Norma Legal Oficial del día 26 de agosto del año 2001 (26/08/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, MORDAZA 26 de agosto de 2001

NORMAS LEGALES

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terio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, ante el Directorio de la Comision Nacional de Zonas Francas, de Tratamiento Especial Comercial y Zonas Especiales de Desarrollo - CONAFRAN. Articulo 2º.- Dejar sin efecto, a partir de la fecha, la Resolucion Ministerial Nº 030-2000-ITINCI/DM, de fecha 28 de febrero del 2000, dandole las MORDAZA al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Bazo, por los servicios prestados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DIEZ CANSECO MORDAZA Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales 29835

Vista la solicitud de Registro Nº 11388, de fecha 23 de MORDAZA de 2001, de la asociacion Institucion Promotora de Conciliacion Arte y Paz I.P.CO.NA.PAZ; CONSIDERANDO: Que la asociacion Institucion Promotora de Conciliacion Arte y Paz I.P.CO.NA.PAZ, es una asociacion civil sin fines de lucro que tiene entre sus objetivos ejercer la funcion conciliadora; Que la mencionada institucion ha solicitado se le autorice para el funcionamiento como Centro de Conciliacion denominado Institucion Promotora de Conciliacion Arte y Paz - "I.P.CONAPAZ", con sede en la MORDAZA de Lima; Que conforme obra del acta de inspeccion ocular de fecha 20 de MORDAZA de 2001, se realizo la constatacion respectiva en las instalaciones e infraestructura fisica de su Centro de Conciliacion; Que la recurrente cumple con los requisitos establecidos en los Articulos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliacion, y los Articulos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, por lo que es procedente autorizarla para funcionar como Centro de Conciliacion; Estando a lo opinado en el Informe Nº 902-2001-JUS/ DM-STC de la Secretaria Tecnica de Conciliacion, es pertinente atender la solicitud de la asociacion Institucion Promotora de Conciliacion Arte y Paz I.P.CO.NA.PAZ; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliacion, modificada por Ley Nº 27398 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, modificado por Decreto Supremo Nº 016-2001-JUS y Resolucion Ministerial Nº 3502000-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- AUTORIZAR a la asociacion Institucion Promotora de Conciliacion Arte y Paz I.P.CO.NA.PAZ, a funcionar como Centro de Conciliacion, denominado Institucion Promotora de Conciliacion Arte y Paz - "I.P.CONAPAZ", con sede en la MORDAZA de Lima. Articulo 2º.- El Ministerio de Justicia en aplicacion de la Ley de Conciliacion y su Reglamento, supervisara el correcto funcionamiento del Centro de Conciliacion y aplicara, cuando corresponda, las medidas pertinentes de acuerdo a sus atribuciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CATERIANO MORDAZA Viceministro de Justicia 29829

JUSTICIA
Autorizan a instituciones funcionar como centros de conciliacion con sede en la MORDAZA de MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 211-2001-JUS MORDAZA, 20 de agosto de 2001 Vista la solicitud presentada con Registro Nº 101912001, de fecha 9 de MORDAZA de 2001, de la asociacion civil Centro de Conciliacion Paz y Justicia G & D; CONSIDERANDO: Que la asociacion Centro de Conciliacion Paz y Justicia G & D, es una asociacion civil sin fines de lucro que tiene entre sus objetivos ejercer la funcion conciliadora; Que la mencionada institucion ha solicitado se le autorice para el funcionamiento como Centro de Conciliacion denominado "PAZ PARA EL DESARROLLO", con sede en la MORDAZA de Lima; Que conforme obra del acta de Inspeccion Ocular de fecha 30 de MORDAZA de 2001, se realizo la constatacion respectiva en las instalaciones e infraestructura fisica de su Centro de Conciliacion; Que la recurrente cumple con los requisitos establecidos en los Articulos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliacion, y los Articulos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, modificado por Decreto Supremo Nº 016-2001JUS, por lo que es procedente autorizarla para funcionar como Centro de Conciliacion; Estando a lo opinado en el Informe Nº 777-2001-JUS/ DM-STC de la Secretaria Tecnica de Conciliacion, es pertinente atender la solicitud de la asociacion Centro de Conciliacion Paz y Justicia G & D; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliacion, modificada por Ley Nº 27398 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, modificado por Decreto Supremo Nº 016-2001-JUS y Resolucion Ministerial Nº 350-2000-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- AUTORIZAR a la asociacion Centro de Conciliacion Paz y Justicia G & D, a funcionar como Centro de Conciliacion, denominado "PAZ PARA EL DESARROLLO", con sede en la MORDAZA de Lima. Articulo 2º.- El Ministerio de Justicia en aplicacion de la Ley de Conciliacion y su Reglamento, supervisara el correcto funcionamiento del Centro de Conciliacion y aplicara, cuando corresponda, las medidas pertinentes de acuerdo a sus atribuciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CATERIANO MORDAZA Viceministro de Justicia 29828 RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 212-2001-JUS MORDAZA, 20 de agosto de 2001

PRES
Autorizan a procurador iniciar procesos judiciales a presuntos responsables de irregularidades en la ejecucion de obras contratadas por el INFES
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 294-2001-PRES MORDAZA, 20 de agosto del 2001 Visto el Oficio Nº 499-2001-GG-PRES-INFES, del Gerente General del Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, con fecha 9 de diciembre de 1996, el Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES celebro con la firma AMVASA Contratistas Generales S.R.Ltda. el Contrato de Construccion de Obra a Suma Alzada, con el objeto de dotar de infraestructura educativa al C.E. Nº 88025 "Ramon Castilla", ubicado en el distrito de Coishco, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, materia de la Licitacion Publica Nº 113-96-PRES-INFES; Que, de conformidad con los terminos y condiciones del Contrato de Obra a Suma Alzada, la firma contratista asumio la responsabilidad frente al INFES y/o terceros por las imperfecciones, vicios de obra, ademas de la destruccion

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