Norma Legal Oficial del día 27 de julio del año 1999 (27/07/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 27 de MORDAZA de 1999

El Oficio Nº 546-99-MP-F.SUPR.C.I., de fecha 15 de MORDAZA de 1999, cursado por el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Supremo Provisional de la Fiscalia Suprema de Control Interno, elevando los actuados respecto al resultado del operativo efectuado el dia 25 de junio de 1999, contra el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Superior Provisional de la Fiscalia Superior Mixta de Ucayali, en merito al Oficio Nº 123-99-J/OCMA remitido por el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, adjuntandose 8 microcasetes de audio, 2 casetes de audio tamano standard y 3 microcasetes de video; CONSIDERANDO: Que, del Informe Nº 12-99-CC-MP-F.SUPR.C.I., de fecha 15 de MORDAZA de 1999, suscrito por el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Provincial de la Fiscalia Suprema de Control Interno (e) de la Comision "C" de Procesos, al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Supremo de la Fiscalia Suprema de Control Interno, los actuados correspondientes y los elementos de prueba acompanados, se desprende del Punto Primero que "ante la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial - OCMA (Anexo Nº 1), el 25 de marzo de 1999 el senor MORDAZA MORDAZA Sainato Ventrice, Director Gerente de Alborada Amazonica Consorcio S.A., pone en conocimiento que en la denuncia formulada en su contra por delito de Estafa, el Fiscal Provincial de Atalaya, doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en forma irregular elevo en consulta la investigacion archivada al despacho del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Superior Provisional de la Fiscalia Superior Mixta de Ucayali, quien dispuso su ampliacion, ante lo cual el Fiscal Provincial nuevamente emitio resolucion de archivamiento y el Fiscal Superior presiono para que los autos MORDAZA elevados en consulta, con el evidente proposito de perjudicar al recurrente, cursando oficio al "Real State Financial Managenient Inc.", solicitando en forma erronea informe si era representante legal de dicha empresa, ante la cual estaba gestionando un prestamo de $ 37'000,000.00, informando ademas que su persona venia siendo investigada por delito de Estafa, conforme lo corrobora la MORDAZA del mensaje emitido via correo electronico (Anexo Nº 2). Asimismo, con fecha 27 de MORDAZA de 1999 (Anexo Nº 3), refiere que el Fiscal Superior denunciado prometio entregarle MORDAZA del proyecto de resolucion de archivamiento definitivo, para efectuar las correcciones necesarias, devolviendolo a la persona que el designe y que posteriormente debia entregarle $ 5,000.00 a cambio de la resolucion debidamente firmada"; Que, del MORDAZA punto del referido Informe, aparece que "en coordinacion con la Oficina de Control de la Magistratura y luego que el recurrente se habia comunicado telefonicamente a la MORDAZA de Pucallpa con el Fiscal Superior investigado, acordando entregarle la suma de $ 5,000.00 a su llegada al Aeropuerto Internacional "Jorge Chavez", se monto el operativo respectivo el 25 de junio del ano en curso. Siendo aproximadamente las 17.30 horas, arribo a esta MORDAZA el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, siendo abordado por el denunciante (quien tenia en su poder el dinero MORDAZA senalado, proveniente del Fondo Intangible proporcionado por la Secretaria de la Comision Ejecutiva del Poder Judicial), ubicandose en una cafeteria del MORDAZA piso del mencionado aeropuerto, frustrandose su entrega, por cuanto tambien se encontraban presentes dos amigos del Fiscal Superior, y el senor MORDAZA MORDAZA Sainato Ventrice efectuo la senal acordada en forma inoportuna, momento en que intervino el personal policial de apoyo, conduciendolos al Despacho de la Fiscalia Suprema de Control Interno"; Que, asimismo del Punto Tercero se desprende que segun el acta de "Denuncia Verbal" de fs. 51/53, interpuesta ante la Fiscalia Suprema de Control Interno, que "Marco MORDAZA Sainato Ventrice, se ratifica en los cargos formulados (Anexo Nº 4), refiriendo ademas que en el distrito de Lince, en el Restaurante "Blue Moon" se reunio con el Fiscal Provincial MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien le solicito la suma de S/. 300.00 para su retorno a la provincia de Atalaya, y en cuanto al Fiscal Superior senala que ademas le solicito para el dia de la MORDAZA, un pasaje aereo Pucallpa-Lima-Pucallpa a cuenta de los $ 5,000.00, el mismo que fue remitido a dicha MORDAZA, en forma de prepago en coordinacion con la Oficina de Control de la Magistratura"; Que, estos hechos, son reconocidos en parte por el Fiscal Superior al rendir su declaracion indagatoria de fs. 93/96 (Anexo Nº 12), reconociendo haber hecho uso de los pasajes aereos pagados por MORDAZA MORDAZA Sainato Ventrice; asimismo, de la transcripcion de los microcasetes y cintas de audio (Anexo Nº 15), "respecto a las conversaciones de MORDAZA MORDAZA Sainato Ventrice y los doctores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se advierte que este ultimo se reunio con el recurrente, informa el estado de las investigaciones, advierte lo irregular de las donaciones, orientandolo a presentar documentos, y en el sentido de los escritos en los que debe senalar que el agraviado no es el Estado, invitandolo a su domicilio a efectos de recibir dinero para comprar el pasaje de retorno a la provincia de Atalaya;

y el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, tambien informa el estado en que se encuentra el expediente y el Informe remitido a la Defensoria del Pueblo, acordando encontrarse en el Aeropuerto MORDAZA MORDAZA, donde el recurrente lo trasladaria en su automovil a su domicilio para celebrar los 25 anos de matrimonio", conforme se desprende de los puntos MORDAZA y Setimo del mencionado Informe; Que, si bien es MORDAZA, la Fiscalia Suprema de Control Interno, ha emitido el referido Informe dentro del MORDAZA de sus atribuciones, esta no ha evaluado debidamente los actuados, respecto a las conductas ilicitas en que habrian incurrido los Fiscales denunciados, advirtiendose indicios razonables de la comision del delito de Corrupcion de Funcionarios, los mismos que deben de ser investigados previamente; que sin perjuicio de ello, la gravedad de los hechos en que han incurrido los doctores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, comprometen la dignidad del cargo y los desmerece en el concepto publico, por lo que, dado el caracter provisional de sus designaciones, deben darse por concluidas, de conformidad con lo solicitado por el senor Fiscal Supremo Provisional de la Fiscalia Suprema de Control Interno y lo previsto en la Unica Disposicion Transitoria y Final de la Ley Nº 27009; Que, por Resolucion de la Fiscalia de la Nacion Nº 029-96MP-FN, de fecha 5 de enero de 1996, el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, fue designado como Fiscal Superior Provisional de la Fiscalia Superior Mixta de Ucayali; asimismo, mediante Resoluciones de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico Nº 830-98-MP-CEMP, de fecha 24 de diciembre de 1998 y Nº 07599-MP-CEMP, de fecha 3 de febrero de 1999, fue designado como Fiscal Superior encargado de las Funciones de Gobierno delegada por la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico en el Distrito Judicial de Ucayali y como Presidente de la Comision Distrital Descentralizada de Control Interno, respectivamente; de igual manera, mediante Resolucion de la Fiscalia de la Nacion Nº 748-89-MP-FN, de fecha 22 de noviembre de 1989, el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, fue nombrado como Fiscal Provincial Provisional de la Fiscalia Provincial Mixta de Atalaya, designaciones que, estando a la gravedad de los hechos expuestos, deben darse por concluidas; Que, de conformidad en parte con el contenido del Informe Nº 12-99-CC-MP-F.SUPR.C.I., de fecha 15 de MORDAZA de 1999, y a lo solicitado mediante Oficio Nº 546-99-MPF.SUPR.C.I., de fecha 15 de MORDAZA de 1999, cursado por el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Supremo Provisional de la Fiscalia Suprema de Control Interno; y de conformidad con lo establecido en la Unica Disposicion Transitoria y Final de la Ley Nº 27009, estando al Acuerdo Nº 4504 adoptado por unanimidad por la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico en sesion de la fecha, con dispensa de la lectura del acta; y, en uso de las atribuciones que le confieren las Leyes Nºs. 26623, 26695, 26738 y 27009; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Dar por concluido el nombramiento del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Fiscal Superior Provisional de la Fiscalia Superior Mixta de Ucayali, materia de la Resolucion de la Fiscalia de la Nacion Nº 02996-MP-FN, de fecha 5 de enero de 1996; asimismo, su designacion como Fiscal Superior encargado de las Funciones de Gobierno delegada por la Comison Ejecutiva del Ministerio Publico en el Distrito Judicial de Ucayali, materia del Articulo Primero de la Resolucion de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico Nº 830-98-MP-CEMP, de fecha 24 de diciembre de 1998 y su designacion como Presidente de la Comision Distrital Descentralizada de Control Interno, materia del Articulo MORDAZA de la Resolucion de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico Nº 075-99-MPCEMP, de fecha 3 de febrero de 1999. Articulo Segundo.- Dar por concluido el nombramiento del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Fiscal Provincial Provisional de la Fiscalia Provincial Mixta de Atalaya, materia del Articulo MORDAZA de la Resolucion de la Fiscalia de la Nacion Nº 748-89-MP-FN, de fecha 22 de noviembre de 1989. Articulo Tercero.- Devolver los actuados a la Fiscalia Suprema de Control Interno, a fin de que se MORDAZA la investigacion correspondiente, respecto a las conductas presumiblemente delictuosas cometidas en el ejercicio de sus funciones por parte de los doctores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Acosta. Articulo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente resolucion a los senores, Presidente de la Corte Suprema de Justicia, Presidente del Consejo de Coordinacion Judicial, Presidente de la Comision Ejecutiva del Poder Judicial, Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, Vocal Supremo Jefe de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Secretario Ejecutivo de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico y Titular del Pliego, Fiscal Supremo Provisional de la Fiscalia Suprema de Control Interno, Presidente de la Corte Superior de Justicia del Distrito Judicial de Ucayali, Fiscal Superior encargado de la Gestion de Gobierno delegada por la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico en el Distrito Judicial de Ucayali y de los doctores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para los fines pertinentes.

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