Norma Legal Oficial del día 27 de julio del año 1999 (27/07/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 27 de MORDAZA de 1999

Los valores que difunde el deporte y que se plasman en su practica, constituyen un aporte fundamental en la etapa formativa y de crecimiento espiritual y fisico de los seres humanos. La educacion es un componente esencial para enriquecer el capital humano, y una de sus principales vigas es el deporte que apuntala asi, la formacion integral del individuo, visto como un sujeto de multiples dimensiones y no univocamente. Por eso, todo lo que se destine al deporte es una inversion, no un mero gasto. Su practica adecuada -la sujecion estricta a las reglas de juego, un sistema de penalidades que impone sanciones justas a quienes las violan, el respeto al adversario y la apuesta por el triunfo transparente- contribuye a la construccion de un modelo de sociedad marcada por la MORDAZA social. El deporte promueve el sano MORDAZA de competencia y premia a los que triunfan en una contienda MORDAZA, de acuerdo con sus aptitudes y esfuerzos, ajenos a factores extradeportivos. En su manifestacion colectiva, alienta el trabajo en equipo poniendo en marcha los valores que le son inherentes como la solidaridad, la conjuncion de voluntades y la fraternidad. El deporte tambien democratiza porque iguala a las personas en la aficion o en la MORDAZA por el, sin distincion de ningun tipo. Asimismo, es un factor de union porque las hermana, las convierte en participes de un interes comun. Las diferencias son abolidas y las fronteras fisicas, economicas, ideologicas, raciales, religiosas y sociales se desvanecen. Sin embargo, el deporte no se limita a su funcion formativa e integradora. Cumple tambien un papel MORDAZA en el fortalecimiento de la mentalidad del hombre, al inculcarle el deseo de superacion, de querer mejorar trabajando, teniendo como norte la MORDAZA limpia. Y no solo para ser aplicable en el deporte; tambien como una actitud y una filosofia de vida. El deporte ademas de recompensar el triunfo, reconoce el esfuerzo del ocasional perdedor, actor inevitable en toda competencia. Convierte a la derrota en un acicate para perseverar en la lucha por una actuacion mejor, no en terreno fertil para la resignacion. Ensena que el que pierde con dignidad no fracasa; fracasa aquel que se deja vencer sin oponer agallas. La cultura del triunfo encuentra en el deporte la herramienta ideal para echar raices en los hombres y mujeres. Pensar en grande, atreverse a conquistar lo imposible, creer en las propias potencialidades y siempre tratar de ir un paso mas alla, son las semillas que el deporte va esparciendo en sus mentes y en sus corazones, para la cosecha de los verdaderos triunfadores. Un deportista de exito se convierte en el rostro de un MORDAZA, en la imagen que proyecta a la comunidad internacional. Una imagen que debe ser cultivada cuidadosamente y que hace del deporte mucho mas que una actividad recreativa y de competicion. En suma, el deporte fortalece el MORDAZA y contribuye a que los seres humanos desarrollen sus potencialidades fisicas y mentales. Como tal, necesita un MORDAZA juridico que le permita desarrollarse con eficiencia y convertirse en uno de los motores de la actividad humana. Solo una legislacion deportiva realista y seria podra estar a la altura de ese desafio. Una MORDAZA e insoslayable reflexion: la Ley no convierte los suenos en realidades. Los suenos se plasman en realidades solo por la voluntad, la responsabilidad y la accion decidida de los hombres, las mujeres y sus instituciones. TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- Objeto de la Ley Esta Ley establece los principios generales y el MORDAZA juridico que regula el rol del Estado y la participacion de las entidades publicas y privadas, nacionales y extranjeras, y de las personas naturales en la actividad deportiva y de recreacion, a los efectos de: a. Poner en practica una politica deportiva y de recreacion con efectos multiplicadores. b. Fomentar la practica masiva del deporte y la recreacion. c. Elevar cuantitativa y cualitativamente el nivel de las representaciones peruanas en las competencias internacionales. d. Regular y fiscalizar todas las actividades referentes al sistema deportivo nacional en beneficio de cada una de sus disciplinas. e. Promover la participacion deportiva de las personas con discapacidad y estimular en ellas el desarrollo de sus habilidades fisicas y mentales. f. Regular la ensenanza e instruccion deportiva con la finalidad de que quienes desarrollen esta actividad MORDAZA profesionales reconocidos asi por el Estado. Articulo 2º.- Principios Generales Las politicas, los planes y la actividad deportiva y de recreacion, se rigen por los siguientes principios: a. La promocion y el desarrollo del deporte son de interes nacional.

b. La practica del deporte es libre y voluntaria. c. La soberania amparada en la supremacia nacional en la organizacion del Sistema Deportivo Nacional. d. Todos tienen el derecho de acceder a la practica deportiva y a la recreacion en igualdad de oportunidades. En tal sentido, el deporte y la recreacion son medios de equilibrio y estabilidad social. e. Los recursos destinados para la actividad o las competencias deportivas deben guardar necesaria correlacion con el cumplimiento de los planes y sus resultados. f. La coordinacion entre las diversas instancias publicas y privadas para la ejecucion eficiente de los planes de promocion y desarrollo de la actividad deportiva. g. La supervision permite el funcionamiento organico y coherente de la actividad deportiva. En resguardo de este MORDAZA, existe la obligatoriedad de que todas las entidades que ostenten la representacion deportiva nacional, informen oportunamente de sus planes y actividades al ente rector del Sistema Deportivo Nacional. h. La obligatoriedad de la educacion fisica en los niveles educativos inicial, primario y secundario. i. La prioridad del Estado en el desarrollo de las disciplinas deportivas se establece segun la infraestructura disponible, y las condiciones geograficas del lugar. j. La descentralizacion para la organizacion y correcto funcionamiento del Sistema Deportivo Nacional en los ambitos departamental, provincial y distrital. k. La seguridad a fin de contribuir a la preservacion de la integridad bio-psicosocial de la persona humana. Articulo 3º.- Rol del Estado 3.1 Corresponde al Gobierno Central: a) Regular, promover, coordinar y supervisar la actividad deportiva. b) Desarrollar programas y actividades que permitan la practica masiva del deporte. c) Canalizar los recursos economicos a fin de que los centros educativos puedan disponer de la infraestructura adecuada para atender la educacion fisica, el deporte y la recreacion de conformidad con lo que establezca el Ministerio de Educacion. d) Apoyar la practica deportiva y el desarrollo del deporte de afiliados, y supervisar la eleccion democratica de las juntas directivas de las federaciones deportivas peruanas. e) Fomentar la participacion y las inversiones privadas en la actividad deportiva. f) Estimular a los deportistas que representen al MORDAZA en las competencias internacionales, especialmente en el deporte no profesional. g) Regular el uso de los simbolos deportivos nacionales. Estos constituyen patrimonio nacional y derechos intangibles del Estado. 3.2 Corresponde a los Gobiernos Locales a) Promover y fomentar la actividad deportiva, con especial enfasis en el ambito educativo de su jurisdiccion. b) Promover la construccion y uso de los establecimientos deportivos y de las areas publicas para la practica del deporte. c) Financiar, dentro de sus posibilidades, la concurrencia de deportistas calificados que representen a su circunscripcion en certamenes regionales, nacionales o internacionales. TITULO II DERECHOS Y DEBERES DE LOS DEPORTISTAS CALIFICADOS Articulo 4º.- Derechos Son derechos de los deportistas calificados de alto nivel: a) Gozar de atencion y de servicios medicos y psicologicos gratuitos en los centros hospitalarios del Estado durante los periodos de preparacion previos a una competencia internacional; durante el desarrollo de la misma y, de ser el caso, durante el periodo posterior, cuando, a causa de esta participacion, sufriera lesiones temporales o permanentes. b) Ser asegurados contra riesgos de muerte, accidentes o incapacidad originada, derivada u ocasionada durante el periodo de su preparacion y/o participacion en seleccionados nacionales, dentro del MORDAZA y limites que establezca el Reglamento de la presente Ley. c) Acceder a los premios, estimulos y/o distinciones, de acuerdo a sus meritos. d) Gozar de licencia y/o permiso para ausentarse del centro de estudios y/o de trabajo, si son seleccionados nacionales. Este derecho se extiende a quienes acompanan a los deportistas en calidad de tecnicos, especialistas deportivos o dirigentes deportivos. e) Gozar de las becas otorgadas por las fundaciones, los institutos, y los centros especializados en el Peru y en el extranjero.

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