Norma Legal Oficial del día 22 de marzo del año 1999 (22/03/1999)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, lunes 22 de marzo de 1999

NORMAS LEGALES

Pag. 171303

funcionaria que participara en la Primera Sesion del Grupo de Trabajo mencionado precedentemente; De conformidad con la Ley Nº 27013, Decreto Ley Nº 25862 y Decretos Supremos Nºs. 053-84-PCM, 074-85PCM, 031-89-EF, 135-90-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje de la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Directora de la Asesoria Tecnica de la Direccion General de Telecomunicaciones del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, a la MORDAZA de MORDAZA Fe de Bogota, D.C., Republica de Colombia, durante los dias 22 al 26 de marzo de 1999, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente sera con cargo al Presupuesto del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 472.00 Viaticos US$ 1,000.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto

De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 128º del Reglamento de la Ley de Aeronautica Civil, dado por D.S. Nº 054-88-TC, sus modificatorias, la RAP 145; SE RESUELVE: Articulo Primero.- AUTORIZAR a la Cia. AIR SERVICE CENTER S.A., por un plazo de cinco (5) anos, contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano, para el funcionamiento y operacion como Taller de Mantenimiento Aeronautico, con las siguientes habilitaciones: Mantenimiento de Aeronaves: Limitado Clase: 1 Articulo Segundo.- La habilitacion a la que se refiere el Articulo Primero de la presente Resolucion Ministerial se encuentra descrita en el Certificado de Taller de Mantenimiento Aeronautico, Nº TMA-012, y esta limitada a lo senalado en las "Especificaciones de Operacion"; las que forman parte integrante de la presente resolucion. Articulo Tercero.- La actividad autorizada a la Cia. AIR SERVICE CENTER S.A. debe efectuarse cumpliendo estrictamente lo estipulado en su Manual de Procedimientos de Inspeccion, cuya MORDAZA se archiva en la Direccion General de Transporte Aereo. En caso que se tenga que efectuar algun cambio en dicho Manual, debera solicitarse la aprobacion correspondiente a la Direccion General de Transporte Aereo. Articulo Cuarto.- La Direccion General de Transporte Aereo efectuara, periodicamente, inspecciones al Taller de Mantenimiento Aeronautico de la Cia. AIR SERVICE CENTER S.A., a fin de comprobar el cumplimiento de las condiciones establecidas en la presente resolucion. Articulo Quinto.- La autorizacion que se otorga por la presente resolucion al Taller de Mantenimiento Aeronautico de la Cia. AIR SERVICE CENTER S.A. queda sujeta a la Ley de Aeronautica Civil, a su reglamento, a las Regulaciones Aeronauticas del Peru, a las Directivas que dicte la Direccion General de Transporte Aereo y a las demas normas aplicables a la materia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 3769

US$ 25.00

Articulo 3º.- La presente resolucion no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 3818

Autorizan el funcionamiento y operacion de empresa como taller de mantenimiento aeronautico
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 092-99-MTC/15.16 MORDAZA, 18 de marzo de 1999 Visto el expediente presentado por la Cia. AIR SERVICE CENTER S.A. sobre la autorizacion para el funcionamiento y operacion como Taller de Mantenimiento Aeronautico; CONSIDERANDO: Que, conforme lo establece el Articulo 128º del D.S. Nº 054-88-TC, para el funcionamiento y operacion de las fabricas, plantas ensambladoras y talleres de mantenimiento aeronautico, se requiere autorizacion previa otorgada por Resolucion Ministerial del Sector Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion y, para el efecto, los titulares de las empresas solicitantes deberan acreditar que cuentan con el equipo y personal tecnico idoneo para el servicio que pretenden realizar; Que, el pedido de la Cia. AIR SERVICE CENTER S.A. ha sido materia de analisis y estudio, asi como, de la inspeccion tecnica correspondiente, efectuada por las dependencias competentes de la Direccion General de Transporte Aereo; concluyendose que la peticionaria cumple con todos los requerimientos prescritos en las Regulaciones Aeronauticas del Peru, en su Parte 145, relacionadas al establecimiento de un Taller de Mantenimiento Aeronautico; Que, con Memoranda Nº 0390-98-MTC/15.16.02, de la Direccion de Asesoria Legal y Nº 0376-98-MTC/ 15.16.05.2, de la Subdireccion de Material Aeronautico, se determino que se encuentran acreditadas las capacidades legal, financiera y tecnica de la Cia. AIR SERVICE CENTER S.A.;

CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA
Destituyen a Juez Provisional del Juzgado Mixto de Maranon, Distrito Judicial de MORDAZA
RESOLUCION DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 003-99-PCNM MORDAZA, 26 de febrero de 1999 VISTO: el MORDAZA disciplinario numero cero treinta y cinco-noventa y siete seguido al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez Provisional del Juzgado Mixto de la provincia de Maranon, Distrito Judicial de MORDAZA, abierto por Resolucion numero cero cero cinco-noventa y ocho-CNM, de fecha veintinueve de enero de mil novecientos noventa y ocho, a peticion de la Comision Ejecutiva del Poder Judicial, de conformidad con los Articulos treinta y tres y treinta y cuatro de la Ley veintiseis mil trescientos noventa y siete, imputandoseles graves irregularidades en el ejercicio de sus funciones que se especifican en la aludida resolucion de

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.