Norma Legal Oficial del día 27 de julio del año 1999 (27/07/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, martes 27 de MORDAZA de 1999

NORMAS LEGALES

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territorial. Su reconocimiento lo acredita la correspondiente federacion deportiva. Recursos Deportivos Nacionales elementos que consti: MORDAZA el patrimonio deportivo nacional y lo conforman: deportistas, infraestructura deportiva, recursos economicos, simbolos deportivos nacionales, instituciones deportivas y otros que representan al MORDAZA dentro y fuera de el, asi como otros declarados por el Consejo Directivo del IPD. Simbolos Deportivos Nacionales: son recursos deportivos nacionales y forman parte del patrimonio deportivo nacional y estan representados por figuras, lemas, imagenes, simbolos, membretes, y otros que oficiales o no oficiales, tangibles o intangibles, representen al MORDAZA dentro y fuera de el, en cualquier modalidad, disciplina o forma deportiva. Sistema Deportivo Nacional: Integrado por las entidades que tienen a su cargo el planeamiento, la regulacion, organizacion, direccion, promocion, ejecucion, coordinacion, evaluacion y supervision de las acciones destinadas a alcanzar y cumplir los objetivos de la presente Ley. Su organizacion se inspira en la descentralizacion, coordinacion y eficiencia de las entidades que la integran. Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los veinte dias del mes de MORDAZA de mil novecientos noventa y nueve. MORDAZA MARCENARO FRERS Presidente a.i. del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA OROPEZA MORDAZA Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiseis dias del mes de MORDAZA de mil novecientos noventa y nueve. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA JOY WAY MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion MORDAZA MORDAZA CUCULIZA MORDAZA Ministra de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano 9831

Que, el Programa de Apoyo al Repoblamiento y Desarrollo de las Zonas de Emergencia (PAR), organismo publico descentralizado del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano, tiene como mision establecer las condiciones basicas para el desarrollo integral de la poblacion afectada por la violencia terrorista; Que, por Ley Nº 27153 se crea el impuesto a los juegos de maquinas tragamonedas, estableciendo el inciso c) del Articulo 43º que el 58% constituye ingresos del Tesoro Publico; En uso de las facultades conferidas por el inciso 19) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo de dar cuenta al Congreso; DECRETA: Articulo 1º.- Crease el Programa Nacional de Atencion a los Huerfanos por la Violencia Terrorista, encargado de brindar proteccion integral a traves de actividades de apoyo social, productivo y psicologico en favor de la poblacion infantil y adolescente afectada por la violencia terrorista. Articulo 2º.- Encarguese la ejecucion del Programa a que se refiere el articulo anterior, al Programa de Apoyo al Repoblamiento y Desarrollo de Zonas de Emergencia (PAR) del Sector Promocion de la Mujer del Desarrollo Humano. Articulo 3º.- Destinase la suma de hasta TRES MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 000 000,00) mensuales, para la ejecucion del Programa creado por el Articulo 1º del presente Decreto de Urgencia, con cargo a los recursos a que se refiere el inciso c) del Articulo 43º de la Ley Nº 27153. Articulo 4º.- La Oficina de Presupuesto del Programa de Apoyo al Repoblamiento y Desarrollo de Zonas de Emergencia (PAR) solicitara a la Direccion Nacional de Presupuesto Publico del Ministerio de Economia y Finanzas, las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de las actividades, componentes, finalidades de meta y unidades de medida, que se generen por aplicacion de la presente norma. Articulo 5º.- La Oficina de Presupuesto del Programa de Apoyo al Repoblamiento y Desarrollo de Zonas de Emergencia (PAR), instruye a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes Notas para Modificacion Presupuestaria que se requieran. Articulo 6º.- El presente Decreto de Urgencia sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economia y Finanzas y por la Ministra de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiseis dias del mes de MORDAZA de mil novecientos noventa y nueve. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA JOY WAY MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA CUCULIZA MORDAZA Ministra de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano 9832

DECRETOS DE URGENCIA

Crean el Programa Nacional de Aten- Declaran fundada apelacion interpuescion a los Huerfanos por la Violencia ta contra resolucion sobre autorizaTerrorista cion de uso de aguas para proyecto de DECRETO DE URGENCIA central hidroelectrica Nº 044-99
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, en el MORDAZA existen en la actualidad aproximadamente cuarenta mil huerfanos victimas de la violencia terrorista que han quedado en situacion de abandono y desamparo, con grave dano en su salud fisica y mental; Que, la politica de pacificacion del Gobierno tiene entre sus finalidades proteger a la poblacion en situacion de abandono, especialmente a los ninos y adolescentes; Que, en consecuencia, es necesario crear un Programa que permita la atencion de ninos y adolescentes huerfanos por la violencia terrorista, tanto del area MORDAZA como rural, orientado a alcanzar su desarrollo humano, a traves de la satisfaccion de sus necesidades basicas y la ampliacion de sus capacidades y oportunidades; RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0534-99-AG MORDAZA, 23 de MORDAZA de 1999 VISTO: El Oficio Nº 1958-99-AG-UAD.LC/ATDR.CHRL de fecha 8 de junio de 1999, por el cual la Unidad Agraria Departamental LimaCallao, remite el expediente conteniendo el recurso de apelacion interpuesto por la empresa Huanchor Hydro S.A. contra la Resolucion Administrativa Nº 071-99-AG-UAD.LC-ATDR.CHRL, de fecha 7 de MORDAZA de 1999, expedida por la Administracion Tecnica del Distrito de Riego Chillon-Rimac-Lurin. CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Administrativa Nº 072-93-UAD.L.C./ AAL/ATDRCHRLU se aprobo el estudio de Ingenieria Basica

AGRICULTURA

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