Norma Legal Oficial del día 27 de julio del año 1999 (27/07/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 27 de MORDAZA de 1999

Que, el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru establece que las Municipalidades son organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, en el MORDAZA de dicha autonomia, el texto constitucional les reconoce en su Articulo 19º inciso c) la facultad para crear, modificar, suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos; Que, las Municipalidades cumplen su funcion normativa, a traves de las Ordenanzas Municipales, las cuales de conformidad con el inciso 4) del Articulo 200º de la Constitucion del Estado tienen rango de Ley; Que, en concordancia con dichos preceptos constitucionales, la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Codigo Tributario aprobado por Decreto Legislativo Nº 816, establece que mediante Ordenanza las municipalidades pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones,tasas, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos dentro de su jurisdiccion y dentro de los limites que senala la ley; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 013-90-ACDM del 21 de febrero de 1999, se ratifico el Decreto de Alcaldia Nº 03-90-DAM del 26 de enero de 1990, que exonera del pago de derechos por la celebracion de las ceremonias de Matrimonio Civil que se realicen en el distrito de Miraflores, al personal de obreros y empleados y de la Policia de Seguridad que presten servicio en la Municipalidad, y empleados cesantes; a los hijos de los trabajadores empleados y obreros de esta Municipalidad; y matrimonios masivos, siempre que acrediten domicilio en el distrito de Miraflores; Que, el Concejo Municipal ha visto necesario ampliar los alcances de la MORDAZA que se menciona en el parrafo anterior, a fin que comprenda a todos los trabajadores de la Municipalidad sin distincion, cualesquiera fuera su regimen laboral y/o modalidad de contratacion; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por el inciso 6) Articulo 47º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, el Concejo por UNANIMIDAD aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Exonerese del pago de derechos por la celebracion de las ceremonias de Matrimonio Civil, a todos los trabajadores de la Municipalidad, que se encuentren a la fecha en actividad, cualesquiera fuera su regimen laboral y/o modalidad de contratacion, siempre que uno de los contrayentes acredite domicilio en el distrito de Miraflores. Articulo Segundo.- La presente exoneracion cubre los siguientes derechos: 1.- Certificado Medico Pre - Nupcial. 2.- Celebracion de la Ceremonia de Matrimonio Civil dentro del Palacio Municipal. Articulo Tercero.- Facultese al Director de Rentas y al Jefe de la Oficina de Personal para que califiquen y concedan el beneficio establecido, dando cuenta al Director Municipal en forma mensual de las exoneraciones concedidas. Articulo Cuarto.- Dejese sin efecto el Acuerdo de Concejo Nº 013-90-ACDM, el Decreto de Alcaldia Nº 03-90-DAM, asi como toda disposicion que se oponga a la presente ordenanza. POR TANTO: Registrese, comuniquese y cumplase MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 9798

ton Ipenza Pacheco; y asistencia de los senores Regidores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Condemarin, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Yrribarren MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Rios; se trato sobre la aprobacion del Cuadro de Gastos y Costas en los procedimientos coactivos; y, CONSIDERANDO: Que, conforme consagra el Art. 191º de la Constitucion Politica del Peru, las Municipalidades son organos de gobierno local, y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, asi como lo dispuesto por el Art. 192º de nuestra Carta Magna, que dispone competencia municipal para crear, modificar, suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales y demas que determine la Ley; Que, la Ley Nº 26979 - de Procedimientos de Ejecucion Coactiva en su Primera Disposicion Complementaria y Transitoria, dispone que cada gobierno local aprobara mediante Ordenanza el Arancel de Gastos y Costas Procesales de los Procedimientos de Ejecucion Coactiva por obligaciones de naturaleza tributarias y no tributarias; Que, en tanto y en cuanto no sea publicada la Resolucion respectiva del Ministerio de Economia y Finanzas, la Administracion debera sujetarse a lo dispuesto por su propio arancel, por lo que se hace necesario aprobarlo; Que, mediante Informe Nº 087-OR-99/MVMT la Oficina de Rentas presenta el Cuadro de Arancel de Costas y Gastos Administrativos en el Procedimiento de Ejecucion Coactiva, propuesto por la Unidad de Ejecutoria Coactiva mediante Informe Nº 18-99-UEC-MVMT; De conformidad con lo dispuesto en los Arts. 36º, Inc. 3) y 110º de la Ley Nº 23853 - Organica de Municipalidades; asi como Ley Nº 26979 - de Procedimientos de Ejecucion Coactiva, y con el MORDAZA unanime de los senores Regidores; se aprobo la siguiente: ORDENANZA ARANCEL DE GASTOS Y COSTAS PROCESALES DEL PROCEDIMIENTO DE EJECUCION COACTIVA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA DEL TRIUNFO Articulo Primero.- Aprobar el Arancel de Gastos y Costas procesales del Procedimiento de Ejecucion Coactiva de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, el mismo que como Anexo, en folios 02, debidamente MORDAZA y rubricado, forma parte constitutiva de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- No estan obligados al pago de las Costas procesales los notificados que se amparen en las causales de suspension del procedimiento, segun lo previsto por la Ley Nº 26979 - de Procedimientos de Ejecucion Coactiva. Articulo Tercero.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Cuarto.- Deroguense las disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza. Articulo Quinto.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Oficina de Rentas y a la Unidad de Ejecutoria Coactiva de esta Municipalidad. Registrese, comuniquese y publiquese y cumplase. MORDAZA IPENZA MORDAZA MORDAZA ANEXO CUADRO DE ARANCELES DE COSTAS PROCESALES Y GASTOS ADMINISTRATIVOS DEL PROCEDIMIENTO DE EJECUCION COACTIVA
CONCEPTO - Notificacion de siete dias (personal o por correo certificado) - Razones e Informes - Diligencias de Embargo en forma de Intervencion en Recaudacion El 1% del monto total adeudado * Con un minimo de * Con un MORDAZA de - Diligencia de Embargo Infructuoso atribuible al deudor El 0.50% del monto total adeudado * Con un minimo de * Con un MORDAZA de - Diligencia de Embargo en forma de Deposito con o sin Extraccion El 1% del monto total adeudado * Con un minimo de * Con un MORDAZA de - Diligencia de Embargo de Inmueble no inscrito El 0.25% del monto total adeudado * Con un minimo de * Con un MORDAZA de % UIT 0.40 0.18 SOLES 11.20 5.00

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA DEL TRIUNFO
Aprueban Arancel de Gastos y Costas del Procedimiento de Ejecucion Coactiva de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 015-99/MVMT MORDAZA MORDAZA del Triunfo, 16 de MORDAZA de 1999 EL MORDAZA DEL DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA DEL TRIUNFO POR CUANTO: En Sesion Extraordinaria de Concejo de fecha 16 de MORDAZA de 1999, bajo la Presidencia del senor MORDAZA Distrital, Dr. Washing-

1.10 13.00

30.80 364.00

0.50 2.00

14.00 56.00

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