Norma Legal Oficial del día 30 de agosto del año 2001 (30/08/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 30 de agosto de 2001

nes de la estacion retransmisora del servicio de radiodifusion sonora comercial en Onda Media (OM), se constato que la referida empresa viene operando satisfactoriamente, por lo que emite su conformidad tecnica para que se le otorgue la renovacion de la autorizacion solicitada; Que, la Direccion de Asesoria Tecnica de la Direccion General de Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 4942001-MTC/15.19.01, senala que es procedente otorgar la renovacion de la autorizacion solicitada por la SOCIEDAD RADIODIFUSORA COMERCIAL S.A. - SORACOSA, para operar la citada estacion de radiodifusion sonora comercial en Onda Media (OM), por el plazo de diez (10) anos; De conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, su Reglamento General, aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC y sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 043-2000-MTC y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; y, Con la opinion favorable del Director General de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Renovar la autorizacion a la SOCIEDAD RADIODIFUSORA COMERCIAL S.A. - SORACOSA, para la operacion de una estacion retransmisora del servicio de radiodifusion sonora comercial en Onda Media (OM), ubicada en el distrito Los Aquijes, provincia y departamento de Ica, de acuerdo a las siguientes caracteristicas tecnicas: Estacion : BC-OM Frecuencia : 710 KHz. Indicativo : OBX-5Q-OM Potencia : 5 Kw. Emision : 10A3E Horario : H24 Ubicacion de Planta Retransmisora : Altura Km. 308 de la Panamericana Sur, distrito Los Aquijes, provincia y departamento de Ica. Coordenadas: L.O. 75° 43' 03" L.S. 14° 06' 30" Articulo 2º.- La renovacion de la autorizacion a que se refiere el articulo precedente, se otorga por el plazo de diez (10) anos, que vencera el 10 de marzo del ano 2007. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MENACHO MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 30072

MTC/15.16 del 26 de febrero de 1999 y la Resolucion Directoral Nº 019-2000-MTC/15.16 del 25 de enero del 2000, en el sentido de incrementar su material aeronautico; Que, AERO TRANSPORTE S.A. - ATSA, en el presente tramite de Modificacion de Permiso de Operacion solicita incrementar su material aeronautico, asi como zonas de operacion a las que tiene actualmente autorizadas; Que, segun los terminos del Memorandum Nº 0190-2001MTC/15.16.02, emitido por la Oficina de Asesoria Legal; Memorandum Nº 0280-2001-MTC/15.16.06, emitido por la Direccion de Seguridad Aerea; Memorandum Nº 236-2001MTC/15.16.05.2, emitido por la Subdireccion de Aeronavegabilidad; Memorandum Nº 300-2001-MTC/15.16.05.3, emitido por la Subdireccion de Operaciones; Constancias de Inscripcion, emitidas por la Oficina Registral de MORDAZA y Callao; se considera pertinente atender lo solicitado, al haber cumplido el recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil; el Reglamento; y las demas disposiciones legales vigentes; Que, la Administracion, en aplicacion del MORDAZA de presuncion de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la MORDAZA de documentos por parte del interesado, tomandolos por ciertos, verificando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley Nº 25035 y el Decreto Legislativo Nº 757; Que, la recurrente en su solicitud pide operar en aeropuertos, helipuertos y/o aerodromos privados, respecto de los cuales debe celebrar convenios o acuerdos privados con los propietarios de los mismos, a fin de poder utilizar sus instalaciones; Que, en aplicacion de los principios de celeridad y simplificacion administrativa, se considera pertinente precisar que las instalaciones de los aeropuertos y/o aerodromos privados podran ser utilizadas previa autorizacion de sus respectivos propietarios; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil, su Reglamento; demas disposiciones legales vigentes; y con la opinion favorable de las areas competentes; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar el Articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 073-98-MTC/15.16, que otorgo a AERO TRANSPORTE S.A. - ATSA, la Renovacion y Modificacion de su Permiso de Operacion de Servicio de Transporte Aereo No Regular Nacional de pasajeros y carga, y que fue modificada a su vez por la Resolucion Directoral Nº 04299-MTC/15.16 y la Resolucion Directoral Nº 019-2000MTC/15.16, quedando redactado de la siguiente manera: NATURALEZA DEL SERVICIO: - Servicio de Transporte Aereo No Regular de pasajeros y carga. AMBITO DEL SERVICIO: - Nacional. MATERIAL AERONAUTICO: - MORDAZA MORDAZA III PA-42. - BEECHCRAFT 1900 C. - MORDAZA 1125 ZONAS DE OPERACION: DEPARTAMENTOS, AEROPUERTOS, HELIPUERTOS Y/O AERODROMOS AUTORIZADOS. DEPARTAMENTO: SAN MORDAZA - Bellavista/Huallaga, Juanjui, Moyobamba, Palmas del MORDAZA (Privado), Picota, Pucacaca, MORDAZA, MORDAZA MORDAZA (PNP), Saposoa, Tarapoto, Tocache, Uchiza, San MORDAZA de Biavo (Privado), MORDAZA (Privado). DEPARTAMENTO: LA MORDAZA - MORDAZA, Pacasmayo, Urpay, Huamachuco. DEPARTAMENTOS: MORDAZA, MORDAZA Y PASCO - MORDAZA de Constitucion, Cutivireni, MORDAZA MORDAZA, Iscozasin, Jauja, Mazamari/Manuel MORDAZA, Oxapampa,

Modifican articulo de resolucion que otorgo renovacion y modificacion de permiso de operacion de servicio de transporte aereo no regular de pasajeros y carga a Aero Transporte S.A. ATSA
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 119-2001-MTC/15.16 MORDAZA, 8 de agosto del 2001 Vista la solicitud de AERO TRANSPORTE S.A. - ATSA, sobre Modificacion de Permiso de Operacion de Servicio de Transporte Aereo No Regular Nacional de pasajeros y carga; CONSIDERANDO: Que, con la Resolucion Ministerial Nº 073-98-MTC/15.16 del 13 de febrero de 1998, se otorgo a AERO TRANSPORTE S.A. - ATSA, la Renovacion y Modificacion de su Permiso de Operacion de Servicio de Transporte Aereo No Regular Nacional de pasajeros y carga, por el plazo de cinco (5) anos contados a partir del 28 de noviembre de 1997, siendo modificado mediante la Resolucion Directoral Nº 042-99-

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