Norma Legal Oficial del día 20 de febrero del año 2002 (20/02/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 20 de febrero de 2002

tura de Proteccion e Indemnizacion (P&I) para el B.A.P. "TALARA" y B.A.P. "LOBITOS" por el periodo del 20 de febrero de 2001 al 20 de febrero de 2002; la cual se realizo al ser la unica entidad que no objeto las condiciones tecnicas de las Unidades Navales, ofreciendo terminos de cobertura satisfactorios y contar con una importante calificacion de confianza en el MORDAZA de seguros maritimos; Que, el Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM de fecha 12 de febrero de 2001, en su inciso (f) dispone que estan exonerados de los procesos de seleccion de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa las adquisiciones y contrataciones que se realicen cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos; Que, el Articulo 20º del citado Texto Unico Ordenado, establece que las adquisiciones y contrataciones a que se refiere el Articulo 19º se realizaran mediante un MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia y las exoneraciones deberan ser aprobadas mediante Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad, la cual sera publicada en el Diario Oficial El Peruano y MORDAZA de MORDAZA junto con el Informe que la sustenta, debera remitirse a la Contraloria General de la Republica dentro de los 10 dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion; Que, se ha efectuado una evaluacion preliminar del MORDAZA de seguros maritimos, habiendose determinado que por razones tecnicas, operativas y comerciales, solo la entidad internacional de seguros maritimos TERRA MORDAZA INSURANCE COMPANY LIMITED se encuentra en posibilidad de ofrecer el Servicio de Cobertura de Proteccion e Indemnizacion (P&I) para el B.A.P. "TALARA" y B.A.P. "LOBITOS" por el periodo del 20 de febrero de 2002 al 20 de febrero de 2003, resultando ser unico con respecto a las caracteristicas tecnicas, operativas y comerciales de dichas naves, no admitiendo sustitutos; Que, se han emitido los Informes Tecnico y Legal correspondientes, de conformidad con el Articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y Articulo 113º de su Reglamento; al respecto en el mencionado Informe Tecnico se concluye que por razones tecnicas, operativas y comerciales resulta conveniente para los intereses de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, se exonere del MORDAZA de seleccion para la contratacion en el extranjero del Servicio de Cobertura de Proteccion e Indemnizacion (P&I) para el B.A.P. "TALARA" y B.A.P. "LOBITOS" por el periodo del 20 de febrero de 2002 al 20 de febrero de 2003; asimismo, el Informe Legal senala que de acuerdo al MORDAZA legal vigente es viable la tramitacion del proyecto de Resolucion Ministerial que aprueba la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la referida contratacion, y que autorice llevarla a cabo a traves de un MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia; Estando a lo recomendado por el Jefe de la Oficina Naviera Comercial y a lo propuesto por el Comandante General de la Marina; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la contratacion en el extranjero del Servicio de Cobertura de Proteccion e Indemnizacion (P&I) para el B.A.P. "TALARA" y B.A.P. "LOBITOS" por el periodo del 20 de febrero de 2002 al 20 de febrero de 2003, por un valor aproximado de NOVECIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 900,000.00), con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados. Articulo 2º.- Autorizar que la contratacion del servicio MORDAZA senalado se lleve a cabo a traves de un MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia. Articulo 3º.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los 10 dias habiles de su emision, asi como la remision a la Contraloria General de la Republica de MORDAZA de la misma y del Informe que la sustenta, dentro de los 10 dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA E. LORET DE MOLA BOHME Ministro de Defensa 3452

ECONOMIA Y FINANZAS
Aprueban desagregacion de transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Publico del Sector Educacion a diversos Consejos Transitorios de Administracion Regional
DECRETO SUPREMO Nº 027-2002-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27540 autoriza una transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2001, del Pliego Ministerio de Educacion a los Consejos Transitorios de Administracion Regional (Direcciones Regionales de Educacion), hasta por la suma de SETECIENTOS SETENTA Y UN MIL CIENTO VEINTE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/ . 771 120,00), destinadas al abono de remuneraciones de docentes del Plan Piloto de Implementacion de la Educacion Fisica en la Educacion Primaria de Menores, que hayan prestado servicio en los meses de MORDAZA a agosto del ano 2001; Que, en el MORDAZA de lo establecido por el Articulo 2º de la Ley senalada, la transferencia de partidas tanto de los Pliegos Habilitadores y Habilitados sera desagregada mediante Decreto Supremo del Ministerio de Economia y Finanzas, hasta el nivel de Especifica del Ingreso y Especifica de Egresos; Que, los Pliegos administran sus Presupuestos de Ingresos por Recursos Ordinarios a nivel de Fuente de Financiamiento y el de Egresos por Especificas del Gasto; Que, el Articulo 7º del Decreto Legislativo Nº 909 -Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2001 establece que el periodo de regularizacion presupuestaria del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2001, es del 01 de enero al 28 de febrero del ano 2002; En uso de las facultades conferidas por el Articulo 2º de la Ley Nº 27540 y los incisos 8) y 17) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1º.- Desagregacion de Transferencia de Partidas Apruebese, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 7º del Decreto Legislativo Nº 909, la desagregacion de la Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2001, por la suma de SETECIENTOS SETENTA Y UN MIL CIENTO VEINTE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 771 120,00), por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, conforme al siguiente detalle:
DE LA SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA FUNCION PROGRAMA SUBPROGRAMA PROYECTO FUENTE DE FINANCIAMIENTO : : 10 : : : : : 024 09 028 0074 00125 GOBIERNO CENTRAL MINISTERIO DE EDUCACION SEDE CENTRAL Educacion y Cultura Educacion Secundaria Formacion General Construccion y Ampliacion de Unidades de Ensenanza Recursos Ordinarios (En Nuevos Soles) CATEGORIA DEL GASTO 6. GASTOS DE CAPITAL Generica del Gasto 5. Inversiones Modalidad de Aplicacion 11. Aplicaciones Directas Especifica del Gasto 51. Equipamiento y Bienes Duraderos TOTAL UNIDAD EJECUTORA TOTAL PLIEGO TOTAL

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771 120,00 ========= 771 120,00 ========= 771 120,00 ========= 771 120,00 =========

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