Norma Legal Oficial del día 11 de enero del año 2001 (11/01/2001)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 21

MORDAZA, jueves 11 de enero de 2001

NORMAS LEGALES

Pag. 197127

Servicio Diplomatico de la Republica y perfeccionamiento y cursos de actualizacion a los funcionarios diplomaticos; Considerando las modificaciones realizadas al Reglamento Organico de la Academia Diplomatica del Peru por el Decreto Supremo Nº 01-94-RE, de fecha 21 de enero de 1994, y el Decreto Supremo Nº 045-97-RE, del 15 de diciembre de 1997; Considerando que la seleccion de aspirantes al Servicio Diplomatica de la Republica es parte de la responsabilidad de la Academia Diplomatica del Peru; Teniendo en cuenta las necesidades de personal previstas para el Servicio Diplomatico de la Republica; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Convocar a Concurso Publico de Admision de la Academia Diplomatica del Peru para el Ano Lectivo 2001. Articulo Segundo.- Fijar hasta un MORDAZA de veinte plazas vacantes para el Primer Ano de Estudios de la Academia Diplomatica del Peru. Articulo Tercero.- El ingreso a la Academia Diplomatica del Peru sera por estricto orden de meritos. Articulo Cuarto.- La Academia Diplomatica del Peru se encargara de hacer conocer las bases del Concurso Publico de Admision y las fechas de su realizacion, asi como de llevar a cabo el MORDAZA de admision. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores 15984

gativa del titular del Ministerio determinar el MORDAZA de sancion que deba aplicarse al funcionario investigado; Que, el Consejo de Investigacion Ad Hoc, substanciado el MORDAZA de investigacion sobre la base de las pruebas presentadas, recibidos los descargos, evaluadas las pruebas instrumentales, llega a la conclusion que el citado funcionario diplomatico ha incurrido en incumplimiento de sus deberes y obligaciones de funcion en su desempeno como encargado de los Asuntos Culturales de la Embajada del Peru en Bolivia; y, De conformidad con los Articulos 21º, 30º inciso b) y 34º del Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica; y, en concordancia con los Articulos 25º y 27º del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y los Articulos 158º y 170º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; SE RESUELVE: Imponer la sancion administrativa de suspension sin goce de haberes por doce meses al MORDAZA Secretario en el Servicio Diplomatico de la Republica, don MORDAZA MORDAZA Vargas. Asimismo, hacer de conocimiento del Procurador Publico del Ministerio de Relaciones Exteriores el Informe emitido por el Consejo de Investigacion Ad Hoc, asi como la presente Resolucion Ministerial para que inicie las acciones legales que hubiere lugar. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores 15985

Sancionan con suspension a funcionario diplomatico encargado de los Designan Director General de la OficiAsuntos Culturales de la Embajada del na de Asesoria Juridica RESOLUCION SUPREMA Peru en Bolivia
Nº 018-2001-SA RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0019-2001-RE MORDAZA, 9 de enero de 2001 Vista la Resolucion Ministerial Nº 0814-RE del 10 de noviembre de 2000, que convoca a un Consejo de Investigacion Ad Hoc para que en un plazo de 30 dias habiles, estudie las medidas que pudieran corresponder al caso del MORDAZA Secretario en el Servicio Diplomatico de la Republica, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, sobre el posible incumplimiento de sus deberes y obligaciones en su desempeno como encargado de los Asuntos Culturales de la Embajada del Peru en Bolivia; CONSIDERANDO: Registrese, comuniquese y publiquese. Que, el Consejo de Investigacion Ad Hoc es el organo del Servicio Diplomatico de la Republica, que es convocado por el Ministro o el Viceministro Secretario General de Relaciones Exteriores, cuando se tiene evidencias o se presume que por su conducta, algun miembro del Servicio Diplomatico sea merecedor de sanciones a que se refiere el Art. 30º del Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica; Que, el funcionario investigado ha aportado las pruebas de descargo que estimo pertinentes, habiendose respetado en todo momento las garantias del debido MORDAZA y el derecho de defensa desde el inicio del MORDAZA de investigacion; Que, segun Decreto Legislativo Nº 894, el Consejo de Investigacion Ad Hoc recomienda la sancion que estime pertinente; Que, en aplicacion supletoria de lo dispuesto por el Art. 170º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM es prerroRubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Corazao Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA PRETELL MORDAZA Ministro de Salud 16029 MORDAZA, 10 de enero del 2001 De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 276 y el Decreto Ley Nº 25515; Con la opinion favorable del Viceministro de Salud y la Oficina General de Planificacion del Ministerio de Salud; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Designar, a partir de la fecha de la presente Resolucion, en el cargo de Director General de la Oficina de Asesoria Juridica del Ministerio de Salud, Nivel F-5, al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA DIAZ.

SALUD

Dan por concluida designacion de asesor del Despacho Viceministerial
RESOLUCION SUPREMA Nº 019-2001-SA MORDAZA, 10 de enero del 2001

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.