMENTO PUBLICITARIO

DEBE DECIR: Articulo 45º.- Sanciones a las infracciones de las ordenanzas.- Las infracciones que se senalan en esta ordenanza seran sancionadas de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Nº 013-99-CDLO, "Reglamento de Aplicacion de Sanciones Administrativas"; el siguiente cuadro de infracciones debera incorporarse a la Ordenanza Nº 015-96CDLO "Escala para Sanciones por Infracciones a Dispositivos Municipales".
(UIT = 2,800) INFRACCIONES PANELES SIMPLES (TOLDOS, MARQUESINAS) FACHADA (5%) = 140.00 VIA PUBLICA (10%) = 280.00 PANELES MONUMENTALES O GLOBOS AEROSTATICOS (5 UIT)= 14,000.00 OTROS EN GENERAL DISPOSICIONES ADICIONALES Retiro del elemento de publicidad

1. Por no contar con la autorizacion de anuncio y publicidad exterior. (...) 3. Por exhibir Anuncios en Banderolas instaladas en areas de dominio publico. (...) 7. Por desacato a la orden de retiro del elemento publicitario. (...) 10. Por mantener el elemento publicitario en mal estado de MORDAZA o funcionamiento 11. Por no asegurar permanentemente las condiciones de seguridad de la estructura e instalaciones del elemento publicitario exterior. 12. Por no mantener en lugar visible el elemento publicidad exterior el numero de Autorizacion, numero del registro y el nombre del propietario del elemento.

(1%) 28.00

Regularizacion

FACHADA (10%) = 280.00 VIA PUBLICA (20%) = 560.00

(20 UIT)= 56,000.00

Retiro inmediato del elemento de publicidad

1.5% = S/. 42.00

10% = S/. 280.00

1% 28.00 1% 28.00

Retiro del elemento publicitario Retiro del elemento publicitario

1.5% = S/. 42.00

10% = S/. 280.00

1.5% = S/. 42.00

10% = S/. 280.00

1% 28.00

Retiro del elemento publicitario

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