Norma Legal Oficial del día 19 de junio del año 1999 (19/06/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 19 de junio de 1999

disposicion de los depositos de Compensacion por Tiempo de Servicios; De conformidad con el inciso 19) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo de dar cuenta al Congreso; DECRETA: Articulo 1º.- Excepcionalmente, por unica vez, el trabajador podra retirar hasta el 15% del total depositado de la cuenta Compensacion por Tiempo de Servicios que el trabajador mantiene en el sistema financiero a la fecha de publicacion de la presente norma. El 15% a que se refiere el parrafo anterior se calculara teniendo en consideracion todos los depositos realizados en dicha cuenta desde su apertura, asi como los intereses que estos hayan devengado, y sin considerar los retiros realizados por los trabajadores de acuerdo a Ley. Para efecto del cumplimiento de esta MORDAZA, los bancos estan obligados a proporcionar toda la informacion necesaria para que el trabajador conozca el total de los montos depositados en su cuenta vigente, o cuentas anteriores que hubiere cerrado. Articulo 2º.- Los retiros que efectuen los trabajadores al MORDAZA de la presente MORDAZA y durante su vigencia no se consideraran a efectos de calcular el 50% de libre disposicion previsto en los Articulos 41º y 42º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Compensacion por Tiempo de Servicios aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-97-TR. Articulo 3º.- En los casos en que el empleador actua como depositario y, a la fecha de publicacion de la presente MORDAZA se encuentren en su poder los depositos de la Compensacion por Tiempo de Servicios, el retiro excepcional autorizado por este dispositivo requerira de un acuerdo entre el empleador y el trabajador. Articulo 4º.- El retiro excepcional solo podra realizarse en un plazo de sesenta (60) dias calendario contados a partir de la entrada en vigencia de este dispositivo. Articulo 5º.- Dejanse en suspenso las normas que se opongan a lo dispuesto en el presente Decreto de Urgencia, el mismo que sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Trabajo y Promocion Social. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los 17 dias del mes de junio de 1999 MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA JOY WAY MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Trabajo y Promocion Social 8087

Estadistica e Informatica de MORDAZA y se establecio responsabilidad pecuniaria, como resultado de una accion de control de la Oficina de Inspectoria Interna del INEI; Que, conforme al Decreto Ley Nº 26162 - Ley del Sistema Nacional de Control, concordante con el Oficio Circular Nº 001-94-CG-AJ, los Informes y Dictamenes resultado de una accion de control, son considerados como prueba preconstituida para las acciones administrativas y/o judiciales que MORDAZA recomendadas en base a las conclusiones de los organos de control; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 17537 modificado por Decreto Ley Nº 17716; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo de Ministros a interponer las acciones judiciales a que hubiere lugar contra el Econ. MORDAZA MORDAZA Samame, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir los antecedentes a la Procuraduria Publica a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo de Ministros para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA JOY WAY MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros 7976

Aprueban donaciones destinadas a actividades asistenciales realizadas por diversas entidades religiosas
RESOLUCION DEL SECRETARIO GENERAL Nº 047-99-PCM MORDAZA, 16 de junio de 1999 Visto el Expediente Nº 3466-99 presentado por la Provincia Franciscana de los Doce Apostoles del Peru, sobre aprobacion de donacion. CONSIDERANDO: Que mediante Certificado de Donacion, legalizado por el Consulado del Peru en Miami, Headquarter Toyota, con sede en Miami, Estados Unidos, efectua la donacion de un vehiculo a favor de la Provincia Franciscana de los Doce Apostoles del Peru; Que segun Conocimiento de Embarque Nº SMLU CAO003A65959 de fecha 10 de MORDAZA de 1999, extendido por la Compania Seaboard MORDAZA, Ltd., se consigna que la mercaderia donada ha sido embarcada en el Puerto Maritimo de Miami, Estados Unidos, a bordo del vapor Seaboard Peru 003S, con destino al Puerto Maritimo del Callao, Peru; Que la Direccion General de Circulacion Terrestre del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion ha comunicado mediante Oficio Nº 1273-99MTC/15.18 e Informe Tecnico Nº 064-99-MTC/15.18.05 recibidos el 4 de junio de 1999, que dicho vehiculo se encuentra apto para transitar en las Rutas de la Red Vial Nacional, previa inscripcion en el Registro de Propiedad Vehicular; Que la recurrente, entidad religiosa, se encuentra inscrita en el Registro de Donaciones que conduce la Secretaria Ejecutiva de Cooperacion Tecnica Internacional de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, la importacion de bienes donados a favor de entidades religiosas se encuentran inafectas al Impuesto General a las Ventas y derechos arancelarios en virtud a lo previsto por los Decretos Legislativos Nºs. 821 y 809 respectivamente; Que, en consecuencia, es procedente que la Presidencia del Consejo de Ministros apruebe la donacion solicitada; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 21942, Resolucion Suprema Nº 508-93-PCM, Decreto Legislativo Nº 821, Decreto Legislativo Nº 809, Decreto

PCM
Autorizan a procurador iniciar MORDAZA judicial contra ex funcionario de la Oficina de Estadistica e Informatica de MORDAZA del INEI
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 057-99-PCM MORDAZA, 16 de junio de 1999 Visto el Oficio Nº 214-99-INEI/J del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica - INEI; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 174-98-INEI, se sanciono con destitucion al Econ. MORDAZA MORDAZA Samame ex Director Departamental (e) de la Oficina de

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